BOC - 1999/111. Viernes 20 de Agosto de 1999 - 1494

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1494 - ORDEN de 30 de julio de 1999, por la que se convocan becas de postgrado para la formación en análisis, gestión y promoción de la I+D y la innovación en las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (O.T.R.I.) de Canarias.

Descargar en formato pdf

En la sociedad contemporánea, el crecimiento y el empleo van asociados al avance de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, lo cual lleva aparejado la necesidad de mayores niveles de formación y especialización de los titulados del sistema educativo, tanto en la formación profesional como universitaria. Por ello, es necesario formar expertos en conectar los centros de investigación con las empresas, de tal manera que se fomente y potencie la trasferencia de conocimientos y tecnologías desde unos a las otras y se incremente la investigación aplicada a la solución de problemas específicos de los sectores productivos de Canarias.

Este objetivo se trata de conseguir con la presente convocatoria de becas destinada a la formación de postgraduados en la práctica de la gestión de la I+D y la innovación empresarial, dentro de la política de ayudas dirigidas a la formación de titulados superiores universitarios emprendida por el Gobierno de Canarias.

Es de esperar que con estas ayudas se comience a contar en Canarias con expertos con conocimientos y técnicas capaces de analizar, planificar, gestionar y promover la I+D y la innovación, para hacer efectivas las iniciativas de transferencia de tecnología y establecer puentes eficaces entre la investigación científica y el sector productivo.

Como las universidades canarias y otros organismos públicos de investigación disponen de Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) integradas en la red de la Oficina de Transferencia de Tecnología (OTT) del Plan Nacional de I+D, con el cometido de dinamizar el entorno científico y potenciar la transferencia de tecnología a los sectores productivos, estos centros parecen ofrecer el medio más adecuado para que la formación práctica de los becarios postgraduados en análisis, gestión y promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación de la presente convocatoria se desarrolle en su seno.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que me otorga el artículo 5.1 del Decreto 337/1997 de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Objeto.

Convocar becas de postgrado para la formación en análisis, gestión y promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación en las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de Canarias y aprobar las bases por las que se regirán las mismas, que se contienen en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- Normas por las que se regirán estas becas.

A efectos de determinar su régimen jurídico, las becas a las que se refiere la presente Orden se considerarán subvenciones y como tales se regularán por las bases contenidas en el anexo y por las normas que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación para su desarrollo, aplicación, control y seguimiento.

Asimismo, y para lo no dispuesto expresamente en las normas anteriores, será de aplicación el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y las normas que lo desarrollen.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 1999.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Miguel Ruano León.

A N E X O

Primera.- Bases y características de estas becas.

Las becas de postgraduados para la formación en análisis, gestión y promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación, tienen como finalidad la formación práctica en análisis, planificación, gestión y promoción de la I+D y la innovación en los Centros de Aplicación, de aquellos titulados superiores universitarios interesados en desarrollar su actividad profesional en el campo de la innovación tecnológica y la I+D.

Con este fin se convocan becas de postgraduado para la formación en análisis, gestión y promoción de la I+D y la innovación, correspondiendo una beca a cada una de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación de Canarias, inscritas o con solicitud de inscripción realizada antes de la fecha de publicación de esta Orden en el Registro de Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT), que son las que se enumeran a continuación, pudiéndose incrementar el número de becas en años sucesivos a medida que se vayan creando nuevas oficinas:

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad de La Laguna. Sede: La Laguna. Tenerife.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Sede: Las Palmas de Gran Canaria.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC). Sede: La Laguna. Tenerife.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) del Instituto Canario de Ciencias Marinas (ICCM). Sede: Telde. Gran Canaria.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Fundación Universitaria de Las Palmas de Gran Canaria. Sede: Las Palmas de Gran Canaria.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Fundación I.T.E.R. Sede: Polígono Industrial de San Isidro, Granadilla.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Fundación Empresa- Universidad de La Laguna. Sede: Santa Cruz de Tenerife.

Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Fundación Instituto Tecnológico de Canarias. Sede: Las Palmas de Gran Canaria.

Segunda.- Importe y duración.

1) La dotación económica de la beca se fija en 1.320.000 pesetas brutas por cada año, cuantía que podrá ser actualizada anualmente por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación, y se corresponde con el 100% de la actividad.

2) La duración será de 3 años a contar desde la fecha de la incorporación del becario. 3) La posesión de una de estas becas es incompatible con cualquier otra destinada a la misma finalidad. Asimismo, también será incompatible con cualquier retribución, sueldo o salario.

4) La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca al que quede adscrito el becario. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de Aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.

5) La dedicación al trabajo de formación será exclusiva.

