BOC - 2004/170. Jueves 2 de Septiembre de 2004 - 1275

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Presidencia y Justicia

1275 - ORDEN de 24 de agosto de 2004, por la que se aprueba la relación definitiva de funcionarios integrados en las Escalas Científica y Técnica de los Cuerpos Superior y Facultativo de Investigadores Agrarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la adscripción a especialidades.

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente administrativo tramitado en la Dirección General de la Función Pública para la integración en las Escalas Científica y Técnica de los Cuerpos Superior y Facultativo de Investigadores Agrarios, y la adscripción en especialidades, de los funcionarios adscritos al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de fecha 15 de junio de 2004 (B.O.C. nº 119, de 22.6.04), se aprueba la integración provisional de los citados funcionarios en las Escalas Científica y Técnica de los Cuerpos Superior y Facultativo de Investigadores Agrarios, y la adscripción en especialidades, de los funcionarios adscritos al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.

Segundo.- D. Miguel Apeles Díaz Pérez, D. Pedro Mansito Pérez, Dña. Ana Rosa Socorro Monzón, D. Francisco Pérez Padrón, D. Antonio Pérez Regalado y D. José Luis Santana Ojeda formulan sendas reclamaciones contra la referida Orden de 15 de junio de 2004, en las que interesan modificar el antecedente de hecho primero de la referida Orden, en lo que les afecta al Cuerpo/Escala considerando que debe reflejarse "Técnicos de Grado Medio de OO.AA. del MAPA".

Tercero.- Dña. María José Grajal Martín advierte error en el número del D.N.I. indicado en el anexo II, aportando fotocopia del mismo, por lo que el número del D.N.I. debe ser 50.301.665K.

Cuarto.- Se han cumplido los trámites reglamentarios para la formulación de la referida declaración de integración.

CONSIDERACIÓN JURÍDICA

Primera.- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, en la Disposición Adicional Novena.35, integra en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado de Medio de los Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la Escala de Técnicos de Grado Medio del INIA del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Dado que D. Miguel Apeles Díaz Pérez, D. Pedro Mansito Pérez, Dña. Ana Rosa Socorro Monzón, D. Francisco Pérez Padrón, D. Antonio Pérez Regalado y D. José Luis Santana Ojeda, proceden de la Escala de Técnicos de Grado Medio del INIA, integrada por la Ley 30/1984, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA, no procede estimar sus reclamaciones y en consecuencia mantener antecedente de hecho primero en los términos de la referida Orden de 15 de junio de 2004.

Segunda.- El artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que "las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Por lo que se rectifica el número del D.N.I. de Dña. María José Grajal Martín que debe ser 50.301.665K.

Tercera.- De conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, los citados funcionarios están integrados en la organización de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y procede la declaración formal de la referida integración.

Teniendo en cuenta las demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las facultades conferidas por las normas en vigor,

R E S U E L V O:

Uno.- Aprobar la integración definitiva de los funcionarios de carrera que se relacionan en el anexo a la presente Orden en las Escalas Científica y Técnica de los Cuerpos Superior y Facultativo de Investigadores Agrarios, y la adscripción en especialidades, de los funcionarios adscritos al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de agosto de 2004.

LA CONSEJERA DE

PRESIDENCIA Y JUSTICIA,

Mª Australia Navarro de Paz.

Ver anexos - páginas 14768-14769



© Gobierno de Canarias