BOC - 2001/106. Martes 14 de Agosto de 2001 - 3037

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

3037 - DECRETO de 15 de junio de 2001, por el que se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Etnológico, a favor de "Salinas de Arinaga" en el término municipal de Agüimes (Gran Canaria).

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Vista la propuesta realizada por Dña. Nieves Rodríguez Rodríguez y otros, así como el informe favorable realizado por el Servicio de Patrimonio Histórico, para la incoación de expediente de declaración como bien de interés cultural, con la categoría de Sitio Etnológico a favor de "Salinas de Arinaga", en el municipio de Agüimes.

Resultando que las Salinas de Arinaga es un complejo salinero cuya construcción data de principios del siglo XIX. Las mismas responden al modelo mediterráneo caracterizado por el asiento artificial sobre barro apisonado. Las salinas representan también un modelo de interacción ambiental entre el aprovechamiento de los recursos y las condiciones del medio natural.

Considerando que el artículo 17 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico de Canarias, determina que se declararán bienes de interés cultural del patrimonio histórico canario aquellos bienes que ostenten notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos o que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria.

Considerando que el artículo 18.1 de la mencionada Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, dispone que considera Sitio Etnológico el lugar que contiene bienes muebles o inmuebles, representativos de los valores propios de la cultura tradicional o popular.

Considerando que este Cabildo Insular de Gran Canaria es competente para incoar y tramitar este expediente en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley 4/1999, del Patrimonio Histórico de Canarias.

Considerando que esta Consejera-Delegada de Cultura es competente para acordar la incoación del procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, de conformidad con la delegación de facultades efectuada mediante Decreto de la Ilma. Sra. Presidenta de este Cabildo Insular de fecha 4 de enero de 2000 (B.O.P. de 11 de febrero de 2000).

Visto el informe-propuesta del Servicio de Patrimonio Histórico,

D I S P O N G O:

Primero.- Incoar expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Etnológico a favor de "Salinas de Arinaga", en el término municipal de Agüimes, con la descripción y delimitación que figuran en los anexos I y II de este Decreto.

Segundo.- Hacer saber al Ayuntamiento de Agüimes que, según dispone el artículo 20 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico de Canarias, deberá suspender el procedimiento de otorgamiento de licencias municipales, intervención en los inmuebles y sus entornos, así como los efectos de las ya otorgadas.

Tercero.- Comunicar, esta incoación, al Registro Regional de Bienes de Interés Cultural, a efectos de su anotación preventiva.

Cuarto.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado por la Ilma. Sra. Consejera Delegada de Cultura, en Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de 2001.- La Presidenta, p.d., la Consejera-Delegada de Cultura (Decreto de 4.1.00), Inés Jiménez Martín.- El Secretario General, p.d., la Oficial Mayor (Resolución de 9.3.01), Mercedes Romaní Martínez.

A N E X O S I Y I I

SITUACIÓN Y DESCRIPCIÓN

Provincia: Las Palmas.

Isla: Gran Canaria.

Municipio: Agüimes.

Población: Arinaga.

Acceso: desde el sistema viario del Polígono de Arinaga y desde el mismo casco de Arinaga por la desembocadura de la canalización del Barranco de Balos1.

Dimensiones

Arinaga II:

- número de cocederos: 1.

- superficie de cocederos: 1.345.

- número de tajos: 429.

- superficie de tajos: 7.160.

- tajo medio: 11.

- superficie total: 8.505.

Arinaga III:

- número de cocederos: 1.

- superficie de cocederos: 2.920.

- número de tajos: 318.

- superficie de tajos: 7.800.

- tajo medio: 17.

- superficie total: 10.720.

Por el lindero Norte, con camino de acceso a Las Salinas; por el lindero Sur, con camino de acceso a Las Salinas; por el lindero Este, delimitada por una línea imaginaria paralela al muro de cerramiento de Las Salinas a una distancia de 10 metros; por el lindero Oeste, delimitada por una línea imaginaria paralela al muro de cerramiento de Las Salinas a una distancia de 16 metros.

Descripción: responden al modelo de salina antigua de barro de Gran Canaria, de trazado longitudinal y paralelo a la costa. Captan el agua mediante tres tomaderos que la conducen a dos grandes cocederos, disponen de dos almacenes de la sal (tradicional de 1 nave y cubierta a 2 aguas) y dos viviendas, entre ellas la denominada Casa de los Cuatro Picos. El calentador principal fue derruido a causa de las obras de canalización del Barranco de Guerra3.

Ver anexos - páginas 13069-13071



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