BOC - 1999/167. Miércoles 22 de Diciembre de 1999 - 2147

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

2147 - ORDEN de 3 de diciembre de 1999, por la que se modifican determinados plazos de la Orden de 11 de octubre de 1999 [Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (P.A.E.E.)].

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Por Orden Departamental de 17 de mayo de 1999, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (B.O.C. nº 66, de 24.5.99), estableciendo en su artículo 3 “Asignación de créditos” que el importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio es de sesenta y seis millones (66.000.000) de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 99.15.03.731B.780.11 R, proyecto de inversión 98.7153.03 denominado “Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 98”. Dichos fondos han sido transferidos por la Administración General del Estado, mediante transferencia realizada de acuerdo con el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobada por el Real Decreto-Legislativo 1.091/1998, de 23 de septiembre, y de conformidad con la redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Asimismo, en el citado artículo se señala que a este importe se le podrán añadir los créditos procedentes de la transferencia prevista por el Ministerio de Industria y Energía destinados a la concesión de subvenciones en el marco del P.A.E.E. para el presente año 1999, acordada en Consejo de Ministros en reunión celebrada el 26 de marzo de 1999.

Ante la posibilidad de incrementar dichos créditos con la transferencia mencionada en el párrafo anterior, se consideró conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos para este fin.

La Orden Departamental de 10 de agosto de 1999, por la que se amplían los créditos para la concesión de subvenciones en el Marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, dispone en su artículo único modificar el artículo 3 de la Orden de 17 de mayo de 1999, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, estableciéndose que el importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio es de doscientos millones seiscientas sesenta mil doscientas treinta y tres (200.660.233) pesetas, de los cuales sesenta y seis millones (66.000.000) se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 99.15.03.731B.780.11 R, proyecto de inversión 98.7153.03 “Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 98” y ciento treinta y cuatro millones seiscientas sesenta mil doscientas treinta y tres (134.660.233) pesetas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 99.15.03.731B.780.11, proyecto de inversión 99.7155.02 denominado “Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 99”. Dichos fondos han sido transferidos por la Administración General del Estado, mediante transferencia realizada de acuerdo con el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto-Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, y de conformidad con la redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Considerando el gran número de solicitudes presentadas y ante la imposibilidad de resolver antes del 30 de septiembre, según lo dispuesto por el Acuerdo del Gobierno de Canarias de 21 de enero de 1999, es por lo que se consideró necesaria la exceptuación de dicha convocatoria del cumplimiento del plazo de resolución fijado en el mencionado Acuerdo de Gobierno. Con fecha 7 de octubre de 1999 el Gobierno de Canarias acordó exceptuar esta convocatoria del cumplimiento de los plazos máximos determinados en el Acuerdo del 21 de enero, y establecer como plazo máximo de Resolución el 30 de noviembre de 1999.

Mediante la Orden de 11 de octubre de 1999, se amplían los plazos de justificación y de ejecución establecidos en la Orden de 17 de mayo de 1999, hasta el 30 de diciembre de 1999.

Debido al retraso con que se publicó la convocatoria, por la no disponibilidad de los fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado y por el cumplimiento del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dada la fragmentación del territorio de esta Comunidad Autónoma, que favorece la presentación de documentación por los administrados en registros distintos de los directamente relacionados con la tramitación a desarrollar, se ha producido un retraso considerable en la recepción de la documentación complementaria solicitada en aplicación de las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria antes citada, estando sin embargo ésta dentro de los plazos legalmente establecidos en la misma, lo cual lleva aparejado el consiguiente retraso en la Resolución de la Orden, de forma que en el día de la fecha aún no se ha resuelto la citada convocatoria, estando pendiente de fiscalización su propuesta de resolución.

Por otra parte, con fecha 26 de noviembre de 1998, se suscribió un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Industria y Comercio del Gobierno de Canarias y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (I.D.A.E.), para la ejecución de las ayudas del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 1998-1999. En dicho Convenio de Colaboración se fijaba en la cláusula novena como vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 1999.

La complejidad que conlleva el proceso de territorialización de las ayudas del P.A.E.E. y la necesidad de dar continuidad a las actuaciones necesarias para el otorgamiento de las subvenciones, ha requerido prorrogar el ámbito temporal de actuaciones hasta el 31 de diciembre del 2001, de manera que se puedan certificar y proceder al pago, gestión esta última encomendada al I.D.A.E., todos los proyectos objeto de subvención en el ejercicio 1999.

Con fecha 2 de noviembre de 1999, se suscribió un adicional del Convenio citado, por el que se prorroga la ejecución del mismo hasta el 31 de diciembre del año 2000.

En su virtud, a propuesta del Director General de Industria y Energía,

R E S U E L V O:

Artículo 1.- Dejar sin efecto los plazos establecidos en la Orden de 11 de octubre de 1999, por la que se modifican determinados plazos de la Orden de 17 de mayo de 1999, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética.

Artículo 2.- Ampliar el plazo de ejecución previsto en el artículo 6.7 de la Orden de 17 de mayo de 1999, hasta el 30 de junio de 2000.

Artículo 3.- Ampliar el plazo máximo de justificación de los proyectos subvencionados con cargo a esta convocatoria, hasta el 30 de junio de 2000.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden causará efecto a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de diciembre de 1999.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Lorenzo Suárez Alonso.



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