BOC - 2001/067. Miércoles 30 de Mayo de 2001 - 785

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

785 - ORDEN de 16 de abril de 2001, por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión de dos puestos de trabajo vacantes en la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, mediante contratación laboral temporal.

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Siendo necesario cubrir mediante contratación temporal de interinidad los puestos de trabajo reservados a personal laboral, de categoría profesional de Conductor-Subalterno, que figuran vacantes en la Unidad de Apoyo al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Decreto 152/2000, de 10 de julio, B.O.C. nº 98, de 3.8.00).

Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de la Función Pública y la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 29.1.b) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

D I S P O N G O:

1.- Convocar procedimiento selectivo para la provisión de los puestos de trabajo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, vacantes, de categoría profesional de Conductor-Subalterno (Grupo IV), cuyas características figuran en el anexo I de esta Orden, mediante contratación temporal en régimen laboral.

2.- La modalidad contractual será la prevista en el artículo 4 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, el contrato de interinidad para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.

3.- Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, han sido creados mediante Decreto 152/2000, de 10 de julio (B.O.C. nº 98, de 3.8.00), por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

4.- El sistema de selección consistirá en un concurso-oposición, que se ajustará a las siguientes bases:

BASES

Primera.- Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Haber cumplido la edad de dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, así como del permiso de conducir clase B1.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado, ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación de las funciones que conlleva el puesto de trabajo.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán mediante la presentación de la documentación siguiente:

a) y b) Fotocopia del D.N.I. vigente.

c) Fotocopia compulsada de la titulación académica y del permiso de conducir clase B1.

d) y e) Declaración responsable (anexo III).

Segunda.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo II a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las dependencias de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Usos Múltiples II, 5ª planta, calle Profesor Agustín Millares Carló, 18 y en Santa Cruz de Tenerife, Rambla General Franco, 149, Edificio Mónaco.

Esta instancia deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere la base primera y de los que acrediten los méritos que se pretende hacer valer en la fase de concurso, debidamente compulsados, cuando no se presenten originales.

El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de las instancias ha de realizarse en las oficinas señaladas en el apartado primero de esta base.

Igualmente podrán presentarse en las oficinas que prevé el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

Las unidades administrativas de registro remitirán la documentación recibida a las 24 horas siguientes a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.

Tercera.- Admisión.

Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de diez días hábiles se publicará en los tablones de anuncios de las dependencias señaladas en el apartado primero de la base segunda, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se expresará la causa de la exclusión de estos últimos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos. Dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de la finalización de este último se publicará en los tablones de anuncios de la Secretaría General Técnica del Departamento la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la indicación del lugar, fecha y hora en que tendrá lugar la primera prueba del sistema selectivo, debiendo comparecer los aspirantes provistos de Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no presentasen la pertinente reclamación y justifiquen su derecho a ser incluidos en la lista de admitidos, serán excluidos del procedimiento de selección.

Cuarta.- Tribunal Calificador.

Se constituirá un Tribunal Calificador que estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente:

Titular: D. Pedro Gómez Jiménez, Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

Suplente: D. Pedro Abreu Pérez, Jefe Servicio Disciplina Territorial Islas Orientales.

Vocal-Secretario:

Titular: Dña. Marta Martín Ballester, Jefe Servicio Disciplina Territorial Islas Occidentales, representante de la Dirección General de la Función Pública.

Suplente: Dña. Beatriz González Marrero, Instructor, representante de la Dirección General de la Función Pública.

Vocal 1º:

Titular: D. Jesús Sancho Díaz, Jefe Sección Infracciones y Sanciones Medioambientales.

Suplente: D. Valentín Sanguino Elías.

Miembros designados por la representación de los trabajadores:

Vocal 2º:

Titular: D. Pedro Pablo González González.

Suplente: Dña. Pilar Rivero Pérez.

Vocal 3º:

Titular: D. Francisco Javier Betancor González.

Suplente: D. Carmelo Naranjo González.

El Tribunal se constituirá previa convocatoria por el Presidente y actuará válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y el Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que procedan, según lo previsto en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio. El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de diez, y la clasificación de este último será la correspondiente a la categoría de cuarta.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Quinta.- Sistema selectivo.

