BOC - 2000/109. Viernes 18 de Agosto de 2000 - 1142

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

1142 - Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.- Resolución de 24 de julio de 2000, del Director, por la que se convoca un Curso de Experto en Sistemas de Información Sanitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

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Dentro de sus actividades formativas, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias organiza cursos regulares, homologables por el Ministerio de Sanidad y Consumo, al objeto de ofertar a los profesionales titulados universitarios, que pertenezcan al Sistema Sanitario o que pretendan acceder al mismo, un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Nacional de Salud. Durante el año 2000 la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias tiene previsto la realización, entre otros, de un Curso de Experto en Sistemas de Información Sanitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.3.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, aprobado por el Decreto 5/1994, de 14 de enero, resuelvo convocar el mencionado curso con las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.- Normas generales.

1. El curso, que tendrá una duración de trescientas horas lectivas, se celebrará en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, simultáneamente.

2. Las plazas que se convocan son 40, de las cuales 20 corresponden a la provincia de Las Palmas, y 20 a la de Santa Cruz de Tenerife, que se cubrirán por concurso de méritos si el número de solicitudes excede de la mencionada cifra.

3. Los méritos valorables en el concurso serán los que se establecen en el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

4. No serán valorados los méritos que no sean debidamente acreditados.

5. La presentación de documentación acreditativa de los méritos alegados distinta a la requerida o la no presentación de la misma, no será valorada, pero no será causa de exclusión del aspirante para participar en el proceso de selección.

6. La documentación acreditativa de los méritos valorables será presentada junto con la solicitud, no pudiendo ser incorporada con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. En razón al derecho de formación del personal de la Consejería de Sanidad y Consumo y de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, se reserva la posibilidad de incluir, sin ocupar plaza, a sus profesionales en un porcentaje del 20% sobre el total de plazas ofertadas.

Segunda.- Requisitos.

1. Será requisito común para todos los aspirantes estar en posesión de título universitario de licenciado y/o diplomado.

2. Los aspirantes a las plazas habrán de poseer la nacionalidad española, que se acreditará con la presentación de una copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o excepcionalmente con una copia compulsada del pasaporte o del permiso de conducción.

3. El requisito establecido en la base segunda 1 se acreditará mediante la presentación del título original o fotocopia debidamente compulsada.

4. Los requisitos establecidos en la base segunda 1 y 2 deberán cumplirse en el momento de la presentación de solicitudes.

Tercera.- Solicitudes.

1. La solicitud para tomar parte en el curso se ajustará exactamente al modelo oficial que figura como anexo II de la presente convocatoria.

2. Junto con la solicitud, los aspirantes presentarán la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos especificados en la base segunda, así como la documentación acreditativa de los méritos aportados.

3. Quienes se encuentren en situación de desempleo, presentarán, además, certificación de inscripción en el Instituto Nacional de Empleo o en la Bolsa de Empleo del Colegio profesional correspondiente.

4. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, se presentarán en el Registro de la Escuela (calle Leoncio Rodríguez, 7, 4ª planta, Edificio El Cabo, Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Alfonso XIII, 5, Consejería de Sanidad y Consumo, Las Palmas de Gran Canaria) o en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Cuarta.- Comisión de Selección.

1. El proceso de selección será llevado a cabo por la Comisión de Selección que, a estos efectos, se constituirá como tribunal en la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

2. El Presidente de la Comisión de Selección será el Director de la Escuela.

3. La Comisión de Selección, además del Presidente, contará con cuatro vocales designados por el Director de la Escuela, entre trabajadores con titulación universitaria, que desempeñen tareas, servicios o funciones en materia de Sistemas de Información Sanitaria.

Como Secretario podrá actuar un miembro de la Escuela o el vocal de menor edad de la Comisión de Selección.

Cada miembro de la Comisión de Selección tendrá su correspondiente suplente, designados todos ellos de igual forma que los titulares.