6) Las subvenciones convocadas por la presente Orden tendrán un crédito total de 31.680.000 pesetas para la totalidad del período de la beca, se abonarán cofinanciada con el Fondo Social Europeo en una cuota del 85%, con cargo a la partida 1807 422E 780.11 LA 97718301 “Formación de personal investigador” de los vigentes presupuestos, y se desglosan en las siguientes anualidades:

Año 1999: 7.920.000

Año 2000: 10.560.000

Año 2001: 10.560.000

Año 2002: 2.640.000

TOTAL: 31.680.000

Tercera.- Requisitos de los solicitantes.

Para optar a estas becas será necesario cumplir los siguientes requisitos:

1) No encontrarse realizando ninguna actividad remunerada.

2) Ser residente en Canarias.

3) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Ingeniero Técnico o Arquitecto por una Facultad o Escuela Técnica Superior.

Los títulos obtenidos en el extranjero o en Centros españoles no públicos deberán estar homologados o, en su caso, reconocidos con plenos efectos civiles en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

4) Los requisitos deben acreditarse en la documentación que se aporte según se indica en la disposición siguiente. Cuarta.- Documentación a aportar.

Las becas que se convocan por la presente Orden se solicitarán de acuerdo con las siguientes normas:

1. Se solicitarán conforme al modelo que se incluye como anexo I.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Ilma. Sra. Directora General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

3. En las solicitudes el interesado hará constar expresamente lo siguiente:

a) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

b) Que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

c) Que no ha recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

d) Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97).

e) Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

4. Las solicitudes se presentarán por duplicado y deberán ir acompañadas de la documentación que se señala a continuación, también por duplicado:

a) Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad del solicitante o del pasaporte.

b) Fotocopia cotejada del Documento de Identificación Fiscal del solicitante.

c) Fotocopia de la Certificación académica personal.

d) Certificado de residencia en Canarias.

e) Declaración jurada de no encontrarse realizando ninguna actividad remunerada.

f) Copia cotejada del título académico; los obtenidos en el extranjero o en Centros españoles no públicos, deberán estar homologados o reconocidos con plenos efectos civiles con la fecha límite del cierre del plazo de presentación de las solicitudes. g) Currículum vitae documentado del solicitante, según modelo recogido en el anexo II.

h) Breve escrito de justificación del interés y de las expectativas personales y profesionales que motivan la concurrencia a estas becas.

i) Presupuesto de gastos y fuentes de financiación, según modelo recogido en el anexo VI.

Una vez que la Dirección General comunique la concesión de la beca, el beneficiario deberá presentar en el plazo de 30 días a contar desde la notificación, la siguiente documentación, por duplicado y cotejada en su caso:

a) Carta de Aceptación según modelo recogido en el anexo III.

b) Original de la Certificación Académica Personal.

c) Certificado de incorporación al Centro, según modelo recogido en el anexo IV, con el membrete o sello del centro receptor.

d) Documentación acreditativa de haber suscrito el seguro de accidente indicado en la disposición undécima de la presente Orden.

e) Alta en el PICCAC.

Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes.

1) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

2) Preferentemente las solicitudes se presentarán en la Dirección General de Universidades e Investigación, sita en Residencial Anaga, Edificio Arco Iris, planta baja, 38001- Santa Cruz de Tenerife, o en la Dirección Territorial de Educación, sita en la Avenida Primero de Mayo, 11, 35002- Las Palmas de Gran Canaria.

3) Las solicitudes también podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.- Procedimiento de concesión.

Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por una Comisión presidida por el Director General de Universidades e Investigación o persona en quien delegue, y de la que forman parte los directores de las Oficinas de Transferencias de Resultados de Investigación de Canarias, o personas en quienes deleguen. Asimismo, podrán formar parte otras personas de reconocido prestigio en la investigación, la empresa o la Administración con vinculación a la I+D y la innovación, nombradas a propuesta del Director General de Universidades e Investigación.

Como criterios generales de selección y con la valoración que se indica, se tendrán en cuenta los aspectos siguientes:

1º) Adecuación del interés y de las expectativas personales y profesionales que motivan la concurrencia a estas becas de cara a las tareas de análisis, planificación, gestión y promoción de la I+D y la innovación, valorada a través del escrito de justificación contemplado en el apartado 4.h) de la disposición cuarta de esta Orden. Entre 0 y 10 puntos.

2º) Currículum vitae, en el que se valorarán especialmente la experiencia previa en empresas tecnológicas, participación en proyectos empresariales de I+D e innovación, actividades de promoción empresarial o formación específica en este campo. Entre 0 y 8 puntos.

3º) La Comisión, para una mejor valoración de los méritos de los candidatos podrá convocarlos para mantener una entrevista individual. Entre 0 y 8 puntos.

4º) Expediente académico del candidato. Entre 0 y 5 puntos.

