BOC - 2002/041. Lunes 1 de Abril de 2002 - 386

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

386 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 12 de marzo de 2002, por la que se convocan cursos de Lenguas Extranjeras en países de la Unión Europea, a celebrar en el verano de 2002, dirigidos al profesorado de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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La Consejería de Educación, Cultura y Deportes tiene entre sus prioridades la potenciación de la enseñanza de Lenguas Extranjeras, especialmente la enseñanza del Inglés como primera lengua extranjera en las etapas de Educación Infantil y Educación Primaria. Esto implica facilitar la formación y perfeccionamiento del profesorado, para lo cual, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa oferta distintas modalidades de formación que permitan al profesorado dar respuesta a las exigencias pedagógicas y lingüísticas que supone la enseñanza de idiomas.

La mejora de la competencia comunicativa del alumnado en situaciones cotidianas, en una lengua distinta de la materna, requiere de la cualificación del profesorado que le sirve de referencia, además de otras medidas complementarias que se puedan adoptar, tales como la implantación de estas enseñanzas en edades tempranas, la participación de los centros docentes en proyectos comunes con centros de otros países y en programas de intercambio, o el uso de aplicaciones informáticas que permitan la comunicación, en tiempo real, con alumnos de distinta lengua.

La cualificación del profesorado implica la actualización en su formación lingüística, pedagógica y científica, así como el dominio de la lengua extranjera en todas sus destrezas lingüísticas, para lo que es necesario la práctica y el uso de la misma, en la medida de lo posible, en contextos reales de comunicación de diversa índole.

La enseñanza de lenguas extranjeras en los Ciclos Formativos, en las Escuelas Oficiales de Idiomas y en la Educación de Adultos exige del profesorado un nuevo esfuerzo para adquirir una cualificación profesional complementaria. El conocimiento de las nuevas estrategias metodológicas adaptadas a este tipo de enseñanzas y de los distintos contenidos lingüísticos a impartir, que deben responder a las demandas lingüísticas del mundo laboral, requiere una formación específica. Por otro lado, estas enseñanzas deben posibilitar que el alumnado canario se incorpore al mundo laboral en igualdad de oportunidades que el resto de los ciudadanos europeos.

Por todo lo anterior, y con la intención de facilitar al profesorado la posibilidad de visitar un país extranjero, para que pueda mejorar o consolidar sus competencias comunicativas en la lengua oficial del país, a la vez que alcanzar una mejor cualificación profesional, y haciendo uso de las competencias que en materia de formación y perfeccionamiento del profesorado tiene atribuidas, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar, para el verano de 2002, siete cursos de formación en Lenguas Extranjeras, dirigidos al profesorado no universitario que esté destinado o imparta docencia en centros financiados con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La organización de los cursos corresponde, conjuntamente, a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y a la Institución responsable del mismo en el país de acogida. La denominación y las características de cada uno se incluyen en anexo I.

Tercero.- El número de plazas que se ofertan para los siete cursos es 110 y su distribución por curso se indica en el anexo I. El 15% de las plazas se reservará para el profesorado de centros concertados. En caso de no cubrirse, se acumularán al resto de las plazas.

Cuarto.- En todo caso, tendrá prioridad para participar en el curso el profesorado que se encuentre impartiendo la lengua correspondiente al curso que solicita, y no haya disfrutado de beca individual de formación lingüística del programa Sócrates durante los cursos académicos 1999/2000 y 2000/2001, ni asistido a cursos en el extranjero convocados por esta Dirección General durante los dos mismos últimos cursos. Dentro de este colectivo, tendrá prioridad quien esté participando en proyectos de anticipación de la lengua oficialmente autorizados.

Quinto.- Serán excluidos los aspirantes que tengan concedida, durante el curso 2001/2002, ayuda individual de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes superior a 90.000 pesetas o una beca individual de formación del programa Sócrates convocadas por Resolución de 4 de enero de 2002, de la Viceconsejería de Educación (B.O.C. de 21 de enero).

