BOC - 2000/085. Lunes 10 de Julio de 2000 - 946

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

946 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 15 de mayo de 2000, por la que se estima la reclamación presentada por D. Fernando Salvador Delgado Trujillo y se modifica la Resolución de 15 de febrero de 2000, que concedió becas de postgraduados, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo, para la realización de tesis doctorales.

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Mediante Resolución de 15 de febrero de 2000 (B.O.C. nº 33, de 15.2.00) se concedieron becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales.

Resultando que entre las solicitudes denegadas por haber obtenido una puntuación total inferior al último de la lista de suplentes figuraba la de D. Salvador Delgado Trujillo.

Resultando que el mismo presentó el oportuno recurso de reposición para la revisión de su expediente, en demanda de que se le conceda la beca o se le incluya en la lista de suplentes.

Resultando que examinado el expediente se ha constatado que se produjo un error en la valoración del mismo, ya que de acuerdo con el baremo establecido en la base sexta de la convocatoria le correspondía una puntuación total de 7,760 puntos, y no 6,620 puntos. Y por consiguiente le corresponde ocupar el número treinta y cuatro (34) de la relación de suplentes de los becarios de la modalidad "B".

Considerando lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el sentido de que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,

R E S U E L V O:

1º) Estimar parcialmente el recurso de reposición interpuesto por D. Fernando Salvador Delgado Trujillo contra la Resolución de esta Dirección General de Universidades e Investigación, de 15 de febrero de 2000 (B.O.C. nº 33, de 15.2.00).

2º) Modificar el anexo IV de la Resolución de 15 de febrero de 2000 antes citada, para incluirlo entre los suplentes de la modalidad "B":

Ver anexos - página 9480

La presente Resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas por el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2000.- El Director General de Universidades e Investigación, Urbano Medina Hernández.



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