BOC - 2003/247. Viernes 19 de Diciembre de 2003 - 1978

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1978 - DECRETO 290/2003, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 213/2003, de 28 de julio, por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario para el curso 2003/2004 (B.O.C. nº 151, de 6.8.03).

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De conformidad con lo previsto en el artículo 81.3.b) de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Gobierno de Canarias aprobó el Decreto 213/2003, de 28 de julio, por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario para el curso 2003/2004.

En el citado artículo, se establece que los precios públicos por servicios académicos estarán relacionados con los costes de prestación del servicio y, por lo tanto, no pueden tener la misma consideración, a efectos de pago por la contraprestación del servicio recibido, las materias con docencia que las materias sin docencia, por lo que se hace necesaria una modificación del texto aprobado, al objeto de incluir en el mismo, la modalidad de matrícula para convocatorias de examen de asignaturas sin docencia, en razón de la prevista extinción de los planes de estudio correspondientes.

El artículo 168 de la Ley 10/1999, de 13 de mayo, de modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que "la creación, modificación o supresión de los precios públicos podrá realizarse por Decreto del Gobierno de Canarias, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de la que dependa el órgano o a la que esté adscrito el ente público gestor de la actividad que da lugar el precio público."

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Educación, Cultura y Deportes, previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 9 de diciembre de 2003,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se añade un nuevo artículo al Decreto 213/2003, de 28 de julio, por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario para el curso 2003/2004, con la siguiente redacción:

"Artículo 11.- Materias sin docencia.

Se establece una modalidad específica de matrícula para la convocatoria de examen de asignaturas sin docencia en razón de la prevista extinción de los planes de estudio a los que correspondan, consistente en el abono de un 25 por ciento de los precios públicos contenidos en los apartados 1.1 y 1.2 de la tarifa primera del anexo del presente Decreto."

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y será de aplicación para los precios públicos correspondientes al curso 2003/2004.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 2003.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES, p.s.,

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

(Decreto 416/2003, de 2 de diciembre,

del Presidente),

Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Mauricio Rodríguez.



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