BOC - 2000/166. Viernes 22 de Diciembre de 2000 - 1780

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1780 - ORDEN de 21 de noviembre de 2000, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido de la modificación de las Normas Subsidiarias de Granadilla de Abona (Tenerife) en el ámbito de La Jurada-Montaña Roja.

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Visto el Texto Refundido de la modificación de las Normas Subsidiarias de Granadilla de Abona en el ámbito de La Jurada-Montaña Roja.

Resultando que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 22 de marzo de 2000, acordó su aprobación definitiva supeditada al cumplimiento de los condicionantes que en el propio Acuerdo se señalaron.

Resultando que en fecha 11 de agosto del año en curso el Ayuntamiento de Granadilla remite el Acuerdo Plenario por el que toma razón del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias y da por cumplimentados los condicionantes que en el mismo se señalaron.

Resultando que el Servicio de Ordenación Urbanística de la Dirección General de Ordenación del Territorio informa que la documentación presentada por el Ayuntamiento de Granadilla de Abona se ajusta a las condiciones señaladas en el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 22 de marzo de 2000, proponiendo su toma de conocimiento mediante Orden Departamental y subsiguiente publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Considerando que la propia Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias facultó expresamente al titular de este Departamento para la toma de conocimiento.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Tomar conocimiento del Texto Refundido de la modificación de las Normas Subsidiarias de Granadilla de Abona en el ámbito de La Jurada-Montaña Roja.

La presente Orden Departamental agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 2000.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Tomás Van de Walle de Sotomayor.



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