BOC - 2004/246. Martes 21 de Diciembre de 2004 - 1735

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Justicia

1735 - Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 15 de diciembre de 2004, del Director, por la que se autoriza la Carta de Servicios correspondiente a dicho organismo autónomo.

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Visto que el artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que tales Cartas sean aprobadas por Resolución del Director o asimilado en el caso de los organismos autónomos a cuyos servicios se refieran aquéllas.

Resultando.- Que con fecha 13 de diciembre de 2004 se emite informe favorable de la Inspección General de Servicios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1 del citado Decreto 220/2000, de 4 de diciembre.

Considerando.- La legislación aplicable constituida a tal efecto por el Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como las demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la Carta de Servicios correspondiente al Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del Gobierno, vía internet, y para su debida constancia.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de diciembre de 2004.- El Director, Pedro José Rodríguez Torrens.

A N E X O I

Datos identificativos de la unidad

Denominación: Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).

Consejería/D.G./O.A.: Consejería de Presidencia y Justicia.

Dirección:

- En la provincia de Las Palmas: calle Padre José de Sosa, 22.

- En la provincia de Santa Cruz de Tenerife: calle José de Zárate y Penichet, 3, Edificio Arco Iris, Residencial Anaga.

Horario de atención al ciudadano: de 8,00 a 15,00 horas, con reducción de una hora en los meses de verano (julio, agosto y septiembre).

Teléfonos: (928) 339022 y (922) 477860.

Fax: (928) 339129 y (922) 477870.

Correo electrónico: d.institutocanarioadministracionpublica@gobiernodecanarias.org.

Página web: https://www.gobiernodecanarias.org/icap/.

Medios de acceso y transporte: ÀCómo llegar?

En Las Palmas de Gran Canaria: Casco Histórico de Vegueta. Servicio de Guaguas Municipales: líneas 12 y 13, parada Plaza Santa Isabel.

En Santa Cruz de Tenerife: Residencial Anaga. Servicio Municipal de Guaguas TITSA: líneas 903, 905, 910 y 911.

Finalidad: la finalidad principal del Instituto Canario de Administración Pública es mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos a través de la formación continua de los empleados públicos de Canarias.

Servicios que se ofrecen al ciudadano

· FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

La función principal del Instituto Canario de Administración Pública es formar a los trabajadores de las administraciones públicas de Canarias.

En cumplimiento de esta misión el Instituto programa y organiza todo tipo de actividades formativas, presenciales y a distancia, cuyo objetivo es la mejora de la prestación de los servicios públicos que se ofertan a los ciudadanos de Canarias, a través de una mejor preparación de los profesionales públicos para el desempeño de las funciones que les corresponde desarrollar.

Los destinatarios de estas actividades podrán ser, según se establezca en las convocatorias públicas, los siguientes:

1. Personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Personal de las administraciones locales canarias.

3. Personal de la Administración del Estado en Canarias (por convenio).

4. Jueces y Magistrados (por convenio).

5. Personal de administración y servicios de las Universidades canarias.

6. Personal del Parlamento de Canarias e instituciones vinculadas (por convenio).

· INVESTIGACIÓN.

Otro de los servicios principales del Instituto Canario de Administración Pública es el de fomentar la investigación aplicada al ámbito de la mejora de los servicios prestados por las administraciones públicas canarias. Esta función se desarrolla actualmente a través de las siguientes acciones:

- Convocatoria anual del "Premio del Instituto Canario de Administración Pública para trabajos de estudio e investigación sobre las Administraciones Públicas Canarias".

- Convocatoria anual de becas para la realización de estudios de investigación destinadas a mejorar la prestación de servidos públicos en Canarias.

· PUBLICACIONES.

El Instituto selecciona y edita originales que profundizan en temas de interés para el entorno de las administraciones públicas canarias.

· OTROS SERVICIOS.

Organizamos las actividades selectivas de formación en los procesos de selección para el acceso a la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en el acceso a los Cuerpos de habilitación nacional de las corporaciones locales canarias, por convenio con el Instituto Nacional de Administración Pública.

Organizamos las acciones de formación previstas en los procesos de promoción interna, y la formación necesaria para la adecuación de los trabajadores a sus nuevos puestos de trabajo en los casos de concursos de traslados.

Préstamo de aulas a otros departamentos e instituciones públicas para la realización de pruebas selectivas para el acceso a la función pública y para la celebración de seminarios u otro tipo de encuentros promovidos por entidades públicas.

