Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Orden Departamental, recaída en el expediente sancionador S-10/00, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
"Notificar a D. Justo S. Salgado Sánchez, la Resolución de fecha 9 de febrero de 2004, dictada por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación, por la que se resuelve:
1.- Inadmitir las impugnaciones formuladas respectivamente por D. Víctor Rodríguez Suárez y la entidad Iniciativas y Promociones Canarias, S.A., contra la Resolución de la extinta Viceconsejería de Infraestructuras de 7 de abril de 2001, la cual ha adquirido firmeza al no haber sido impugnada en tiempo y forma.
Este acto agota la vía administrativa. Contra el mismo cabe deducir recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse."
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de abril de 2004.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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