BOC - 2004/075. Martes 20 de Abril de 2004 - 1197

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1197 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 6 de abril de 2004, del Director, relativo a notificación de requerimiento de documentación para subsanación de defectos de fondo a Ortiz Sociedad Cooperativa de Explotación Comunitaria de la Tierra.- Expte. nº 03-38/00885.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Ortiz Sociedad Cooperativa de Explotación Comunitaria de la Tierra, del requerimiento nº 102562, de fecha 5 de marzo de 2004, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento de subsanación de defectos de fondo.

En relación con su escrito de 16 de diciembre de 2003, registrado en este Servicio Canario de Empleo el mismo día con el nº 88698/41980, por el que se solicita, en representación de la citada entidad, la inscripción de la renovación de cargos del Consejo Rector, adjuntando, al efecto, primera copia y copia simple de escritura de consignación de acuerdos sociales, autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, con residencia en Los Llanos de Aridane el 20 de noviembre de 2003, bajo número de protocolo 1.266, se realizan las siguientes objeciones:

- En la certificación que incorpora la citada escritura pública relativa a los acuerdos pertinentes, se señala que los elegidos por la Asamblea General "se constituyen en Consejo Rector y nombran" Presidente, Vicepresidente y Secretario. Sin embargo, tal opción no se encuentra recogida en los Estatutos sociales, cuyo artº. 36.2 señala: "Los cargos de Presidente y Vicepresidente serán elegidos directamente por la Asamblea General". En tal sentido y a efectos de la subsanación requerida, dicho acuerdo deberá ser, en todo caso, ratificado por la Asamblea General.

- A título indicativo, se le recuerda que la Ley 3/1987, General de Cooperativas, está derogada, por lo que se procede la remisión hecha a su articulado en la ya indicada certificación ("Todos los nombrados aceptan el cargo ...").

Es por lo que se le requiere, a tenor de lo regulado en el artº. 18.1 del Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas, aprobado por Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, para que en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la notificación de este escrito, presente ante este organismo la documentación requerida y/o subsane los indicados defectos. En caso contrario, se procederá, conforme a lo establecido en su artº. 20.2, a dictar resolución denegatoria con archivo de lo actuado.- Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2004.- El Jefe del Servicio de Apoyo a la Economía Social, Adolfo Faleh Pérez."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2004.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.



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