4. La composición nominal de la Comisión de Selección se determinará mediante Resolución del Director de la Escuela que será publicada en el tablón de anuncios de las sedes de la Escuela.

5. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6. La Comisión de Selección se constituirá previa convocatoria del Presidente y con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

7. La Comisión de Selección, a efectos de indemnización por razón de servicio, se incluye en el artículo 43, Capítulo III, del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre (B.O.C. nº 137, de 22 de octubre).

Quinta.- Proceso de selección.

1. La Comisión de Selección a que hace referencia la base cuarta, procederá a valorar los méritos que, debidamente acreditados, hayan aportado los solicitantes, aplicando para ello el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

2. Finalizado el proceso de valoración, la Comisión de Selección elaborará las listas provisionales, en orden decreciente y correlativo de la puntuación obtenida por los aspirantes.

3. La lista provisional se publicará en el tablón de anuncios de las sedes de la Escuela.

4. Contra la lista provisional, los interesados podrán formular reclamación ante el Director de la Escuela, en el plazo de siete días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en los tablones de anuncios reseñados en el apartado anterior. Estas reclamaciones serán resueltas mediante Resolución del Director de la Escuela.

5. Finalizado el plazo de reclamaciones y teniendo en cuenta las Resoluciones recaídas en las mismas, se elaborará la lista definitiva de admitidos al curso, a la que se dará la misma publicidad que a la lista provisional.

6. Al publicarse la lista definitiva de admitidos, se especificarán los plazos para formalizar la matrícula y el lugar en que deberá hacerse efectivo el importe de la misma, cuya cuantía se establece en cuatrocientas mil (400.000) pesetas. Asimismo se especificará la fecha del comienzo del curso y el lugar de desarrollo del mismo.

Con objeto de garantizar el derecho que les pudiese corresponder a los solicitantes que han quedado en reserva, los alumnos seleccionados que hayan formalizado la matrícula del curso, podrán solicitar la devolución del importe ingresado, siempre que la petición de devolución se produzca dentro de los cinco días naturales al inicio del curso. Superado el plazo mencionado se perderá el derecho a restitución económica.

Sexta.- Desarrollo del curso.

1. El curso constará de trescientas (300) horas lectivas, de las cuales 260 serán teórico-prácticas y 40 horas deben dedicarse a la elaboración de un trabajo práctico sobre casos y problemas cercanos al ámbito profesional y del entorno de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se presentará una vez finalizado el curso.

2. Los alumnos matriculados estarán obligados a asistir a las clases teóricas y prácticas. La ausencia superior a un diez por ciento de las horas lectivas, dará lugar a la pérdida de todos los derechos del alumno, incluido el importe de la matrícula.

Séptima.- Evaluación de los alumnos.

Para la obtención del título de Experto en Sistemas de Información Sanitaria se valorarán los siguientes aspectos:

1.1. La asistencia: será obligatoria y no se permitirá el acceso a la prueba a aquellos alumnos que no hayan cumplido un mínimo del 90% de presencia en el curso.

1.2. Prueba objetiva individualizada de los contenidos del curso.

Constará de 50 preguntas de respuesta múltiple (5 respuestas posibles, una sola válida). La Comisión de Evaluación determinará el nivel de penalización en las respuestas contestadas de forma incorrecta.

1.3. Trabajo práctico.

Puede constar de una tesina, resolución de un problema concreto/caso práctico, una revisión bibliográfica o un diseño de proyecto de investigación.

El trabajo podrá ser individual o colectivo, con un máximo de cuatro alumnos por grupo.

Los miembros de la Comisión de Evaluación del curso valorarán los trabajos presentados y los calificarán.

2. Nota final.

Para la calificación final del alumno se asignarán a cada prueba los siguientes pesos ponderados:

a) Prueba objetiva: 70% del total.

b) Trabajo práctico: 30% del total.

Para obtener el título de Experto en Sistemas de Información Sanitaria, los alumnos deberán acreditar haber superado la media de las dos pruebas.

