BOC - 2000/006. Viernes 14 de Enero de 2000 - 144

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

144 - Dirección General de Ordenación del Territorio. Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (C.O.T.M.A.C.).- Anuncio de 30 de noviembre de 1999, sobre notificación a D. Vicente y Dña. Felisa del Pino Rivero Acosta del expediente de tasación conjunta de los bienes y derechos de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación U.A.-6 (manzana 6), calles Aguadulce, León y Castillo y Luis Doreste Silva, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Vicente y Dña. Felisa del Pino Rivero Acosta, referente al expediente de tasación conjunta de los bienes y derechos de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación U.A.-6 (manzana 6), calles Aguadulce, León y Castillo y Luis Doreste Silva, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Vicente y Dña. Felisa del Pino Rivero Acosta el escrito de esta Dirección General de Urbanismo, cuyo texto es el siguiente:

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada los días 8 y 9 de junio de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación al artículo 15.21 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, sobre Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, el expediente de tasación conjunta de los bienes y derechos de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación U.A.-6 (manzana 6), calle Aguadulce, León y Castillo y Luis Doreste Silva, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, promovida por la Junta de Compensación de la citada Unidad de Actuación.

Segundo.- La presente resolución deberá notificarse a todos y cada uno de los propietarios y titulares afectados, conforme requiere el artículo 207.7 del Reglamento de Gestión Urbanística, confiriéndose un plazo de veinte (20) días durante los cuales podrán manifestar por escrito, ante este órgano, su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado. Transcurrido dicho plazo sin formular oposición, se entenderá tácitamente aceptada, tal y como previene el apartado 9 del referido artículo 202.

Tercero.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la fecha en que se practique su notificación.

Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, que se producirá transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado la resolución del mismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Si no se interpusiera recurso de reposición en plazo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.

La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, y artículo 145 de la Ley 14/1990, de reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, por remisión del artículo 2 de dicha norma territorial.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de noviembre de 1999.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.



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