BOC - 2005/102. Miércoles 25 de Mayo de 2005 - 716

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

716 - ORDEN de 13 de mayo de 2005, por la que se resuelve la convocatoria de becas destinadas a realizar estudios a nivel de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo durante el curso académico 2005/2006.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea para la concesión de seis becas destinadas a realizar estudios de nivel de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo, durante el curso académico 2005/2006.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 16 de febrero de 2005 (B.O.C. nº 42, de 1.3.05), fue convocado concurso para otorgar seis becas destinadas a realizar estudios a nivel de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo durante el curso académico 2005/2006.

La referida convocatoria se ha publicado de conformidad con las bases de vigencia indefinida que se establecen en la Orden de este Departamento de 17 de diciembre de 2001 (B.O.C. nº 168, de 28.12.01), modificadas por Orden de 21 de enero de 2002 (B.O.C. nº 15, de 1.2.02).

Segundo.- Constituido el Tribunal previsto en el apartado cuarto de la Orden de 16 de febrero de 2005, de convocatoria de las becas, en concordancia con las bases séptima, octava y novena de la Orden de bases de vigencia indefinida de 17 de diciembre de 2001, en las sesiones de los días 14 de abril y 18 de abril para, respectivamente, valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos y para celebrar las pruebas de idiomas previstas en el apartado B) de la base séptima de la Orden de 17 de diciembre de 2001, elevó Propuesta de Resolución con fecha 18 de abril de 2005, de concesión de las becas a los aspirantes que, por orden de puntuación, seguidamente se relacionan:

1. Rodríguez Izquierdo, María.

2. Triana Mazuera, Joana.

3. Rodríguez Castilla, Zulay Judith.

4. Rodríguez Lecuona, Alfonso.

5. Vallejo Torres, Laura.

6. Márquez Delgado, Yaiza.

Tercero.- De conformidad con lo establecido en el apartado dos de la base décima de la mencionada Orden de 17 de diciembre de 2002, modificada por la Orden de 21 de enero de 2002, y mediante la citada propuesta del Tribunal, de 18 de abril de 2005, se aprobó la lista de suplentes para el supuesto de que alguno o algunos de los seis seleccionados renunciase a la beca, estando integrada por el siguiente candidato:

- González Luján, Juan Francisco.

Según el apartado B) de la base séptima de la mencionada Orden de bases de vigencia indefinida, la no superación de ninguno de los idiomas exigidos, supondrá la eliminación del candidato; por lo que queda excluido del concurso Duque Fernández, Fernando.

Cuarto.- Con fecha 15 de febrero de 2005 (número de registro 266), la Intervención Delegada de la Consejería de Economía y Hacienda emitió informe favorable de fiscalización previa de la Orden de convocatoria para la concesión de becas para estudios europeos, durante el curso académico 2005/2006.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con lo previsto en el artículo 29, párrafo 1º, letra j), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se establece que son órganos competentes para conceder ayudas y subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- La base décima de la Orden de 17 de diciembre de 2001 de bases de carácter indefinido y que regulan la convocatoria anual de becas, dispone que en el plazo máximo de diez días desde la realización de la prueba de idiomas, el Tribunal propondrá al Consejero de Economía y Hacienda, que resolverá la convocatoria en un plazo máximo de quince días, un número máximo de candidatos, por orden de puntuación obtenida, conforme al número de becas convocadas en cada anualidad, becándose en consecuencia y para el presente ejercicio a los seis candidatos anteriormente detallados.

En su virtud, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- La concesión de una beca para realizar estudios a nivel de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo, para el curso académico 2005/2006 a cada uno de los siguientes aspirantes:

1. Rodríguez Izquierdo, María.

2. Triana Mazuera, Joana.

3. Rodríguez Castilla, Zulay Judith.

4. Rodríguez Lecuona, Alfonso.

5. Vallejo Torres, Laura.

6. Márquez Delgado, Yaiza.

Segundo.- El importe de la beca será de veinte mil (20.000) euros para aquellos beneficiarios que acrediten su admisión en el Colegio de Europa, la dotación para aquellos beneficiarios que acrediten su admisión en un centro distinto al Colegio de Europa oscilará entre un mínimo de quince mil ciento setenta y tres (15.173) euros y un máximo de dieciocho mil trescientos noventa y un (18.391) euros. La acreditación de la admisión en los centros elegidos por los beneficiarios deberán realizarla antes del 30 de junio del año 2005, tal y como establece el apartado seis de la base décima de la Orden de 17 de diciembre de 2001 por la que se establecen las bases de vigencia indefinida.

Tercero.- Aprobar como suplente, de acuerdo con la base décima, dos, de la Orden de 17 de diciembre de 2001 de bases de vigencia indefinida, al siguiente candidato:

- González Luján, Juan Francisco.

Cuarto.- Al importe mencionado se le deducirá la retención por I.R.P.F. que corresponda según el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modificado por el Real Decreto 1.968/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por el Real Decreto 27/2003, de 10 de enero.

Quinto.- La concesión de estas becas quedará condicionada en primer lugar a la aceptación por el beneficiario en el plazo de treinta días desde la notificación de la presente Orden de concesión, y en segundo lugar a la admisión por una institución académica que imparta cursos de postgrado sobre la integración europea en los campos jurídico, económico y administrativo, y a que la justificación de la admisión en ese centro o institución académica se presente con anterioridad al 30 de junio de 2005.

Sexto.- La forma de abono de las becas será la siguiente:

El 90% cuando se justifique la admisión en uno de los centros especializados en formación europea.

El 10% restante, en el momento de la justificación de la formalización y pago de la correspondiente matrícula, justificación que tendrá que realizarse en todo caso antes del 15 de diciembre de 2005.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 337/1997, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, podrá exceptuarse a los beneficiarios de la prestación de garantías para el abono total o parcial de la subvención.

Séptimo.- Una vez finalizado el curso y en el plazo de 60 días siguientes deberá acreditarse la finalidad para la que se concedió la subvención. A tal efecto, deberán presentar certificación académica de las calificaciones obtenidas, título o diploma acreditativo de la formación efectuada y una memoria justificativa donde se detallen los gastos ocasionados.

Octavo.- La aplicación presupuestaria que da cobertura al gasto es la 2005.10.11.612M.480.00 (línea de actuación 10.4061.02-Becas de Formación en Centros Académicos Europeos).

Noveno.- Notificar la presente Orden a todos y cada uno de los interesados.

Décimo.- Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquél o hasta tanto se produzca, en su caso, la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2005.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Mauricio Rodríguez.



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