La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso. Solamente quienes superen la primera fase, que será eliminatoria, pasarán a la segunda. La suma de la puntuación obtenida en ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos, y por dicho orden, un número de aspirantes igual al de plazas convocadas, como máximo.

Sexta.- Fase de oposición.

La fase de oposición se compone de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios para todos los aspirantes:

Primer ejercicio.- Consistirá en contestar por escrito, en el plazo de una hora, un cuestionario tipo test de 20 preguntas con cuatro respuestas alternativas sobre las materias comprendidas en la parte del temario que figura como anexo IV, siendo correcta sólo una de las respuestas. Cada respuesta acertada se valorará en 1 punto, y las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con -1 punto. La puntuación máxima de este ejercicio será de veinte (20) puntos, quedando eliminados del proceso selectivo aquellos aspirantes que no alcancen el mínimo de diez (10) puntos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico.- Consistirá en una prueba práctica con el vehículo que determine el Tribunal Calificador y que precise el permiso de conducir exigido en la presente convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá conceder será de veinte (20) puntos, siendo necesario un mínimo de diez (10) puntos para superar el ejercicio.

Séptima.- Fase de concurso.

En esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y que hayan sido acreditados documentalmente dentro del plazo que establece la base segunda. Los méritos a valorar serán los siguientes:

Experiencia profesional:

Por servicios prestados en cualquier Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria o en cualquier otra Administración Pública, en sus Organismos Autónomos, con categoría profesional de conductor-subalterno, se valorarán a razón de 0,5 puntos por mes de servicio efectivamente prestado hasta un máximo de 2 puntos.

Por servicios prestados en empresas privadas o públicas, con categoría profesional de conductor-subalterno, se valorarán a razón de 0,1 puntos por mes de servicio efectivamente prestado hasta un máximo de 1 punto.

La experiencia laboral se acreditará con los contratos de trabajo originales o debidamente compulsados y/o certificaciones expedidas por el titular de la unidad administrativa del área de personal en la Administración Pública donde se hayan prestado los servicios.

Cursos: que tengan relación directa con la categoría profesional de conductor-subalterno, se valorarán de 0,1 puntos por cada curso realizado hasta un máximo de 1 punto.

Octava.- Calificaciones.

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en la fase de oposición.

Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta.

Novena.- Comienzo y desarrollo de las pruebas.

La primera prueba teórica comenzará en la fecha que se señale en la lista de admitidos prevista en la base tercera.

La convocatoria para la segunda prueba se efectuará por el Tribunal Calificador, exponiéndose la fecha de la misma en los tablones de anuncios de las dependencias señaladas en el apartado primero de la base segunda y en los locales donde se haya celebrado la primera prueba. Desde la terminación y el comienzo de las pruebas deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de veinte días hábiles.

El orden de actuación de los aspirantes comenzará por la letra Ñ, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 (B.O.E. nº 65, de 16.3.01).

Los aspirantes serán convocados para cada prueba en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizarla, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización de la misma, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, pudiendo disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Los aspirantes deberán concurrir a las pruebas provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.

Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases.

Décima.- Lista de aprobados.

Efectuada la valoración de los méritos, el Tribunal expondrá, debidamente certificada por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio y en las dependencias señaladas en la base segunda, la lista de puntuación otorgada a los aspirantes en la fase de concurso, así como la obtenida en la fase de oposición y la suma de ambas, que determinará el orden final de los aspirantes. Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobados por orden de puntuación un número de aspirantes que como máximo será el de plazas convocadas.

Undécima.- Presentación de documentos y formalización del contrato laboral.

1. Las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas, serán elevadas por el Secretario del Tribunal a esta Consejería, a través de la Secretaría General Técnica.

2. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Secretaría General Técnica, en el plazo de cinco días hábiles desde que se haga pública la relación a la que se refiere la base décima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

a) Certificado Médico Oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda, apartado e), de la presente convocatoria.

b) Declaración jurada de no estar afecto al régimen de incompatibilidades de la Ley 53/1984, de 6 de diciembre.

Los aspirantes seleccionados que hubieran presentado en tiempo y forma la documentación exigida en el párrafo anterior y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, formalizarán contrato laboral de interinidad con la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 4º del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Los aspirantes que no presentaran en dicho plazo la citada documentación, verán decaído su derecho a formalizar el contrato laboral, y se llamará al siguiente de la lista a que se refiere la base décima.

