BOC - 2001/133. Viernes 12 de Octubre de 2001 - 1463

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

1463 - DECRETO 185/2001, de 3 de octubre, por el que se delega en el Consejero de Economía, Hacienda y Comercio la competencia para autorizar, en el presente ejercicio, las transferencias de crédito, los gastos de cuantía superior a trescientos millones (300.000.000) de pesetas y los gastos plurianuales, derivados del Acuerdo de Gobierno por el que se concretan las aportaciones a realizar por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Empresa Pública Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias-Visocan, S.A. derivadas del convenio regulador del encargo, mediante mandato, suscrito con la misma para la ejecución de actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general.

Descargar en formato pdf

La Ley 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2001, atribuye al Gobierno, en su artículo 11.1, la competencia para autorizar determinadas transferencias de crédito. Asimismo señala en su artículo 14.1 que corresponde al Gobierno, autorizar los gastos de cuantía superior a 300.000.000 de pesetas, salvo los de transferencias corrientes y de capital nominadas que serán autorizadas por el titular del departamento competente en la materia, y los destinados para los gastos de farmacia del Presupuesto del Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, que serán autorizados por su titular.

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Gobierno adoptado en sesión celebrada en fecha 30 de julio de 2001, el Gobierno deberá autorizar los gastos plurianuales derivados de la ejecución de las obras de infraestructuras ejecutadas por la empresa pública Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. derivadas del convenio regulador del encargo, mediante mandato, suscrito con la misma para la ejecución de actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general.

Considerando que razones de eficacia y economía administrativa, atendiendo al número de expedientes a tramitar, aconsejan delegar en el Consejero de Economía, Hacienda y Comercio para el presente ejercicio, la competencia para autorizar las transferencias de crédito para dar cobertura al pago de la anualidad correspondiente al ejercicio de 2001 de conformidad con la naturaleza del gasto a realizar, así como los gastos de cuantía superior a trescientos millones de pesetas y los expedientes de gastos plurianuales, según los importes, número de anualidades y proyectos, autorizados por Acuerdo de Gobierno de fecha 30 de julio de 2001, por el que se concretan las aportaciones a realizar por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Empresa Pública Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. derivadas del convenio regulador del encargo, mediante mandato, suscrito con la misma para la ejecución de actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Comercio y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2001,

D I S P O N G O:

Uno.- Delegar en el Consejero de Economía, Hacienda y Comercio, durante el ejercicio presupuestario 2001, la competencia para autorizar los correspondientes expedientes de transferencias de crédito para dar cobertura al pago de la anualidad correspondiente al ejercicio 2001 de conformidad con la naturaleza del gasto a realizar, así como los gastos de cuantía superior a trescientos millones de pesetas y los expedientes de gastos plurianuales, según los importes, número de anualidades y proyectos, autorizados por Acuerdo de Gobierno de fecha 30 de julio de 2001, por el que se concretan las aportaciones a realizar por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Empresa Pública Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. derivadas del convenio regulador del encargo, mediante mandato, suscrito con la misma para la ejecución de actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general.

Dos.- El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2001.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

Adán Martín Menis.



© Gobierno de Canarias