BOC - 2004/079. Lunes 26 de Abril de 2004 - 633

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura yDeportes

633 - Dirección General de Personal.- Resolución de 19 de abril de 2004, por la que se corrigen errores en la Resolución de 24 de marzo de 2004, que hace pública la convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicios, plazas para funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros en Centros de Educación de Personas Adultas de Canarias para el curso escolar 2004/05.

Descargar en formato pdf

Advertidos errores en la Resolución de 24 de marzo de 2004, por la que se hace pública la convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicios, plazas para funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros en Centros de Educación de Personas Adultas de Canarias (CEPA) para el curso escolar 2004/05 (B.O.C. nº 69, de 12.4.04).

De conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que faculta a las Administraciones Públicas a corregir en cualquier momento sus errores materiales o de hecho, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Modificar el anexo II, relativo a las plazas, cuyas modificaciones quedan redactadas en los términos del anexo a esta Resolución.

Segundo.- Modificar el anexo III, relativo a baremación de méritos, el punto 4.2.

b) donde dice "Por curso escolar completo en Viceconsejería, ..."

b) debe decir "Por curso escolar completo en Vicedirección, ..."

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente éste o se produzca su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de abril de 2004.- El Director General de Personal, Juan Manuel Santana Pérez.

Ver anexos - páginas 5590-5591



© Gobierno de Canarias