BOC - 2001/081. Lunes 2 de Julio de 2001 - 991

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

991 - ORDEN de 30 de mayo de 2001, por la que se aprueban, con carácter indefinido y desde el ejercicio de 2001, las bases de convocatoria que han de regir el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector del transporte por carretera en vehículos auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio.

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Considerando la Orden de 23 de junio de 2000, del Consejero de Turismo y Transportes, por la que se aprueban las bases de convocatoria que han de regir el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector del transporte por carretera en vehículos auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio, y se delega en el Director General de Transportes su resolución, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 87, de 14 de julio de 2000.

Considerando lo dispuesto en el artículo 10, apartado 2, del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo que se refiere a la resolución anual de convocatoria de subvenciones.

Considerando lo preceptuado en el Reglamento (CE) nº 70/2001, de 12 de enero de 2001, sobre aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE relativo a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (D.O.C.E. L 10, de 13 de enero de 2001).

Considerando la existencia de dotación presupuestaria en el 2001 con cargo a la aplicación presupuestaria 16.03.513.B 770.21 P.I./L.A. 99.750.302 denominada "Renovación, Modernización y Seguridad de los auto-taxis" por un importe de ciento diecisiete millones cuatrocientas cuarenta y cuatro mil trescientas diecinueve (117.444.319) pesetas, equivalentes a setecientos cinco mil ochocientos cincuenta y cuatro con cincuenta y siete (705.854,57) euros,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar con carácter indefinido y desde la presente convocatoria de 2001, las bases que rigieron el concurso para el otorgamiento de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector del transporte por carretera en vehículos auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio, reguladas por la Orden de 23 de junio de 2000, del Consejero de Turismo y Transportes (B.O.C. nº 87, de 14.7.00).

Segundo.- Las subvenciones se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2001, capítulo VII, Código 99.750.302 "Renovación, Modernización y Seguridad del Auto-Taxi", del Programa 513 B (Ordenación y Apoyo al Transporte Terrestre), Servicio 03 (Dirección General de Transportes), Sección 16 (Turismo y Transportes), por importe de ciento diecisiete millones cuatrocientas cuarenta y cuatro mil trescientas diecinueve (117.444.319) pesetas, equivalentes a setecientos cinco mil ochocientos cincuenta y cuatro con cincuenta y siete (705.854,57) euros, actualizando así lo establecido en la base primera, apartado 1.2, de la Orden de 23 de junio de 2000, del Consejero de Turismo y Transportes. De dicho importe se aplicarán noventa y siete millones (97.000.000) de pesetas, equivalentes a quinientos ochenta y dos mil novecientos ochenta y uno con setenta y cuatro (582.981,74) euros a la renovación del parque móvil, y veinte millones cuatrocientas cuarenta y cuatro mil trescientas diecinueve (20.444.319) pesetas, equivalentes a ciento veintidós mil ochocientos setenta y dos con ochenta y cuatro (122.872,84) euros a proyectos de inversión en el sector, actualizando así la base cuarta de la reiterada Orden.

Tercero.- Los beneficiarios de la presente convocatoria según la base segunda de la Orden de 23 de junio de 2000 (B.O.C. nº 87, de 14.7.00), serán las P.Y.M.E.S. del sector del auto-taxi legalmente establecidas, de acuerdo con la definición de "pequeñas y medianas empresas" recogidas en la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de su mismo título (D.O.L. 107, de 30 de abril de 1996), así como asociaciones empresariales, cooperativas, sociedades de comercialización y, en general, otras admitidas en derecho, que propongan la realización de proyectos, preferentemente colectivos, capaces de generar beneficios para el sector del auto-taxi traducidos en diversos modos de concentración empresarial y en la realización de actividades que redunden en promoción y desarrollo de su actividad profesional.

Cuarto.- Establecer un plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden, para la presentación de solicitudes de subvención de acuerdo con la base octava de la Orden de 23 de junio de 2000, mencionada anteriormente.

Quinto.- La Resolución de concesión de subvenciones será dictada por el Director General de Transportes, a propuesta del Jefe del Servicio competente, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y antes del 30 de septiembre de 2001, de acuerdo con la base novena de la Orden de 23 de junio reguladora de las subvenciones. Asimismo y en lo que se refiere al plazo para realizar las actuaciones subvencionadas, éstas se materializarán y justificarán antes del 15 de noviembre de 2001, de acuerdo con la base décima de la reiterada Orden de convocatoria. Por último y en lo que concierne al abono de la subvención concedida, y ateniéndose a lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el beneficiario deberá presentar la solicitud correspondiente acompañada de los justificantes relativos de las actuaciones subvencionadas antes del 15 de noviembre de 2001.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de mayo de 2001.

EL CONSEJERO DE

TURISMO Y TRANSPORTES,

Juan Carlos Becerra Robayna.



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