Sexto.- Se establecen las siguientes condiciones para abordar los costes del curso: a) los gastos de traslado desde el punto de origen al de destino, así como los de regreso, y los de desplazamiento local durante el desarrollo del curso, correrán a cargo de los interesados que hayan sido seleccionados; b) los gastos del curso en concepto de docencia, manutención y alojamiento serán financiados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que los abonará directamente a la Institución responsable del curso.

Séptimo.- 1. La presentación de solicitudes y los documentos acreditativos de los requisitos y los méritos que se aleguen, se podrá realizar en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, Residencial Anaga, 38001-Santa Cruz de Tenerife; calle León y Castillo, 57, 4º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria), o en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de presentar la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser cerrado.

2. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo III a esta Resolución.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución.

4. Sólo podrá solicitarse la participación en uno de los cursos convocados.

Octavo.- 1. La selección de los participantes se llevará a cabo por una Comisión designada al efecto, que estará integrada por dos representantes de los Centros del Profesorado y dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

2. En el caso de que el número de solicitudes supere al de plazas ofertadas, una vez atendidas las prioridades establecidas en el punto cuarto de esta Resolución, la selección se realizará aplicando el baremo de méritos establecido en el anexo II.

3. A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección podrán asistir, debidamente acreditados a tal efecto, un representante de cada una de las organizaciones sindicales que integran la Mesa Sectorial, que podrán adjuntar al Acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones estimen oportunas.

4. La Comisión Seleccionadora convocará al profesorado seleccionado para concretar los detalles de organización y recabar la documentación exigida por la Institución responsable del curso en el país de acogida. La asistencia a esta convocatoria y la aceptación a la que se refiere el punto décimo de esta Resolución, serán indispensables para participar en el curso.

5. Para garantizar el óptimo aprovechamiento del curso, la Comisión Seleccionadora podrá comprobar la exactitud del nivel de competencia de la lengua declarado por los aspirantes a través del procedimiento que considere más adecuado.

Noveno.- 1. La relación provisional de admitidos y excluidos, con expresión de las puntuaciones alcanzadas, se hará pública en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en los Centros del Profesorado, dentro de los veinte días siguientes al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Una vez publicada la relación provisional, se podrá presentar reclamación ante la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en el plazo de cinco días. Estudiadas las reclamaciones presentadas, se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos al curso en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en los Centros del Profesorado, en un plazo máximo de diez días.

Décimo.- 1. En todo caso, será indispensable que el profesorado seleccionado presente su aceptación o renuncia por escrito, según modelo que se facilitará al efecto por esta Dirección General. La inasistencia a la reunión convocada por la Comisión Seleccionadora, a la que se refiere el punto octavo.4, se entenderá como renuncia a participar en el curso solicitado.

2. En caso de que, una vez presentada la aceptación, algún seleccionado se viese obligado por causa grave a no asistir al curso, éste deberá comunicarlo de inmediato a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. En caso de no comunicarlo y no asistir al curso, el interesado no podrá participar nuevamente en este tipo de convocatoria durante un período de tres años.

3. Una vez terminado el curso, esta Dirección General expedirá un certificado al profesorado que lo haya superado con evaluación positiva y presente, en un plazo de tres meses desde la finalización del curso, una memoria personal detallada de las actividades realizadas, escrita en la lengua objeto de estudio del curso, y en la que se incluya la valoración que se hace por el interesado de la formación recibida.

Undécimo.- Se podrá solicitar la devolución de la documentación presentada por los interesados en un plazo de tres meses contados a partir del mes siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, mediante impreso que se facilitará al efecto dirigido a la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa.

Duodécimo.- Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos fijados y la modificación de algunos aspectos, en caso necesario, para el correcto cumplimiento de los fines que persigue la convocatoria.

Contra la presente Resolución y sus bases, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de marzo de 2002.-La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

A N E X O I

CÓDIGO Y DENOMINACIÓN DE LOS CURSOS, LUGAR DE CELEBRACIÓN, FECHAS, NÚMERO DE PLAZAS, DURACIÓN Y ALOJAMIENTO.

