De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera h) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias; en el Decreto 152/1994, de 21 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico insular; en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias; y en el Decreto de la Presidencia del Cabildo de Fuerteventura de Delegación de Competencias nº 562/04, la Sra. Consejera Delegada ha adoptado lo siguiente:
Primero.- Modificar la delimitación del yacimiento paleontológico de La Guirra, así como la de su entorno de protección, en el afloramiento de la zona 2, que queda dividida en dos zonas: 2 y 3, conforme a la descripción gráfica que acompaña a la presente Resolución. Se realiza esta modificación al objeto de, por una parte, excluir de la delimitación de bien de interés cultural y de su entorno de protección el área situada entre ambas zonas 2 y 3, dado que, según el informe de los estudios paleontológicos realizados, la escasa presencia de restos fósiles fragmentados en superficie y en el subsuelo, no justifica la protección de la referida zona intermedia; y, por otra parte, ampliar las nuevas zonas 2 y 3 por sus lados norte y suroeste, respectivamente, tal como se refleja en el anexo gráfico de la presente Resolución.
Segundo.- Ratificar la Resolución del Consejero Delegado nº 4465, de fecha 31 de octubre de 2003 en el resto de su contenido en sus mismos términos.
Tercero.- Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.
Cuarto.- Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Antigua.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, abriendo un nuevo período de información y audiencia pública, a fin de que cuantas personas tengan interés, puedan examinar el expediente y aducir lo que estimen procedente durante el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a cuyo efecto el expediente podrá ser examinado por los interesados en el Departamento de Patrimonio Histórico del Cabildo de Fuerteventura, Puerto del Rosario, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.
Sexto.- Dar traslado de la Resolución al Registro de Bienes de Interés Cultural a los efectos oportunos.
Séptimo.- Notificar la Resolución a los interesados y dar traslado de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Puerto del Rosario, a 8 de julio de 2004.- El Consejero Delegado de Cultura y Patrimonio Histórico, Antonio F. García Rodríguez.
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