Homologación de actividades formativas de interés para los trabajadores públicos organizadas por instituciones públicas o privadas.

Asesoramiento a otros departamentos públicos en materia de gestión de la formación y selección de profesorado.

Nuestros compromisos

· Detección de necesidades de formación: el I.C.A.P. realizará una evaluación anual de las necesidades de formación de los empleados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y del personal de las administraciones locales canarias.

· Publicación de las convocatorias: las convocatorias de las acciones formativas se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias con al menos 30 días naturales de antelación al inicio de las mismas, exceptuando aquellas convocatorias que respondan a una necesidad sobrevenida que requiera una intervención inmediata, en las que habrá como mínimo una antelación de 10 días.

· Publicidad de la oferta formativa: el Instituto publicará todas las ofertas de formación en el Boletín Oficial de Canarias y en su página web. Las convocatorias de formación se publicarán también en los principales periódicos de la región y se editarán folletos y carteles informativos que se ubicarán en las sedes de los principales departamentos. Además se facilitará la información de la oferta formativa a los sindicatos para una mejor difusión entre los empleados públicos. Asimismo se insertará una llamada en la página web central del Gobierno de Canarias.

· Plazo de presentación de solicitudes: en las convocatorias de la oferta formativa el plazo de presentación de solicitudes para ser admitido a un curso será, como mínimo, de 20 días naturales. Excepcionalmente, el plazo será como mínimo de 10 días naturales en las convocatorias de actividades formativas que respondan a una coyuntura sobrevenida que no estuviese prevista en la programación y que requiera una intervención inmediata.

· Fechas de celebración de las acciones formativas: el 80% de las actividades formativas se publicarán con su fecha de celebración prevista.

· Admisión en las acciones formativas: la admisión en una acción formativa se comunicará personalizadamente a los trabajadores en un plazo no inferior a 6 días naturales antes de la fecha de celebración prevista en la convocatoria. En el caso de admisiones sobrevenidas por renuncia de trabajadores a su plaza en el curso, el plazo de comunicación a los alumnos suplentes será desde el fin del plazo de confirmación de asistencia hasta las 12 horas del día de inicio del curso. El día del inicio de las actividades de formación se expondrán las listas de admitidos en los tablones de anuncios de las sedes del Instituto.

· Número de alumnos por curso: en las acciones formativas presenciales el número de alumnos no será superior a 30, y no se superará la cantidad de 20 alumnos en los cursos de informática.

· Material didáctico: en todas las acciones formativas presenciales se entregará a los alumnos material didáctico de apoyo actualizado, un díptico informativo de los contenidos del curso y del profesorado, y el material fungible necesario para trabajar en el aula.

· Evaluación de las actividades formativas: los alumnos tendrán derecho a evaluar anónima y voluntariamente la formación recibida a través de cuestionarios que se entregarán al finalizar todas las acciones formativas.

Todas las acciones formativas serán evaluadas por el I.C.A.P. para determinar el grado de consecución de los objetivos previstos en la programación.

· Abono de honorarios a profesores: el pago de honorarios a los profesores se efectuará, en un 80% de los casos, en un plazo no superior a 30 días desde la fecha de celebración del curso o desde la entrega por el profesor de los documentos necesarios para el pago, cuando puedan ser tramitados íntegramente por unidades del Instituto.

El resto de pagos de honorarios al profesorado estará condicionado por los plazos y requisitos establecidos en la normativa de la Hacienda Pública Canaria, con la garantía del plazo máximo de 2 meses establecido en la legislación vigente.

· Certificados de las acciones formativas: los alumnos tendrán derecho a la obtención de un certificado que acredite la realización de las acciones formativas.

1. Islas con sede oficial del I.C.A.P.-formación presencial: en las actividades formativas presenciales que se celebren en islas con sede del I.C.A.P. (Tenerife y Gran Canaria), los alumnos tendrán a su disposición los certificados en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la entrega de la evaluación de los alumnos realizada por el director o profesor de la acción formativa.

2. Islas sin sede oficial del I.C.A.P.-formación presencial: en las actividades formativas presenciales que se celebren en islas sin sede del I.C.A.P., los alumnos recibirán, previa petición formal, los certificados en la dirección de su puesto de trabajo en un plazo no superior a 40 días hábiles desde la entrega de la evaluación por el director o profesor de la acción formativa.