Para efectuar la selección entre los presentados, se llevará a cabo una evaluación comparativa de los candidatos de tal manera que, en cada epígrafe, al candidato mejor valorado se le adjudica un máximo de diez puntos, siendo el resto de candidatos puntuados respecto a éste. La puntuación máxima que puede alcanzar un candidato es de 40 puntos, incluyendo la valoración resultante de la entrevista personal.

La citada Comisión propondrá al órgano competente para conceder estas becas una relación nominada de candidatos, ordenados según la prioridad que deban tener para acceder a la beca, para cada Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación de las relacionadas en la base primera de este anexo.

En caso de renuncia o incumplimiento de los candidatos propuestos, la Dirección General de Universidades e Investigación los sustituirá por los que están incluidos en la relación indicada, de acuerdo con el orden asignado en cada una de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación de Canarias, para el período restante.

Séptima.- Competencias.

Se delega en el Director General de Universidades e Investigación la competencia para conceder las becas objeto de la presente Orden, así como la firma de todos los documentos contables necesarios para su tramitación y ejecución. Esta concesión se hará a propuesta de la Comisión señalada en el párrafo anterior. En virtud de esta delegación, las Resoluciones de concesión de estas becas se considerarán dictadas por el titular del Departamento. Las Resoluciones de concesión serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.

Octava.- Calendario para la Resolución.

Las becas convocadas por la presente Orden deberán resolverse dentro de los tres meses siguientes al cierre del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas.

Novena.- Forma de pago.

La dotación económica de la beca se abonará fraccionadamente, por meses vencidos a contar desde la fecha de incorporación, mediante transferencia bancaria, a razón de 110.000 pesetas brutas mensuales, previa confección del preceptivo documento contable probatorio.

Décima.- Medios y plazos de justificación.

Para el primer pago se requerirá que se encuentre en la Dirección General de Universidades e Investigación la carta de aceptación de la beca, así como la documentación indicada en esta Orden, dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la concesión.

Antes del día 15 de los meses de junio y octubre de cada año, debe encontrarse en la Dirección General de Universidades e Investigación, certificación del responsable de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación a la que esté adscrito el becario, según modelo recogido en el anexo V, sin cuyo requisito no se continuará con el pago de las mensualidades siguientes.

Para el pago de la última mensualidad del período de formación de los tres años es preciso que se encuentre en la Dirección General de Universidades e Investigación informe del responsable de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, donde se haga constar la realización de la actividad conforme a las condiciones de la convocatoria, antes del 30 de diciembre.

Undécima.- Condiciones.

La incorporación será acreditada por el responsable del Centro de Aplicación y el beneficiario lo comunicará inmediatamente a la Dirección General de Universidades e Investigación según modelo recogido en el anexo IV. La no incorporación sin mediar justificación alguna equivaldrá a la renuncia.

El becario deberá suscribir a su costa una póliza de seguro que le cubra los riesgos de accidente en el Centro de Aplicación durante el período de disfrute de la beca.

La Dirección General de Universidades e Investigación podrá realizar en cualquier momento las actuaciones que estime convenientes y necesarias para comprobar que las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden se destinan a la finalidad para la que fueron concedidas y se emplean adecuadamente estos fondos.

Se establece un período transitorio de prueba de seis meses. En ese momento se someterá al becario a la evaluación del responsable de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación OTRI a la que esté adscrito, valorándose la dedicación y aprovechamiento del becario y proponiendo o no la continuación del período de formación. Igualmente en ese momento el beneficiario puede renunciar a la continuación del período de formación o comprometerse a la continuación del disfrute de la beca hasta su terminación. En el caso de que se produjera el abandono del período de formación después de los seis primeros meses de prueba sin que existiera para ello justificación suficiente a juicio de la Dirección General de Universidades e Investigación, deberá reintegrar al Tesoro Público la totalidad de las cantidades percibidas durante todo el período de disfrute de la beca.

Dará lugar a la modificación de la resolución de concesión por el órgano que la haya dictado, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la ayuda o subvención, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:

a) La alteración de las circunstancias o de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una ayuda o subvención.

b) La obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad.

c) La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad.

d) La superación de los topes previstos por la normativa comunitaria como consecuencia de la acumulación de ayudas o subvenciones en los períodos establecidos en la misma.

Duodécima.- Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios, al aceptar formalmente la beca, se comprometen al cumplimiento de las normas establecidas en esta Orden y de las que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación en desarrollo de la misma y en orden al seguimiento científico de la actividad.

Además de las obligaciones de carácter general que el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre), impone a todo beneficiario de una ayuda o subvención proveniente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de las señaladas en otros apartados de la presente Orden, los beneficiarios de estas becas tendrán, además, las obligaciones que se señalan a continuación.

1) Realizar la actividad que motivó la concesión de la beca, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en esta Orden y en la Resolución de concesión.

