BOC - 1999/167. Miércoles 22 de Diciembre de 1999 - 2137

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Turismo y Transportes

2137 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 16 de diciembre de 1999, por la que se convoca concurso-oposición para la selección de dos Auxiliares Administrativos para su contratación laboral temporal.

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Hallándose vacantes dos puestos de trabajo dotados presupuestariamente que se reseñan en el anexo I, reservados a personal laboral, y que figuran contenidos en el Decreto 217/1998, de 1 de diciembre (B.O.C. nº 160, de 23.12.98), por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, y debiendo procederse por urgente necesidad del servicio a su provisión con carácter temporal hasta que tenga lugar su cobertura por los procedimientos ordinarios.

Vistos los informes de la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General del Servicio Jurídico.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.2.e) del Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes,

R E S U EL V O:

Primero.- Convocar concurso-oposición para la cobertura de dos plazas de la vigente R.P.T. de este Departamento, mediante contratación laboral temporal, con la categoría de Auxiliar Administrativo, según se detalla en el anexo I.

En lo no previsto en la presente Resolución, que tendrá la consideración de bases de la convocatoria, se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y el vigente Convenio Laboral Único del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse con el personal que resulte seleccionado y a la situación jurídica originada por el mismo, les será de aplicación el Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación, la Ley de la Función Pública Canaria, la legislación laboral vigente y el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en vigor, así como la legislación sobre incompatibilidades.

Tercero.- Las personas que se contraten quedarán sometidas al período de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedarán exentas del citado período de prueba (artº. 14, párrafo 3º, del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). Asimismo, estarán sujetas a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Cuarto.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de dicha publicación, si bien, de presentar recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, sin perjuicio de que los interesados puedan presentar los recursos que estimen procedentes.

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado ni despedido por expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas. d) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

e) Estar en posesión de la titulación académica que para el puesto de trabajo se especifica en el anexo I de esta Resolución.

Segunda.- Acreditación de requisitos.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán al momento de presentación de la solicitud para participar en las pruebas selectivas de la forma que se indica a continuación, y, de no hacerlo, se perderán todos los derechos derivados de la selección:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) y d) Declaración responsable (anexo III).

e) Titulación académica (original o fotocopia compulsada).

Los méritos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas de las titulaciones, cursos, contratos de trabajo, nóminas y certificados de las Administraciones Públicas, instituciones y organizaciones.

Tercera.- Presentación de instancias.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Resolución y currículum vitae según modelo que se inserta como anexo IV, acompañada de los documentos acreditativos de reunir los requisitos a que se refiere el apartado primero de esta Resolución y los méritos alegados.

El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de las instancias se podrá realizar en el Registro de la Consejería de Turismo y Transportes, Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples I, 6ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, o en la calle de La Marina, 57, Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en las oficinas, registros y organismos previstos en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- Lista provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha máxima de recepción de instancias se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría General Técnica de este Departamento la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se expresará la causa de la exclusión de estos últimos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos. Dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes al de la finalización de este último se publicará en los tablones de anuncios de la Secretaría General Técnica del Departamento la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la indicación del lugar, fecha y hora en que tendrán lugar las pruebas, debiendo comparecer los aspirantes provistos de su D.N.I.

Quinta.- Tribunal Calificador.

Se constituirá un Tribunal Calificador que estará compuesto por los siguientes miembros:

• Puesto de Trabajo nº 16.05.03.011 (Auxiliar Administrativo).

Presidente:

- Titular: Ilmo. Sr. D. José Onieva Martell, Director General de Ordenación e Infraestructura Turística.

- Suplente: D. Andrés Manuel de Souza Iglesias, Jefe de Servicio de Infraestructura Turística.

Vocal Secretario:

- Titular: D. Roberto Álvarez Felipe, Jefe de Servicio de Régimen Interior.

- Suplente: Dña. Rosa María Luengo Barreto, Jefa de Servicio de Acción Turística.

Vocal en representación de la Dirección General de la Función Pública:

- Titular: D. Antonio Rodríguez-Pastrana Malagón, Jefe de Servicio de Personal Laboral de la Dirección General de la Función Pública. - Suplente: D. Manuel Alcaide Díaz-Llanos, Jefe de Servicio de Asuntos Administrativos de Presidencia del Gobierno.

