BOC - 1999/092. Miércoles 14 de Julio de 1999 - 2439

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2439 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 13 de abril de 1999, sobre notificación a Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge, en domicilio desconocido, de la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 187/97.

Descargar en formato pdf

Siendo desconocido el domicilio de Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge, a efectos de la notificación de la Resolución de este Centro Directivo recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 187/97, incoado por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo 60 Viviendas Los Gladiolos, bloque 2, piso 1º A, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda

R E S U E L V E:

Notificar a Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge la Resolución de fecha 9 de abril de 1999, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva dice textualmente:

“Resolver la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo 60 Viviendas Los Gladiolos, bloque 1, piso 1º A, otorgada a favor de Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge, requiriendo a la misma para que en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, desaloje la vivienda con apercibimiento de proceder en caso contrario al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontrasen en ella.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General de Vivienda, que designará las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes a contar desde su publicación, recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 20.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre (B.O.C. nº 122, de 16.6.91), del Gobierno de Canarias y artículo 2 del Decreto 161/1996, de 4 de julio (B.O.C. nº 84, de 12.7.96), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.”

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de abril de 1999.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.



© Gobierno de Canarias