2) Acreditar y justificar que efectivamente han realizado la actividad, aportando para ello la documentación en la forma y plazos que se señalen en los correspondientes apartados de esta Orden o en la Resolución de concesión. A estos efectos, están obligados también a facilitar toda la información complementaria que se les pida y a someterse a las actuaciones de comprobación y control que se practiquen por la Dirección General de Universidades e Investigación, la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación a la que se hallen adscritos, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias y el Tribunal de Cuentas en su caso.

3) En especial, están obligados a comunicar a esta Consejería la obtención de becas y subvenciones destinadas a la misma finalidad y la cuantía de las mismas.

Decimotercera.- Terminado el período de tres años de formación con informe favorable del director de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación al que se hallase adscrito, la Dirección General de Universidades e Investigación expedirá certificación acreditativa de haber completado el programa de formación en análisis, gestión y promoción de la I+D y la innovación.

Decimocuarta.- Aceptación de las bases.

La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en las presentes bases presupone la aceptación íntegra e incondicionada de éstas, así como de las condiciones, requisitos y obligaciones previstas en las mismas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, y potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O I

MODELO DE SOLICITUD

Datos del solicitante:

Apellidos y nombre ....................................................................................................................., N.I.F. ........................................................ Titulación .......................................................................................................................................................................................................... Fecha de finalización de la carrera ................................................................., fecha solicitud del Título .................................................... Dirección (para la correspondencia): calle ......................................................................................................., nº ................ piso ......................., localidad ...................................................................................................., código postal ............................. Teléfono ..............................................., fax ......................................................, correo electrónico .............................................................

Oficinas de Resultados de Investigación (OTRI) a las que opta, por orden de preferencia:

1.- ....................................................................................................................................................................................................................... 2.- ....................................................................................................................................................................................................................... 3.- ....................................................................................................................................................................................................................... 4.- ....................................................................................................................................................................................................................... 5.- ....................................................................................................................................................................................................................... 6.- ....................................................................................................................................................................................................................... 7.- ....................................................................................................................................................................................................................... 8.- .......................................................................................................................................................................................................................

HAGO CONSTAR:

1. Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

2. Que no he recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, haré constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

3. Que no he recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

4. Que he procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31 de diciembre).

5. Que no me hallo inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

En .........................................................., a ........... de ......................................... de ............ .

El Solicitante

Fdo.: ...........................................

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O I I

MODELO DE CURRÍCULUM VITAE

1.- Primer apellido.

2.- Segundo apellido.

3.- Nombre.

4.- Sexo.

5.- N.I.F.

6.- Calle.

7.- Población.

8.- Código postal. 9.- Provincia.

10.- Teléfono.

11.- Fax.

12.- Correo electrónico.

13.- Actividades anteriores de carácter científico, profesional o empresarial.

14.- Idiomas (indicando el nivel en que se encuentra en cada uno de ellos).

15.- Publicaciones.

16.- Estancias en Centros nacionales o extranjeros.

17.- Otros méritos o aclaraciones que desee hacer constar.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O I I I

MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN

D. ................................................................................................................................................, D.N.I. nº ............................................. ACEPTA la beca para la realización del período de formación práctica en el centro ................................................................................ ..................................................................., por importe de .......................................................... pesetas brutas anuales.

En ....................................................................., a .......... de .................................. de .............. .

Fdo.: ............................................................

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O I V

MODELO DE CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN

D. .................................................................................................................................................., D.N.I. nº................................................ Cargo: ................................................................................................................................................................................................................

CERTIFICA: que el becario D. ......................................................................................................................................................................, se ha incorporado a este Centro el día ........................... de ...................................................................... de ......................

Expidiéndose la presente en ..................................................................................., a ................ de .............................................................. de ............, a efectos de acreditación ante la Dirección General de Universidades e Investigación.

Fdo.: .........................................................

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O V

MODELO DE CERTIFICADO

D. ..............................................................................................................................................., D.N.I. nº ............................................... Cargo: ................................................................................................................................................................................................................

CERTIFICA: Que el becario D. ............................................................................................................ viene desarrollando el trabajo de formación práctica satisfactoriamente, desde el día ....... de ....................................... de .......... hasta la fecha.

En ........................................................., a ........ de ............................................ de ......... .

Fdo.: ...........................................................

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PERÍODOS DE FORMACIÓN EN ANÁLISIS, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE LA I+D Y LA INNOVACIÓN EN LAS OFICINAS DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN (OTRI) DE CANARIAS.

A N E X O V I

PRESUPUESTO DE GASTOS Y FUENTES DE FINANCIACIÓN

GASTOS DE MANUTENCIÓN: ....................................... Ptas.

....................................... Ptas.

....................................... Ptas.

FUENTES DE FINANCIACIÓN: ................................................................................................................................................................ .............................................................................................................................................................................................................................

En ................................................., a ......... de ................................... de .........

Fdo.: ......................................................................



© Gobierno de Canarias