Dos vocales en representación de los trabajadores:

- Titular: Dña. Cristina Vera Cano.

- Suplente: Dña. Olga María Sigut Rodríguez.

- Titular: D. Alberto Manuel Ramírez Tejera.

- Suplente: Dña. María del Pilar Gutiérrez de Salamanca y Pérez.

• Puesto de Trabajo nº 16.09.03.003 (Auxiliar Administrativo).

Presidente:

- Titular: Ilma. Sra. Dña. Rosa María Rodríguez Martín, Secretaria General Técnica de la Consejería de Turismo y Transportes.

- Suplente: D. Andrés Manuel de Souza Iglesias, Jefe de Servicio de Infraestructura Turística.

Vocal Secretario:

- Titular: D. Roberto Álvarez Felipe, Jefe de Servicio de Régimen Interior.

- Suplente: Dña. Rosa María Luengo Barreto, Jefa de Servicio de Acción Turística.

Vocal en representación de la Dirección General de la Función Pública:

- Titular: D. Manuel Alcaide Díaz-Llanos, Jefe de Servicio de Asuntos Administrativos de Presidencia del Gobierno.

- Suplente: D. Antonio Rodríguez-Pastrana Malagón, Jefe de Servicio de Personal Laboral de la Dirección General de la Función Pública.

Dos vocales en representación de los trabajadores:

- Titular: D. Francisco Alemán González.

- Suplente: Dña. Carmen Luz Vargas Palmés.

- Titular: D. Santiago Sánchez Flores.

- Suplente: D. Bernardo Rodríguez Santana. Para la válida constitución del órgano de selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieren incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo. El máximo de asistencias será de diez, de conformidad con el artículo 40.3 del Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre.

La Secretaría General Técnica del Departamento podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del proceso selectivo, quienes percibirán las indemnizaciones por razón de servicio que les correspondan cuando sus tareas se realicen fuera de la jornada de trabajo.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, de conformidad con el artículo 74.2 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Contra las resoluciones y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicios irreparables a derechos e intereses legítimos, se podrá interponer recurso de alzada ante esta Secretaría General Técnica.

Sexta.- Desarrollo del sistema selectivo.

Constará de dos fases:

A) 1ª Fase (oposición).

Consistirá en la celebración de las siguientes pruebas, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:

- Primer ejercicio: consistirá en la realización de un cuestionario tipo test, de treinta preguntas relacionadas con el temario que se inserta como anexo V a la presente Resolución, en un tiempo máximo de veinte minutos.

- Segundo ejercicio: consistirá en la realización de una prueba práctica en ordenador, utilizando un procesador de textos en el entorno de Windows, durante un plazo máximo de veinte minutos.

En relación con tales pruebas deberá tenerse en cuenta:

1º) Los aspirantes deberán comparecer a cada una de ellas provistos del D.N.I.

2º) El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Q, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1999 (B.O.E. nº 92, de 17.4.99).

3º) Cada uno de los ejercicios será puntuado de 0 a 10 puntos, quedando eliminados quienes no obtengan una puntuación mínima de 5.

4º) La puntuación final de la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. Esto es, el resultado de dividir entre dos la suma de los puntos obtenidos en cada uno de ellos.

B) 2ª Fase (concurso).

Esta fase, a la que accederán los aspirantes que hayan superado la primera, consistirá en la valoración del currículum vitae, experiencia profesional y cursos de los aspirantes. La puntuación máxima en esta fase de concurso será de 4.5 puntos, y se asignará con arreglo al baremo que se inserta como anexo VI de las presentes bases.

Séptima.- La puntuación total obtenida por cada aspirante será la suma de los puntos conseguidos en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate en la puntuación total entre dos o más aspirantes, se utilizarán los siguientes criterios para dirimirlos:

1. La puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. La experiencia profesional.

Octava.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, con el visto bueno del Presidente, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta. El Tribunal deberá formular la correspondiente propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntuación, remitiéndose toda la documentación a la Secretaría General Técnica del Departamento.

Novena.- La propuesta de contratación se publicará en los tablones de anuncios a que se refiere la base cuarta de esta convocatoria y servirá de citación a las personas seleccionadas que deberán presentar la documentación que en ella se señale en el plazo de tres días.

