BOC - 2002/055. Martes 30 de Abril de 2002 - 522

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

522 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 15 de marzo de 2002, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 21 de diciembre de 2001, que modifica la redacción del condicionante 4º de la Declaración de Impacto Ecológico Variante de Tafira-Circunvalación de Las Palmas, tramo Pico Viento-Jinámar y conexión entre ambas, promovido por la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de fecha 21 de diciembre de 2001, por el que se modifica la redacción del condicionante 4º de la Declaración de Impacto Ecológico Variante de Tafira-Circunvalación de Las Palmas, tramo Pico Viento-Jinámar y conexión entre ambas, promovido por la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de marzo de 2002.- El Director General de Ordenación del Territorio, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Modificar la redacción del condicionante 4º de la Declaración de Impacto Ecológico emitida mediante acuerdo de la CUMAC en sesión celebrada el 29 de abril de 1999 y relativa al proyecto denominado "Solución Conjunta: Variante de Tafira-Circunvalación de Las Palmas, tramo Pico Viento-Jinámar y conexión entre ambas", promovido por la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, situado en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria (expediente 18/99), en los siguientes términos:

"4º.- En aras de garantizar que la afección al Espacio Natural Protegido del Paisaje Protegido de Tafira (C-24) resulte mínima, resulta preciso que las actuaciones implicitadas a la ejecución del proyecto, a su paso por dicho Espacio Natural Protegido, no alteren significativamente los valores ambientales que existen actualmente y que han sito motivo de protección ...

... Por otro lado, y de no disponerse en el Plan Especial lo contrario, se deberá dar cumplimiento a lo siguiente: ...-lo dispuesto en los apartados 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4, del siguiente condicionante.

De manera excepcional, en el ramal de la Conexión entre la Variante de Tafira y la Circunvalación de Las Palmas, considerando las características físicas de los taludes de terraplén existentes, en la margen derecha entre el p.k. 0 + 600 y p.k. 1 + 300 y en la margen izquierda entre el p.k. 0 + 800 y p.k. 1 + 300 y en aras de evitar efectos negativos sobre el paisaje así como posibles efectos erosivos, no será de aplicación lo dispuesto en el Condicionante 5.4, debiéndose proceder a utilizar en dichos taludes el sistema de riego por aspersión. Esta determinación llevará implícito la vigilancia de que las superficies de estos taludes no se vean tapizadas por otras especies vegetales distintas a las plantadas, debiéndose proceder a su eliminación en el caso de que suceda tal circunstancia durante el período que se efectúe el riego".

Segunda.- El presente Acuerdo será debidamente notificado a la Viceconsejería de Medio Ambiente y a la Dirección General de Obras Públicas del Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.



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