A. Los siguientes cursos tienen como destinatarios al profesorado que imparta la lengua correspondiente en las etapas de Educación Infantil y Educación Primaria y los contenidos metodológicos se referirán a la enseñanza del alumnado de entre 5 y 12 años. El profesorado solicitante de estos cursos deberá poseer, como mínimo, un nivel A2, según la escala que aparece en el anexo IV, con el objeto de poder garantizar el aprovechamiento del curso.

(IPIR) Intensive English Language, Culture and Methodology for Primary English Language Teachers.

Lugar de celebración: Applied Language Centre, University College. Dublín (Irlanda).

Fechas: del 15 al 26 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 65 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Applied Language Centre, University of Dublin.

(IPUK) Intensive English Language, Culture and Methodology for Primary English Language Teachers.

Lugar de celebración: Language Centre, University of Portsmouth. Portsmouth (England).

Fechas: del 15 al 26 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 65 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Language Centre, University of Portsmouth.

(FPFR) Inmersion linguistique et culturelle ˆ Nantes.

Lugar de celebración: Les Chambres de Commerce et d«Industrie de Nantes et de St. Nazaire (Francia).

Fechas: Grupo 1, del 1 al 12 de julio de 2002. Grupo 2, del 15 al 26 de julio de 2002.

Plazas: 20 (10 en cada grupo).

Duración: 65 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Experiment-Andevi.

(APAL) Allgemeinsprachlicher Deutschkompakturs für AuslŠnder.

Lugar de celebración: Goethe-Institut Frankfurt (Alemania).

Fechas: del 1 al 12 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 80 horas.

Alojamiento: en la Residencia Wohnheim. Frankfurt.

B.- Los siguientes cursos tienen como destinatarios al profesorado que imparta la lengua correspondiente en Secundaria, Educación de Adultos y Escuelas Oficiales de Idiomas y los contenidos metodológicos se referirán a la enseñanza del alumnado mayor de 12 años. El profesorado solicitante de estos cursos deberá poseer, como mínimo, un nivel B1, según la escala que aparece en el anexo IV, con el objeto de poder garantizar el aprovechamiento del curso.

(ISUK) Intensive English Language, Culture and Methodology for Secondary English Language Teachers.

Lugar de celebración: Language Centre, University of Portsmouth. Portsmouth (England).

Fechas: del 15 al 26 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 65 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Language Centre, University of Portsmouth.

(FSFR) Inmersion linguistique et culturelle ˆ Nantes.

Lugar de celebración: Les Chambres de Commerce et d«Industrie de Nantes et de St. Nazaire (Francia.)

Fechas: del 8 al 19 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 65 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Experiment-Andevi.

(ASAL) Allgemeinsprachlicher Deutschkompakturs für AuslŠnder.

Lugar de celebración: Goethe-Institut Frankfurt (Alemania).

Fechas: del 15 al 26 de julio de 2002.

Plazas: 15.

Duración: 80 horas.

Alojamiento: en la Residencia Wohnheim. Frankfurt.

OBJETIVOS DE LOS CURSOS.

Mejorar las competencias lingüística, pragmática, sociolingüística y pedagógica del profesorado.

Cualificar al profesorado para la enseñanza de este idioma en la etapa educativa correspondiente.

CONTENIDOS

- Comprensión oral y escrita.

- Producción oral y escrita.

- Aspectos socioculturales.

- Taller de metodología para la enseñanza de una lengua extranjera.

METODOLOGÍA

La metodología utilizada será interactiva y comunicativa. Se desarrollarán actividades variadas para mejorar la fluidez en la comunicación en la lengua de referencia, tales como simulación, discusión, debates, etc.

Se fomentará el intercambio de experiencias y la reflexión entre el profesorado mediante la participación en grupos de trabajo y en talleres.

El desarrollo de la autonomía de aprendizaje se fomentará a través del centro de recursos existente en la zona.

