BOC - 2003/047. Lunes 10 de Marzo de 2003 - 406

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

406 - ORDEN de 25 de febrero de 2003, por la que se convoca la novena edición de los Premios a la Composición y Expresión Coral y se aprueban las bases reguladoras para su concesión, año 2003.

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ANTECEDENTES

Único.- Desde hace ocho años, esta Viceconsejería de Cultura y Deportes viene convocando los Premios a la Composición y Expresión Coral con el fin de incentivar la creación de música coral para coro de habla hispana, tanto infantiles como juveniles y adultos, y potenciar el uso de textos de autores canarios, y el folclore de las islas, celebrando las correspondientes ediciones para la celebración de los mismos, afrontando este año su novena edición.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en su artículo 51, punto 3, confiere al Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en materia de cultura, entre otras, dirigir y ejecutar, bajo las directrices del Gobierno de Canarias, la política cultural, planificar las actividades culturales de interés regional, así como conceder premios para actividades culturales de interés regional.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, delegándose, en el presente caso, en el Viceconsejero de Cultura y Deportes la concesión y consiguiente abono de los premios, quien los otorgará a propuesta del Jurado.

Por cuanto antecede,

D I S P O N G O:

Primero.- Convocar la novena edición de los premios a la Composición y Expresión Coral y aprobar las bases reguladoras para su concesión, que figuran como anexo I de esta Orden.

Segundo.- El importe destinado a la totalidad de los premios asciende a la cantidad de once mil euros (11.000 euros). Al autor o autores de las obras ganadoras o especialmente mencionadas se les expedirá un certificado acreditativo.

Los gastos para premios y cualesquiera otros que necesariamente se deriven de esta convocatoria -a excepción de la indemnización por razón del servicio a aquellos miembros del Jurado a los que le sea de aplicación el Decreto 251/1997, en cuyo caso se estará a las disposiciones presupuestarias en el subconcepto 230.02- se imputarán al Proyecto de Inversión 97618E01, Producción, concursos y divulgación.

Tercero.- El Jurado estará presidido por el Viceconsejero de Cultura y Deportes y formarán parte del mismo los siguientes miembros:

- El Director General de Cultura.

- Cinco Vocales, designados por el Presidente del Jurado, entre personas de reconocido prestigio musical.

Actuará como Secretario, con voz, pero sin voto, un funcionario de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, designado por su titular.

Cuarto.- El Jurado quedará válidamente constituido cuando concurra la mayoría de sus miembros, debiendo estar presentes, en todo caso, su Presidente y Secretario.

El acuerdo del Jurado se adoptará por mayoría de asistentes, siendo dirimente el voto del Presidente en caso de empate.

Los miembros del Jurado percibirán las indemnizaciones que por razón de desplazamiento, manutención y alojamiento se ocasionen con motivo de sus actuaciones hasta el límite de las disponibilidades presupuestarias de pagos a justificar.

Quinto.- Se delega en el Viceconsejero de Cultura y Deportes la concesión y abono de los premios, quien los otorgará a propuesta del Jurado.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2003.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O I

BASES DE LOS PREMIOS

Primera.- 1. Podrán optar a los premios las composiciones de música coral, pertenecientes a las modalidades de participación establecidas en la base segunda de la presente Orden.

2. No podrán optar a los premios aquellas obras cuyos autores mantengan una relación funcionarial o de servicio con la Viceconsejería de Cultura y Deportes o la Sociedad Canaria de las Artes Escénicas y de la Música (SOCAEM).

3. Los autores premiados en ediciones anteriores no podrán participar, en cualesquiera de las modalidades, hasta que haya transcurrido, al menos cinco años desde que fueron premiados con anterioridad.

4. Las obras de autoría colectiva deberán ser presentadas conjuntamente por todos sus creadores.

Segunda.- Las modalidades de participación son las siguientes:

Modalidad A: Coros infantiles con instrumentos.

Características y requisitos:

1. El texto deberá ser en castellano, con temática libre.

2. La obra deberá ser un relato o cuento musical escrito para 2 ó 3 voces blancas y pequeña agrupación instrumental de no más de 12 instrumentistas.

3. La tesitura y dificultades de la parte coral deben ser aptas para un coro infantil aficionado.

4. Deberá tener posibilidades de escenificación.

5. Podrá tener partes escritas especialmente para ser interpretadas por el público (ritmos, ostinatos, improvisaciones, sonidos especiales, ...).

6. Las dificultades de las partes instrumentales no podrán ser excesivas.

7. La duración estará comprendida entre 10 y 20 minutos.

Modalidad B: Coros adultos con instrumentos.

Características y requisitos:

1. El texto deberá ser, preferiblemente, de un poeta canario elegido libremente por el autor o, en cualquier caso, basado sobre un texto literario en castellano.

2. La obra deberá estar escrita para 4 voces mixtas y pequeña agrupación instrumental de no más de 12 instrumentistas.

3. Podrá tener partes escritas especialmente para ser interpretadas por el público (ritmos, ostinatos, improvisaciones, sonidos especiales, ...).

4. Las dificultades, tanto de la parte coral como de las partes instrumentales, no deben ser excesivas, de forma que puedan ser interpretadas por grupos aficionados.

5. La duración estará comprendida entre 10 y 20 minutos.

Modalidad C: Coros a Capella.

Características y requisitos:

1. El texto deberá ser, preferiblemente, de un poeta canario elegido libremente por el autor o, en cualquier caso, basado sobre un texto literario en castellano.

