El Decreto 169/2001, de 30 de julio, por el que se delega en los municipios el control de las condiciones de habitabilidad de las viviendas y la gestión de la tasa por expedición de la cédula de habitabilidad, establece en su artículo 1.4 que dicha delegación queda condicionada a su aceptación mediante acuerdo plenario del respectivo Ayuntamiento, que debe ser comunicado expresamente a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para que ésta, y a fin de que la delegación surta efectos, proceda a la publicación de la aceptación en el Boletín Oficial de Canarias.
En cumplimiento del citado precepto, y habiéndose recibido la comunicación de los correspondientes acuerdos plenarios, se hace pública la aceptación de la referida delegación por los Ayuntamientos que se relacionan a continuación:
- Ayuntamiento de la Villa de Agüimes.
- Ayuntamiento de Granadilla de Abona.
- Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla.
- Ayuntamiento de Fasnia.
- Ayuntamiento de Barlovento.
- Ayuntamiento de Tazacorte.
- Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
- Ayuntamiento de la Villa de Arico.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de octubre de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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