Duodécima.- Período de prueba.

El personal que se contrate quedará sometido al período de prueba que señala el artículo 14 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo lo previsto en el artículo 14.1, párrafo tercero, del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Decimotercera.- Lista de reserva.

El Tribunal Calificador podrá constituir una lista de reserva para futuras contrataciones laborales temporales de la categoría profesional objeto de convocatoria en esta Consejería. Esta lista de reserva, que tendrá un período de vigencia de un año, estará integrada por los aspirantes que hayan superado la primera fase de oposición y ordenada conforme a la fase de concurso.

Decimocuarta.- Norma final.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a que tenga lugar su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de abril de 2001.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Fernando José González Santana.

A N E X O I

1.- CENTRO DIRECTIVO: Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

UNIDAD: apoyo al Director Ejecutivo.

Nº R.P.T.: 1201010003.

DENOMINACIÓN: Conductor-Subalterno.

GRUPO: IV.

FUNCIONES: - Conducción, mantenimiento y conservación de los vehículos, como funciones principales.

- Distribución de documentos y correspondencia, manejo de máquinas reproductoras para la realización de trabajos oficiales y realización de traslados menores de material, mobiliario y enseres, como tareas secundarias.

- Las que además se establezcan según la categoría profesional en el Convenio Colectivo.

LOCALIZACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria.

2.- CENTRO DIRECTIVO: Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

UNIDAD: apoyo al Director Ejecutivo.

Nº R.P.T.: 1201010004.

DENOMINACIÓN: Conductor-Subalterno.

GRUPO: IV.

FUNCIONES: - Conducción, mantenimiento y conservación de los vehículos, como funciones principales.

- Distribución de documentos y correspondencia, manejo de máquinas reproductoras para la realización de trabajos oficiales y realización de traslados menores de material, mobiliario y enseres, como tareas secundarias.

- Las que además se establezcan según la categoría profesional en el Convenio Colectivo.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

A N E X O I I

MODELO PARTICIPACIÓN PROCEDIMIENTO SELECTIVO MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL

Orden nº ............................ de 2001.

Apellidos y nombre ....................................................................................................................................................., D.N.I nº ......................................................................, domicilio ..........................................................................................................., teléfono ..........................., localidad .........................., provincia ..........................., fecha de nacimiento ......................... .

E X P O N E:

Que habiéndose convocado por Orden .............................................. (B.O.C. nº .................) procedimiento selectivo para la provisión mediante contratación temporal de los puestos de trabajo vacantes, que se señalan a continuación:

1.- CENTRO DIRECTIVO: Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

UNIDAD: apoyo al Director Ejecutivo.

Nº R.P.T.: 1201010003.

DENOMINACIÓN: Conductor-Subalterno.

GRUPO: IV.

LOCALIZACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria.

2.- CENTRO DIRECTIVO: Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

UNIDAD: apoyo al Director Ejecutivo.

Nº R.P.T.: 1201010004.

DENOMINACIÓN: Conductor-Subalterno.

GRUPO: IV.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

SOLICITA:

Ser admitido al citado procedimiento selectivo para la provisión del puesto de trabajo indicado.

(Lugar, fecha y firma).

EXCMO. SR. CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE.

A N E X O I I I

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ....................................................................................................., con D.N.I. nº .............................................. .

Declaro bajo mi responsabilidad

No haber sido separado/a ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación de trabajo.

(Lugar, fecha y firma).

A N E X O I V

Tema 1.- La Constitución Española: estructura y contenido.

Tema 2.- La Corona, las Cortes Generales y el Gobierno.

Tema 3.- El Estatuto de Autonomía: naturaleza, estructura y contenido.

Tema 4.- La Administración autonómica y las Administraciones locales canarias.

Tema 5.- Las Administraciones Públicas y sus relaciones, los órganos de las Administraciones Públicas, y la actividad de la Administración Pública.

Tema 6.- Los actos administrativos y el procedimiento administrativo.

Tema 7.- Circulación de vehículos: lugar en la vía, velocidad, prioridad de paso, incorporación a la circulación.

Tema 8.- Circulación de vehículos: cambios de dirección, de sentido y marcha atrás, adelantamiento, paralela y estacionamiento, utilización del alumbrado, advertencias de los conductores.



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