BOC - 1999/167. Miércoles 22 de Diciembre de 1999 - 4483

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4483 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 5 de noviembre de 1999, del Director, relativo a notificación de la Resolución por la que se revoca el Acuerdo de 26 de febrero de 1999, que inició procedimiento de reintegro de la subvención concedida a Eduardo Fernández Negrín.- Expte. nº 5.812/94.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución por la que se revoca el Acuerdo nº 784 de fecha 26 de febrero de 1999, por el que se inició el procedimiento de reintegro, citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Eduardo Fernández Negrín, de la Resolución por la que se revoca el Acuerdo nº 784, de fecha 26 de febrero de 1999, del Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro dictado por Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo nº 3.091, de fecha 21 de octubre de 1999, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Examinado el procedimiento de reintegro iniciado de oficio, a D. Eduardo Fernández Negrín, mediante Acuerdo del Ilmo. Sr. Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) nº 784, de fecha 26 de febrero de 1999, y teniendo en cuenta que:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Acuerdo citado se notificó mediante inserción en el Boletín Oficial de Canarias nº 106, de fecha 9 de agosto de 1999, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99).

Segundo.- La notificación del Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro se intentó notificar, previamente, en una dirección erróneamente consignada por el ICFEM.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 105.1 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que “Las Administraciones Públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. Segundo.- Por lo tanto, procede revocar el Acuerdo nº 784 de fecha 26 de febrero de 1999, ya que este Organismo intentó notificar el Acuerdo mencionado.

Tercero.- La competencia para revocar un acto correspondiente al mismo Órgano que lo dictó, en este caso el Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), por delegación del Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, según lo estipulado en los artículos 105.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 33 del Decreto territorial 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95).

En consecuencia,

R E S U E L V O:

1º) Revocar el Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de este Centro Directivo nº 784 de fecha 26 de febrero de 1999.

2º) Notificar al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del presente acto.”

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de noviembre de 1999.- El Director, p.d., la Jefa de Servicio de Empleo II (Resolución nº 2957, de 29.9.99), Silvia Martínez Sánchez.



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