2. Las obras podrán ser escritas bien para coro mixto (SATB) o para coro femenino (SSA) a capella, o para doble coro (SATB más coro de niños), a elegir por el autor.

3. Las dificultades de las obras deberán ser accesibles a coros aficionados.

4. La duración de las mismas estará comprendida entre 3 y 6 minutos.

Modalidad D: Coros Música Canaria.

Características y requisitos:

1. Las obras estarán escritas o armonizadas sobre cualquiera de los temas del folclore de las Islas Canarias que se indican en el anexo de estas bases.

Los compositores interesados en participar en esta modalidad podrán obtener referencias sobre esta música en internet: https://www.culturacanaria.com.

2. Las obras estarán escritas para coro a cuatro voces mixtas a capella.

3. Las obras tendrán una duración acorde a las propias del folclore que se elijan, no pudiendo sobrepasar los 6 minutos.

Tercera.- Se valorarán, preferentemente, aquellas composiciones que tengan, en las modalidades A), Coros escolares con instrumentos, y B), Coros adultos con instrumentos, partes escritas especialmente para ser interpretadas por el público, así como aquellas en las que, en las modalidades B) y C), Coros a Capella, se utilicen textos de poetas canarios.

Cuarta.- Las obras presentadas serán siempre originales e inéditas.

Quinta.- Cada autor será responsable del uso de los textos utilizados, debiendo disponer de los derechos pertinentes sobre los mismos.

Sexta.- Cada compositor podrá presentar el número de obras que desee. Las partituras deberán ser claras, legibles, sin equívocos y sin tachaduras, impresas, preferentemente, por medio de procedimientos informáticos y con sus páginas numeradas.

Séptima.- Las composiciones deberán presentarse por triplicado.

Las obras se presentarán en un sobre cerrado en el que también se incluirá la instancia o solicitud de participación, cuyo modelo se inserta en el anexo II de esta Orden. En el exterior de dicho sobre debe figurar un lema, seudónimo o cualquier otro símbolo de identificación, así como la indicación de la modalidad en que se participa. En este sobre nunca debe aparecer la identidad del autor.

En su interior se incluirá otro sobre cerrado, identificado con el mismo lema, seudónimo o símbolo, el cual contendrá el nombre del autor, domicilio, teléfono o fax o correo electrónico, copia del D.N.I. o Pasaporte, breve "currículum vitae" y título de la obra.

Este último sobre sólo se abrirá en el supuesto de que la obra resulte premiada.

Los participantes que presenten varias obras, deberán hacerlo en sobres separados.

Octava.- Las obras se presentarán antes del 15 de septiembre de 2003 en la Viceconsejería de Cultura y Deportes, Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Servicios Múltiples, 5ª planta, 35003-Las Palmas de Gran Canaria o en la calle Villalba Hervás, 4, 5ª planta, 38071-Santa Cruz de Tenerife, así como en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio (B.O.C. nº 102, de 19.8.94), admitiéndose, en los supuestos de presentación indirecta, las obras que se reciban con anterioridad a la primera convocatoria del Jurado.

Novena.- Se concederán los siguientes premios para cada modalidad:

Modalidad A: 4.000 euros.

Modalidad B: 4.000 euros.

Modalidad C: 1.500 euros.

Modalidad D: 1.500 euros.

Los premios correspondientes a cada una de las modalidades podrán repartirse entre varios o declararse desiertos, si así lo estimara el Jurado, pudiendo, éste, establecer menciones especiales de carácter honorífico a las obras que considere.

Décima.- El fallo del Jurado será inapelable y se adoptará con anterioridad al día 30 de octubre de 2003, publicándose su resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Undécima.- Todos los derechos de explotación y, en especial, los de reproducción, distribución y comunicación pública de las obras premiadas, pertenecerán en exclusiva a la Viceconsejería de Cultura y Deportes, durante un plazo de tres años a partir de la fecha de publicación del fallo del Jurado.

La Viceconsejería de Cultura y Deportes estrenará las obras premiadas dentro de los actos del Festival de Expresión Coral de Canarias.

Duodécima.- Los autores premiados en las modalidades A y B tendrán que remitir, con posterioridad a la notificación del premio pero con anterioridad a su entrega material, un original de las particellas de los diferentes instrumentos, otro original de la parte del coro y una reducción para piano y coro de la obra.

Además, los autores premiados, en todas y cada una de las modalidades, deberán remitir la partitura premiada en soporte informático en el mismo plazo que se establece en el apartado anterior.

Las obras no premiadas podrán ser reclamadas por sus autores en el plazo de tres meses desde la publicación de la concesión de los premios. Transcurrido este plazo la Viceconsejería declina cualquier responsabilidad sobre las mismas, pudiendo disponer libremente de ellas.

Decimotercera.- El Jurado resolverá cuantas incidencias pudieran derivarse de la interpretación de estas bases.

Decimocuarta.- La participación en este concurso conlleva la aceptación de todas y cada una de las bases anteriores.

Decimoquinta.- En todos aquellos aspectos no previstos en esta Orden se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92).

A N E X O I I

Seudónimo/Lema/Signo de identidad ............................................................................................................................. .

ÀUtiliza texto de poetas canarios? ................................................................................................................................... .

SOLICITA participar en la convocatoria de la novena edición de los Premios a la Composición y Expresión Coral, en la/s modalidad/es ................................................................................................................................................................. .

.............................................................................., a .......................... de ......................................... de 2003.

ILMO. SR. VICECONSEJERO DE CULTURA Y DEPORTES.



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