BOC - 2000/118. Viernes 1 de Septiembre de 2000 - 3214

IV. ANUNCIOS - Anuncios de contratación - Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. (Visocan, S.A.)

3214 - ANUNCIO de 25 de agosto de 2000, relativo a la convocatoria del concurso público para la realización de obras de rehabilitación de inmuebles con destino a turismo rural.

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Al amparo del Convenio suscrito el 6 de octubre de 1997 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la empresa pública Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A. (Visocan), regulador del encargo, mediante mandato, para la realización de actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general entre las que se encuentra el proyecto "Obras infraestructuras y A.T. Plan Especial de La Gomera", y en cumplimiento de los acuerdos de Gobierno de 28 de marzo y 26 de junio de 2000, por los que se aprueban la actuación "Apoyo y auxilio al turismo rural", esta empresa pública convoca la realización de obras de rehabilitación con destino a turismo rural de inmuebles que cumpliendo el Decreto 18/1998, de 5 de marzo, de regulación y ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural, se ajusten a las siguientes bases:

1.- Las obras a realizar deben contar con la autorización previa prevista en el artº. 6.6 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, y licencia municipal, o al menos solicitudes de las mismas.

2.- La cuantía máxima de la aportación de Visocan para las obras a realizar en cada establecimiento no podrá superar la cantidad de 16.000.000 de pesetas, debiendo participar el interesado en la financiación mínima de un 50%, a cuyo efecto se formalizará convenio con cada uno de los solicitantes, cuya inversión se apruebe.

3.- El informe positivo de conformidad al Decreto 18/1998, de 5 de marzo, de regulación y ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural, emitido por la Consejería de Turismo y Transportes, será condición inexcusable para la firma del convenio con cada propietario o titular de explotación.

4.- Asimismo, será preciso el informe positivo de la Gerencia del Plan Especial sobre la adecuación de la ubicación de la actuación en la medianías de La Gomera y su adaptación a los objetivos del Plan.

5.- El importe total de la financiación aportada por Visocan para la ejecución de las obras que se aprueben ascenderá a setenta millones (70.000.000) de pesetas, conforme al acuerdo de Gobierno de Canarias de 28 de marzo de 2000 y, en su caso, las posibles ampliaciones de dotación previo acuerdo de Gobierno, de los que Visocan detraerá un 4% en concepto de reembolso de los gastos producidos en virtud de la cláusula décima del Convenio de 6 de octubre de 1997. Los solicitantes deberán aportar plan de ejecución de la inversión, debiendo justificar la realización total de las obras antes del 30 de noviembre del año 2001.

6.- La participación de Visocan en cada proyecto de inversión se materializará, previa justificación de las obras ejecutadas mediante las correspondientes facturas o certificaciones de obra. Visocan podrá anticipar hasta el 50% de su participación una vez iniciadas las obras, previa aportación de la licencia municipal y de aval bancario por la cantidad anticipada si la misma supera los dos millones (2.000.000) de pesetas.

7.- El plazo para solicitar la inclusión de las obras se inicia el día 1 de septiembre de 2000, quedando abierto para la presentación de proyectos en tanto no se agote la cantidad de setenta millones consignada para estas operaciones de rehabilitación.

8.- Las solicitudes para acogerse a este programa deberán formalizarse en la oficina del Plan de Medianías de La Gomera, sita en calle El Tanquito, 5, término municipal de San Sebastián de La Gomera, acompañadas del correspondiente proyecto de rehabilitación, el documento acreditativo de la inscripción en el Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos y declaración de no haberse iniciado las obras que se pretenden acoger a este programa.

9.- Para la firma del convenio que regulará cada obra de rehabilitación deberá aportarse la siguiente documentación:

1. Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre.

2. Documento justificativo de la disponibilidad del inmueble para llevar a cabo las obras proyectadas, tales como escrituras de propiedad o contrato de arrendamiento y explotación por un mínimo de doce años a partir de la solicitud y, en este caso, autorización fehaciente del propietario para realizar las obras. Los contratos de arrendamiento, explotación y la autorización deberán aportarse con las firmas debidamente legitimadas.

3. En el caso de establecimientos en funcionamiento, certificado del órgano turístico competente sobre la clasificación del mismo, en el que se haga constar la empresa propietaria y explotadora.

4. Compromiso expreso de dedicar a la explotación turística el inmueble, al menos durante diez años, a contar desde el día siguiente a la fecha de autorización de apertura.

10.- Los convenios que se suscriban al amparo de la presente convocatoria estarán sujetos en lo no previsto en los mismos a la legislación civil, mercantil y procesal española, aplicándose con carácter supletorio la legislación vigente en materia de contratación de las Administraciones Públicas. Para la interpretación de los convenios que resulten y la resolución amistosa de cuantas discrepancias pudieran surgir en su ejecución las partes se someterán al arbitraje de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Las partes que en su día firmen los convenios se someterán a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse de la interpretación, modificación, resolución y efectos de los citados convenios.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de agosto de 2000.- El Gerente del Plan de Actuación Especial de la isla de La Gomera, Domingo Herrera Rodríguez.



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