BOC - 2000/006. Viernes 14 de Enero de 2000 - 139

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

139 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de noviembre de 1999, sobre notificación de la Propuesta de Resolución recaída en los expedientes de desahucio administrativo D-24/96, D-264/99, D-266/99, D-267/99, D-268/99, D-269/99, D-270/99, D-271/99, D-272/99, D-273/99, D-275/99, D-277/99 y D-278/99, encontrándose en ignorado paradero los interesados.

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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, adjudicatarias de las viviendas de promoción pública que seguidamente se relacionan, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra las mismas por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a las personas que a continuación se relacionan, la Propuesta de Resolución recaída en los expedientes administrativos de desahucio que les han sido instruidos y cuya parte dispositiva dice textualmente:

PROPUESTA:

- Desahuciar a D. Guillermo León Hernández, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Cruz de Piedra” I, calle Domingo Padrón, 3, bloque 3, 11º A, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. José A. Alonso Suárez, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Nueva Paterna”, calle Manuel de Falla, 50, bloque 3, portal 2, bajo E, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Bernardo Curbelo Betancor, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 17, 10º A, término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a Dña. Trinidad Santana Valido, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 17, bajo A, término municipal de Telde, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Santiago Benítez Hernández, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 14, bajo A, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta. - Desahuciar a Dña. Rosa Franquis Martín, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 13, 4º D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Armando González Pacheco, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 16, 6º B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Isidro Castillo Morales, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Lanzarote”, calle Deán Rodríguez Bolaños, 9, 2º izquierda, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Juan Arencibia Ventura, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “San Cristóbal”, calle León, 12, bloque 27, 4º A, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Francisco Díaz Trujillo, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Nueva Paterna”, calle Manuel de Falla, 58, bloque 6, 11º G, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a Dña. María Dolores Negrín Figueroa, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Cruz de Piedra”, fase I, calle Joaquín Belón, 12, bloque 25, 11º D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a Dña. María del Pino Talavera Travieso, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Lanzarote”, calle Fray Cristóbal Caballero, 3, 5º D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Evaristo Hernández Martín, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo “Cruz de Piedra”, fase I, calle Farmacéutico Pedro Rivero, 1, bloque 8, 5º B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario, la ayuda de los agentes de la autoridad.

Contra la presente Propuesta de Resolución podrán los interesados formular alegaciones en el plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de 1999.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.



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