3. A los miembros de la Comisión de Evaluación, a los efectos de indemnización por razón de servicio, les será de aplicación lo dispuesto en la base cuarta, 7, de la presente convocatoria.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio de 2000.- El Director, Francisco Rivera Franco.

A N E X O I

BAREMO DE MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

1. Méritos académicos y profesionales (hasta un máximo de 4 puntos).

- Por cada notable: 0,1 punto.

- Por cada sobresaliente: 0,2 puntos.

- Por cada sobresaliente con Matrícula de Honor: 0,3 puntos.

- Doctorado: 1,0 punto.

No se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Religión, Moral Profesional, Deontología, Ética, Educación Física, Formación Política, Idiomas y Enseñanza de Hogar.

Los cursos del Doctorado o créditos de postgrado se valorarán como asignaturas del expediente académico con su calificación correspondiente. Estos méritos se acreditarán mediante certificación académica original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada.

2. Actividad profesional (hasta un máximo de 20 puntos).

A) Servicios prestados a la Administración sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de propietario o interino, relacionado con Sistemas de Información Sanitaria. Se valorará por un mes: 0,2 puntos.

B) Servicios prestados a la Administración sanitaria estatal o autonómica, en régimen de contratado eventual, relacionado con Sistemas de Información Sanitaria, se valorará por un mes: 0,1 punto.

C) Servicios prestados en actividad pública o privada, a nivel estatal o autonómico, en el ámbito relacionado con los Sistemas de Información, en régimen de propietario, interino o eventual, se valorará 0,05 por mes.

D) Residentes sistema MIR de Medicina Preventiva y Salud Pública, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina del Trabajo y Farmacia Hospitalaria, se valorará 0,05 puntos/mes.

Estos méritos se acreditarán mediante la presentación de la correspondiente certificación de servicios prestados, original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada emitida por el Organismo competente. En ningún caso se podrán sumar varios méritos, de actividad profesional, en un mismo período de tiempo.

3. Cursos y docencia relacionados con los Sistemas de Información (hasta un máximo 8 puntos).

a) Por asistencia a cursos específicos relacionados con el programa, se valorará por cada 20 horas lectivas (crédito): 0,3 puntos.

b) Por impartir cursos, en calidad de ponente, relacionados con el temario del programa, se valorará 0,3 puntos por cada 4 horas.

c) Por la dirección y/o coordinación de cursos, seminarios, etc., relacionados con el temario del programa, se valorará 0,5 por cada actividad.

Se valorarán exclusivamente los diplomas o certificaciones que se presenten, originales o fotocopias debidamente compulsadas o legalizadas, obtenidos en cursos impartidos por Organismos Oficiales con docencia reconocida. Si la duración del curso no estuviera acreditada en el diploma o certificación expedida, se deberá aportar el programa del mismo para su valoración por el Tribunal. En caso contrario se valorará con la puntuación mínima.

4. Publicaciones y comunicaciones (hasta un máximo de 8 puntos).

Específicas en materia relacionada con los Sistemas de Información, en libros, revistas científicas o resúmenes de congresos:

A) Publicaciones originales. Hasta un máximo de 3 puntos, por cada una: 0,1 punto.

B) Revisiones. Hasta un máximo de 3 puntos, por cada una: 0,05 puntos.

C) Comunicaciones a congresos, simposium, jornadas u otras comunicaciones. Hasta un máximo de 2 puntos, por cada una: 0,025 puntos.

La valoración se realizará a la presentación de la copia del texto de las publicaciones efectuadas.

A N E X O I I

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO

ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS

D./Dña. ........................................................................................................................., N.I.F. ............................................, fecha de nacimiento ................................., teléfono ................................., natural de ......................................................., provincia de ............................................, con domicilio en ........................................................................................................................., provincia de ................................................., calle ........................................................................, nº........ , C.P. .............. .

