Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Dña. Purificación Garrido Tibarra, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Industria y Comercio se ha dictado Resolución de 12 de marzo de 2001, recaída en el expediente AC50/01 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Dña. Purificación Garrido Tibarra para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Datos del limitador de sonido a instalar, esquema de conexión indicando equipos con sus características y referencias, tipo de precinto a utilizar y nivel sonoro al que se va a limitar (en dBA), teniendo en consideración el aislamiento acústico con que cuenta el local.
- Justificación de que los motores del equipo de aire acondicionado así como de la extracción situados en la zona del patio cumplen con los reglamentos de aplicación y con el aislamiento acústico mínimo que ha de poseer según la Norma Básica de la Edificación sobre Condiciones Acústicas, NBE-CA/88.
- Aplicación y cumplimiento de la Norma Básica de la Edificación CPI-96 en los siguientes puntos:
· Anchuras mínimas y máximas artº. 7.4.3 (zona del pasillo).
· Compartimentación en sectores de incendio artº. 4.1 (zona del patio)."
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 2001.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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