3. Formación a distancia: los certificados de las actividades formativas a distancia estarán a disposición de los alumnos en un plazo no superior a 40 días hábiles desde la recepción de la memoria del profesorado en islas con sede del I.C.A.P. En islas no capitalinas se entregarán, previa petición formal, en la dirección de los puestos de trabajo en un plazo no superior a 50 días.

4. Jornadas y actividades análogas: en el caso de jornadas y actividades análogas, los certificados estarán a disposición de los alumnos en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a su finalización.

5. Garantía de certificados provisionales: en el caso de que circunstancias excepcionales imposibilitaran al I.C.A.P. el cumplimiento de los plazos antes señalados, se garantiza la emisión de certificados provisionales acreditando la participación en acciones formativas, previa petición individual, siempre que se necesiten para su presentación en concursos de provisión de puestos de trabajo o situaciones urgentes análogas.

· Fomento de la investigación: con periodicidad anual y dentro del primer cuatrimestre del año se convocará el "Premio del Instituto Canario de Administración Pública" para trabajos de estudio e investigación sobre las administraciones públicas canarias.

* Se publicará anualmente, dentro del primer cuatrimestre del año, una convocatoria de becas con el objeto de fomentar la investigación en torno a aspectos que mejoren la prestación de servicios públicos en Canarias.

· Prestación de información: se informará personal o telefónicamente de manera inmediata o en un plazo de setenta y dos horas.

· Página Web: se actualizará permanentemente la información sobre la oferta formativa y las actividades del Instituto.

Indicadores de la calidad del servicio

· Porcentaje de consejerías, cabildos y ayuntamientos evaluados en las necesidades de formación de sus trabajadores.

· Número de días entre la publicación de las convocatorias de oferta formativa y el inicio de las actividades.

· Publicación efectiva de la oferta de formación en el Boletín Oficial de Canarias, en la página web del Instituto, en los principales periódicos de la región y en la página web central del Gobierno de Canarias.

Traslado de la información

sobre la oferta formativa a los sindicatos

· Número de días establecidos en las convocatorias para la presentación de solicitudes de admisión en las acciones formativas.

· Publicación de las fechas de celebración previstas para las acciones formativas, a medida y valor del percentil 80.

· Porcentaje de notificaciones de admisión en una acción formativa dentro del plazo mínimo de 6 días naturales.

· Número de alumnos por curso y aula.

· Porcentaje de cursos en los que se entrega el material didáctico, díptico informativo y material fungible.

· Porcentaje de acciones formativas evaluadas por los alumnos y por el I.C.A.P.

· Número de profesores, a medida y valor del percentil 80, que cobran sus honorarios dentro de los 30 días siguientes a la celebración o, en su caso, a la entrega por el profesor de la documentación necesaria para el pago.

· Para la formación presencial en islas capitalinas, porcentaje de cursos con los certificados a disposición de los alumnos en el plazo de 30 días hábiles desde la entrega de la evaluación realizada por los profesores.

· Para la formación presencial en islas no capitalinas, porcentaje de alumnos con los certificados entregados en 40 días hábiles desde la fecha de celebración.

· Para la formación a distancia en islas capitalinas, porcentaje de cursos con los certificados a disposición de los alumnos en el plazo de 40 días hábiles desde la entrega de la memoria por el profesorado, y de 50 días hábiles en islas no capitalinas.

· Porcentaje de jornadas y seminarios en los que los certificados están a disposición de los alumnos a partir de los 10 días hábiles siguientes a su celebración.

· Publicación efectiva en el BoletínOficial de Canarias de la convocatoria del Premio del I.C.A.P. y de la convocatoria de becas en el primer cuatrimestre del año.

· Grado de actualización de la página web del I.C.A.P.

· Número de quejas presentadas respecto a los compromisos de calidad adquiridos en esta Carta de Servicios.

· Número de reclamaciones presentadas por los usuarios en relación a los servicios prestados por el I.C.A.P.

Necesitamos su opinión: reclamaciones

y sugerencias

· La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.

· Puede acceder al sistema mediante escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las oficinas de registro y Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones.

· También puede acceder al sistema verbalmente en las Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones, y a través del Servicio Telefónico de Atención al Ciudadano del Gobierno de Canarias (012).

· El sistema está abierto a la transmisión de datos mediante correo electrónico y a través de la página web del Gobierno de Canarias.

· En un plazo máximo de tres meses usted recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.

· La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.

· Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.

· Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones se encauzarán en la forma prevista en el número 6 del artículo 12 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5 de agosto), y en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo, de desarrollo (B.O.C. nº 78, de 16.6.99).

· Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.



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