EXPONE:

Que desea participar en el Curso de Experto en Sistemas de Información Sanitaria, a celebrar en esta Escuela, por lo que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en las bases de la convocatoria del mismo, por lo que

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud y documentación adjunta, a fin de tomar parte en el citado curso.

En .................................................................., a ........... de ............................................ de .............. .

Firma.

ILMO. SR. DIRECTOR DE LA ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS.

PROGRAMA DEL CURSO ÁREAS TEMÁTICAS

- EL SECTOR SANITARIO (25 horas lectivas).

· Los modelos de sistemas de salud y el modelo español.

· La Administración Sanitaria Española: estructura y funcionamiento.

· La gestión de Centros Sanitarios: Atención Especializada y Primaria.

· Sistemas integrados.

· Cambio estratégico del sector sanitario. Nuevos modelos de gestión: Fundaciones, gestión clínica.

- GESTIÓN DE CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS (25 horas lectivas).

· Estilos de Dirección. Planificación estratégica.

· Teoría de las organizaciones. Modelos de gestión y organización empresarial en el sector servicios y en el industrial. Su extensión en el sector sanitario.

· Gestión de recursos humanos.

· Gestión económica.

· Gestión de la investigación y de la docencia.

· Gestión de los Servicios de Información: el cambio de papel y reto de los expertos en la información sanitaria.

· Gestión por procesos y control estadístico.

- EL SISTEMA DE INFORMACIÓN EN LA ORGANIZACIÓN ACTUAL (60 horas lectivas).

· Planificación de sistemas. Arquitectura de sistemas. Elementos del sistema.

· La gestión de pacientes. Modelo de información en base a pacientes.

· La historia clínica.

· La información generada en el proceso asistencial. Áreas de conocimiento.

· Integración de áreas: elementos trazadores.

· Los conjuntos mínimos de datos básicos en la sanidad.

· Los sistemas de codificación clínica. Los sistemas de agrupación.

· La información en la gestión de las órdenes médicas.

· Los perfiles de búsqueda para la práctica clínica. El proceso médico y la toma de decisiones clínicas.

- TECNOLOGÍAS Y TÉCNICAS DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (40 horas lectivas).

· Tecnología: soft, hard, almacenamiento, redes y comunicaciones.

· Modelos para la recuperación de la información. Medidas de la eficacia.

· Tecnología para los sistemas de información. Redes y servicios telemáticos.

· Variedades según tipología, protocolo y alcance. Internet e Intranet. Terminal remoto.

· Transferencia de ficheros. Terminales multimedia.

· Nuevos soportes y sistemas portátiles de almacenamiento.

· Normas y protocolos de comunicación en el sector sanitario. Normas DICOM, EDI, UNE-ENV, VITAL. Seguridad y accesos. Firma electrónica.

· Planes de contingencia.

· Gestión del conocimiento. La organización de los datos. Su estructura e integración. Data Warehouse. Data Mining. Groupware. Workflow.

- INVESTIGACIÓN ESTADÍSTICA Y EPIDEMIOLOGÍA (35 horas lectivas).

· La información en el conocimiento médico.

· Métodos epidemiológicos para la gestión de los servicios sanitarios y de la información.

· Técnicas de análisis de la información.

· Medicina basada en la evidencia.

· Organismos de Información Nacionales y Europeos: modelos de organización y funcionamiento.

- EVALUACIÓN Y POLÍTICAS DE CALIDAD (40 horas lectivas).

· Fundamentos y metodología para la evaluación de la calidad en los servicios sanitarios. Modelo de calidad total.

· Evaluación de tecnologías y uso adecuado de recursos.

· Evaluación de la calidad de los sistemas de información sanitaria.

· Marco general de la evaluación sanitaria. Acreditación.

- ÉTICA Y LEGISLACIÓN EN LA GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (20 horas).

- CONFERENCIAS (15 horas).

- TRABAJO DE CAMPO (40 horas).



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