EVALUACIÓN

La evaluación se llevará a cabo a lo largo del desarrollo del curso, por el profesorado responsable de su impartición, teniendo en cuenta el trabajo diario de los asistentes y su participación en las diferentes actividades que se desarrollen.

A N E X O I I

1. MÉRITOS DOCENTES (cuando no se indique expresamente, se entenderán referidos a la lengua extranjera del curso que se solicita).

1.1. Por cada año de docencia de la lengua extranjera en la Educación Infantil o la Educación Primaria mediante proyecto de anticipación aprobado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa: 1 punto.

1.2. Por cada año de docencia de la lengua extranjera en la Educación Primaria: 0,5 puntos (hasta un máximo de 4 puntos).

1.3. Por cada año de docencia en la Educación Infantil, teniendo a su vez la especialidad de Inglés: 0,25 (hasta un máximo de 2 puntos).

1.4. Por cada año de docencia de la lengua extranjera en Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos, Educación de Adultos o Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5 puntos (hasta un máximo de 4 puntos).

Documento acreditativo: certificado expedido al efecto por el/la Secretario/a del centro, que, en el caso de los centros concertados, deberá contar con el Vº.Bº. de la Inspección Educativa.

2. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN PERMANENTE REALIZADAS EN LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS.

2.1. Por cada curso académico de participación en Grupos Estables, Grupos de Trabajo, Proyectos de formación en centros, relacionados con la lengua del curso que se solicita: 0,25 puntos por curso.

2.2. Por cada curso como coordinador/a de Grupos Estables, Grupos de Trabajo, Proyectos de formación en centros, relacionados con la lengua del curso que se solicita: 0,35 puntos por curso.

2.3. Por participación en proyectos europeos cuya lengua de trabajo sea la lengua del curso que se solicita: 0,5 puntos.

2.4. Por dirección, organización, docencia o participación en otras actividades de perfeccionamiento relacionadas con los distintos aspectos de enseñanza y aprendizaje de la lengua del curso que se solicita: hasta un máximo de 4 puntos contabilizados de la siguiente manera:

Convocadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 por cada módulo de 10 horas.

Convocadas y organizadas por otras Instituciones: 0,05 por cada módulo de 10 horas.

La puntuación de este apartado se obtendrá sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones.

Documento acreditativo: fotocopia compulsada del certificado correspondiente.

3. MÉRITOS ACADÉMICOS

3.1. Por titulaciones universitarias distintas de las alegadas para el ingreso en el Cuerpo: 0,25 puntos.

3.2. Por el título de doctor: 0,75 puntos.

3.3. Por titulaciones de postgrado relacionadas con la lengua del curso que se solicita: 0,5 puntos.

3.4. Por tener aprobado el ciclo elemental de la lengua del curso que se solicite en las Escuelas de Idiomas: 0,5 puntos.

3.5. Por tener aprobado el ciclo superior de la lengua del curso que se solicite en las Escuelas de Idiomas: 1 punto.

3.6. Por tener aprobado cualquiera de los ciclos de las Escuelas Oficiales de Idiomas en otra lengua distinta de la del curso que se solicita: 0,25 puntos.

Documento acreditativo: fotocopia compulsada de la titulación o diploma correspondiente.

Los apartados 3.4 y 3.5 serán excluyentes entre sí y sólo se aplicarán al Cuerpo de Maestros.

4. PUBLICACIONES, ARTÍCULOS EN REVISTAS ESPECIALIZADAS, INVESTIGACIONES Y OTROS TRABAJOS SOBRE LAS LENGUAS EXTRANJERAS Y SU ENSEÑANZA.

Por cada publicación: 0,25 puntos (hasta un máximo de 1 punto).

Documento acreditativo: ejemplar o fotocopia compulsada (con número de ISBN).

En el caso de persistir empate entre los aspirantes, se atenderá a la mayor antigüedad en el Cuerpo y en el centro, en este orden.

Ver anexos - páginas 4566-4567



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