Quedarán decaídos en su derecho quienes no presenten toda la documentación exigida en el plazo precitado, y la Administración efectuará llamamientos por orden de puntuación a los siguientes aspirantes en el supuesto de no formalizarse el contrato con los aspirantes seleccionados por las causas señaladas anteriormente.

Décima.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente (contrato de interinidad artículo 4 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre), previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 1999.- La Secretaria General Técnica, Rosa María Rodríguez Martín.

A N E X O I

A) CENTRO DIRECTIVO: Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística. Nº R.P.T.: 16.05.03.011. UNIDAD: Servicio de Infraestructura Turística. DENOMINACIóN (CATEGORÍA): Auxiliar Administrativo. CLASE VÍNCULO: personal laboral. GRUPO: V. TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado Escolar o FP I. LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: Santa Cruz de Tenerife.

B) CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Turismo. Nº R.P.T.: 16.09.03.003. UNIDAD: Servicio de Coordinación y Planificación Turística. DENOMINACIÓN (CATEGORÍA): Auxiliar Administrativo. CLASE VÍNCULO: personal laboral. GRUPO: V. TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado Escolar o FP I. LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: Las Palmas de Gran Canaria.

A N E X O I I

APELLIDOS: ........................................................................................................................................................................................................................................ NOMBRE: ............................................................................................................................................................................................................................................. DOMICILIO: ....................................................................................................................................................................................................................................... TELÉFONO: .........................................................................................................................................................................................................................................

EXPONE:

Que habiéndose convocado por Resolución de la Secretaría General Técnica, pruebas para la selección de personal para su contratación temporal.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos, acompañándose la documentación exigida.

SOLICITA:

Ser admitido a las mencionadas pruebas para la provisión de la plaza nº R.P.T. ............................ Auxiliar Administrativo, y localización en ................................................................................................................................................................... .

............................................................., a ..................... de ................................................. de 1999.

Firma.

ILMA. SRA. SECRETARIA GENERAL TÉCNICA.

A N E X O I I I

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ..............................................................................................................................................................., con D.N.I. nº ............................................................................................ .

Declaro bajo mi responsabilidad:

No haber sido separado/a ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

(Fecha, lugar y firma).

Ver anexos - página 16893

A N E X O V

TEMARIO PARA AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Tema 1.- La Constitución española de 1978. La Corona: funciones. Las Cortes Generales. El Gobierno: composición y funciones.

Tema 2.- Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3.- El Estatuto de Autonomía de Canarias. El Parlamento de Canarias.

Tema 4.- El Gobierno de Canarias. El Presidente. El Vicepresidente. Las diversas Consejerías: idea general.

Tema 5.- El personal al servicio de las Administraciones Públicas: el personal laboral. Derechos, deberes e incompatibilidades. Idea general.

A N E X O V I

BAREMO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL

1º) Expediente académico (máximo 1 punto).

A) Por el título de Bachiller Superior: 0,25 puntos.

B) Por cada titulación de Grado Medio: 0,50 puntos.

C) Por titulación de Grado Superior: 0,75 puntos.

No se puntuarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras que hayan sido objeto de baremación.

2º) Experiencia profesional (máximo 1,5 puntos).

A) Por trabajos prestados en el sector público, a razón de 0,15 puntos por mes completo de trabajo.

B) Fuera del sector público, a razón de 0,10 puntos por mes completo de trabajo.

3º) Cursos específicos (máximo 1 punto).

Se valorarán los cursos de más de 20 horas de duración realizados por el aspirante, que tengan relación directa con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo al que opta, valorando con 0,2 puntos cada curso.

Sólo se valorarán los cursos organizados por Centros Oficiales de Formación.

4º) Cursos en general (máximo 0,5 puntos).

Se tendrán en cuenta otros cursos de duración superior a las 20 horas realizadas por el aspirante, que no tengan relación directa con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo, valorando con 0,1 punto cada curso.

Sólo se valorarán los cursos organizados por Centros Oficiales de Formación.

5º) Conocimientos de informática (máximo 0,5 puntos).

Se valorarán los conocimientos de Informática acreditados mediante certificaciones académicas o profesionales, teniendo en cuenta su adecuación a las funciones a desempeñar en el puesto a que se opte y, especialmente, conocimientos en paquetes ofimáticos sobre Windows y Base de Datos, a razón de 0,1 punto cada curso.



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