BOC - 2001/106. Martes 14 de Agosto de 2001 - 3032

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

3032 - Tesorería Territorial de Las Palmas.- Edicto de 16 de julio de 2001, relativo a notificación de liquidaciones.

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La Tesorería Territorial de Las Palmas de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias.

HACE SABER: que no habiéndose podido notificar personalmente a los titulares de las liquidaciones correspondientes a la Comunidad Autónoma de Canarias, por los conceptos, sujetos pasivos, domicilios ejercicio e importes que a continuación se relaciona desde la liquidación nº 35968200121000026 hasta la 359521998210002020 se procede a efectuar la presente publicación para que sirva de notificación a todos los efectos legales de conformidad con lo previsto en el artículo 59, apartado 4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente, se podrá interponer indistinta pero no simultáneamente, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado este acto en el plazo de quince días, contados a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, o en igual plazo, reclamación económico-administrativa ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias hasta tanto se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artículo 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de Hacienda Pública (B.O.C.A.C. de 14 de diciembre), conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Decimotercera de dicha Ley.

PLAZOS PARA EFECTUAR EL INGRESO:

a) Las liquidaciones notificadas en la primera quincena de cada mes, podrán ser satisfechas hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Las liquidaciones notificadas en la segunda quincena del mes podrán ser satisfechas hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

De no verificarse el correspondiente ingreso dentro del plazo establecido se expedirá Certificación de Descubierto para su exacción por la vía de apremio (artº. 97 del R.G.R.).

MODO DE INGRESO.

En la Caja de la Tesorería Territorial de Las Palmas (calle Franchy Roca, 12), en metálico o cheque conformado.

SOLICITUD DE APLAZAMIENTOS.

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período voluntario. La presentación de estas solicitudes se efectuará en la Tesorería Territorial, lugar en que deba efectuar el pago.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2001.- La Tesorera Territorial, Clara Díaz Monzón.

Ver anexos - páginas 13057-13060



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