BOC - 2003/084. Lunes 5 de Mayo de 2003 - 724

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

724 - ORDEN de 22 de abril de 2003, por la que se aprueba la integración provisional de los funcionarios D. Pedro Luis Ibáñez Sáez de Jáuregui y D. Miguel Ángel López Jorquera en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Examinado el expediente administrativo tramitado en la Dirección General de la Función Pública para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias o asumidos por ésta, en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- D. Pedro Luis Ibáñez Sáez de Jáuregui tiene la condición de funcionario de carrera, perteneciente al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (Grupo C), nombrado en virtud de Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública de fecha 23 de diciembre de 1993 (B.O.E. de 31.12.93). Actualmente presta servicios en el puesto denominado Operador, en el Servicio de Comunicaciones e Informática de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud y formula solicitud de integración en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- D. Miguel Ángel López Jorquera tiene la condición de funcionario de carrera, perteneciente al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (Grupo C), nombrado en virtud de Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública de fecha 23 de diciembre de 1993 (B.O.E. de 31.12.93). Actualmente presta servicios en el puesto denominado Operador, en el Servicio de Comunicaciones e Informática de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud y formula solicitud de integración en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- D. Pedro Luis Ibáñez Sáez de Jáuregui y D. Miguel Ángel López Jorquera fueron transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo (B.O.E. nº 85, de 9.4.94) sobre traspaso de funciones y servicios del Instituto Nacional de Salud.

Cuarto.- La Dirección General de Recursos Humanos, con fecha 11 de febrero de 2003, emitió informe-propuesta favorable referido a la integración en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias de los citados funcionarios.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Disposición Transitoria Primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establece que quedarán integrados en la Función Pública de la Administración Autonómica y en alguno de los Cuerpos o Escalas creados en la Disposición Adicional Primera, todos los funcionarios transferidos y asumidos por ésta o que pudiesen serlo en el futuro, de acuerdo con las normas que se establecen en la misma normativa.

Segunda.- La Ley 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador, en su artículo 27, añade un apartado 6 al grupo C de la Disposición Adicional Primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, creando el Cuerpo de Auxiliares Técnicos y la Escala de Auxiliares de Informática.

Asimismo, establece que el Cuerpo de Auxiliares Técnicos incorporará a los funcionarios que desarrollen las funciones de trámite, colaboración y apoyo a los funcionarios de cuerpos superiores y facultativos en puestos de trabajo que requieran conocimientos técnicos para los que no se exija una titulación académica específica, pero que tengan titulación de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

Tercera.- La Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos del Estado para 1990 (B.O.E. nº 156, de 30.6.90) en su artículo 33.Dos.c), crea el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, clasificado en el grupo C.

Así, la citada Ley 30/1984, de la Función Pública, en su artículo 25, de carácter básico a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.3 de la misma Ley, establece "que los Cuerpos, Escalas, Clases y Categorías de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas se agruparán, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso, en los siguientes grupos: ... Grupo C Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente".

Respecto a las funciones del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, la citada Ley 4/1990, de 29 de junio, así como la Resolución de 20 de diciembre de 1991, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se aprueba convocatoria para la integración en el mencionado Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática, establece que su contenido básico debe ser relativo a Tecnologías de la Información y los puestos con funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las propias de los Cuerpos de Tecnologías de la Información.

Cuarta.- Los requisitos de titulación y funciones de los citados funcionarios se corresponden con los exigidos por la Disposición Adicional Segunda, apartado 6, de la Ley 2/1987 para la integración en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinta.- La Orden de 13 de junio de 1989 (B.O.C. de 23.6.89), establece el procedimiento a seguir para la integración de funcionarios en los Cuerpos y Escalas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, de conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica,

R E S U E L V O:

Uno.- Aprobar la integración provisional de los funcionarios de carrera de D. Pedro Luis Ibáñez Sáez de Jáuregui, D.N.I. nº 29093616L, y D. Miguel Ángel López Jorquera, D.N.I. nº 05368909L, en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos, Escala de Auxiliares de Informática (Grupo C), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que los interesados puedan formular reclamaciones durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, aportando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, B.O.C. de 23 de junio, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de abril de 2003.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.



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