De acuerdo con la propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Justicia y en cumplimiento de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de fecha 4 de julio de 2005, por la que se dispone la publicación de las razones que justifican el empleo del sistema de adjudicación directa en la tramitación del expediente de contratación patrimonial para el arrendamiento de un inmueble en el término municipal de Puerto de la Cruz, para ubicar la sede del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3, dependiente de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Consejería de Presidencia y Justicia, esta Dirección General de Patrimonio y Contratación hace público que el motivo determinante de la contratación directa radica en la singularidad de la necesidad a satisfacer y la extrema urgencia, prescindiéndose del concurso público conforme dispone el artículo 30.3 y 4 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Lo que se publica de conformidad con lo que dispone el punto cuarto del mencionado artículo 30 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, anteriormente indicada.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2005.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Alfonso Fernández Molina.
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