BOC - 2003/216. Miércoles 5 de Noviembre de 2003 - 4136

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4136 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 21 de octubre de 2003, de la Directora, que dispone la publicación de la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado nº 0000434/2003.

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En cumplimiento de lo solicitado por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Pedro Condom Bofill, procedimiento nº 0000434/2003, contra la Orden del Consejero de Empleo y Asuntos Sociales nº 509, de fecha 26 de junio de 2003, por la que se establece el reintegro de la subvención concedida en el expediente administrativo 1996/15185, de las reguladas dentro del Programa "Fomento a la creación de puestos de trabajo estables en las empresas radicadas en Canarias", "Subvenciones para la conversión de puestos de trabajo temporal en indefinido" regulado en el Capítulo I, Sección III, del Título I, del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por importe de 8.030,53 euros [7.023,19 euros (1.168.560 pesetas) en concepto de principal de la subvención y 1.007,34 euros (167.607 pesetas) en concepto de intereses legales de demora].

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias con el fin de emplazar a todas cuantas personas pudieran tener interés directo en este recurso, con el fin de que puedan comparecer en el improrrogable plazo de nueve días si a su derecho conviniere en legal forma mediante abogado y procurador, para hacer valer su derecho, bajo el apercibimiento de que, en caso de no comparecer, se seguirá sin perjuicio de que puedan personarse en cualquier momento del proceso pero sin que éste se retrotraiga.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de octubre de 2003.- La Directora, Juliana García Vega.



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