BOC - 2005/140. Martes 19 de Julio de 2005 - 2542

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

2542 - EDICTO de 8 de junio de 2005, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001226/2004.

Descargar en formato pdf

JUZGADO DE: Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0001226/2004.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Rosa María Betancor Pérez.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Francisco Javier Hernández Ramos, Andrés Javier Suárez Higuera y Antonio Domingo Hernández.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por Dña. Rosa María Betancort Pérez, representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Isabel Lage Martínez, contra los demandados D. Francisco Javier Hernández Ramos, D. Andrés Javier Suárez Higuera y D. Antonio Domingo Hernández Calero, de las circunstancias personales que constan en autos:

1.- Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 15 de junio de 2001 de la vivienda sita en calle Zurbarán, 21, 4º A, de Santa Cruz de Tenerife, condenando al demandado D. Francisco Javier Hernández Ramos a que deje libre la finca descrita y a disposición de la parte actora dentro del plazo legal, apercibiéndole de lanzamiento a su costa si no lo verificare dentro de dicho plazo.

2.- Condeno a los demandados D. Francisco Javier Hernández Ramos, D. Andrés Javier Suárez Higuera y D. Antonio Domingo Hernández Calero a que abonen a la actora de forma solidaria la cantidad de cuatro mil cincuenta y seis euros con ochenta y cuatro céntimos -4.056,84 euros-, más los intereses legales de la mencionada cantidad.

3.- Condeno igualmente a los tres demandados citados al pago solidario de las rentas vencidas y demás gastos que por contrato les corresponda abonar y se devenguen desde esta fecha y hasta el efectivo desalojo de la vivienda arrendada, cuya cuantía se acreditará en período de ejecución de sentencia.

4.- Las costas causadas en esta instancia se imponen a los expresados demandados solidariamente.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

No se admitirá el recurso a la parte demandada si no acredita por escrito y al prepararlo, tener satisfechas las rentas vencidas y las que, con arreglo al contrato, deba abonar anticipadamente.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 1 de abril de 2005 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia al demandado D. Francisco Javier Hernández Ramos.

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 2005.- El Secretario Judicial.



© Gobierno de Canarias