BOC - 2000/167. Lunes 25 de Diciembre de 2000 - 1786

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia

1786 - ORDEN de 14 de diciembre de 2000, por la que se aprueba el Escudo Heráldico del municipio de Puntagorda (La Palma).

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación del Escudo Heráldico del municipio de Puntagorda (La Palma).

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 9 de junio de 2000.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- El Ayuntamiento de Puntagorda, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 28 de julio de 2000, acordó aprobar el boceto definitivo de Escudo Heráldico del municipio de Puntagorda de conformidad con el informe de la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias de fecha 9 de junio de 2000.

Segundo.- El expediente fue expuesto al público mediante la inserción del preceptivo anuncio en el tablón municipal de edictos y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 102, de 6 de septiembre de 2000, no presentándose alegaciones.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago, con las modificaciones efectuadas por los Decretos 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia.

Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,

R E S U E L V O:

Aprobar el Escudo Heráldico del municipio de Puntagorda (La Palma) cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:

"Escudo cuartelado. Primero, de plata, un arco gótico ojival de sable, cargado un Libro Sagrado de plata surmontado de una Mitra puesta sobre una Vara, ambas de plata; segundo, de azur, un pino canario al natural; tercero, de azur, un Lagar de tea al natural; cuarto, de oro, dos ondas de azur surmontadas de una isla al natural, cargados dos Dragos gemelos pareados y fustados".

"Bordura de gules, con cuatro ramas de almendro floridas ordenadas dos en jefe y dos en punta, con el siguiente lema: "Hiscaguan" a su diestra y "Garomé" a la siniestra; en punta, entre las ramas de almendro floridas, la palabra "Entre".

"Al timbre, Corona Real cerrada".

Se justifica por los siguientes motivos:

Cuartel primero (superior izquierdo): el arco gótico ojival representa la iglesia de San Mauro Abad, patrón del municipio de Puntagorda. La Mitra, la Vara y el Libro Sagrado representan los atributos que porta el santo Patrón.

Cuartel segundo (superior derecho): representación del pino canario, elemento que siempre ha estado presente en el paisaje, la cultura, el pensamiento, la etnografía y la idiosincrasia del pueblo puntagordero.

Cuartel tercero (inferior izquierdo): representación del Lagar de tea, en referencia a la elaboración del denominado vino de tea tan característico de esta zona.

Cuartel cuarto (inferior derecho): en campo de oro, en representación del sol del municipio, los famosos y centenarios Dragos Gemelos, del barrio de El Roque, sobre una isla al natural, que representa el color marrón o canelo de su tierra, uno de los elementos que mejor definen a este pueblo, surmontada sobre dos ondas de azur en representación del litoral costero de Puntagorda.

Bordura: las ramas de almendro representan los cuatro barrios que constituyen el pueblo de Puntagorda (Pino de la Virgen, El Pinar, Fagundo y el Roque). La inscripción "entre Hiscaguan y Garomé", en referencia a los dos largos y profundos barrancos que delimitan su término municipal y al pasado aborigen que impregna la historia del municipio.

Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2000.

EL CONSEJERO

DE PRESIDENCIA,

Julio Bonis Álvarez.

Ver anexos - página 18834



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