BOC - 1999/092. Miércoles 14 de Julio de 1999 - 1188

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1188 - Dirección General del Tesoro y Política Financiera.- Resolución de 9 de julio de 1999, por la que se dispone una emisión de Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias en euros, y se convoca la subasta correspondiente.

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La Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 22 de junio de 1999 (B.O.C. nº 85, de 2.7.99), autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para emitir Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias en euros, durante el año 1999, estableciendo el marco al que deberán ajustarse las emisiones. En particular, la Orden fija, en 16.638.600.000 pesetas (100 millones de euros), el importe nominal máximo que puede ser emitido, prevé que la convocatoria de las subastas se realice mediante Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, y determina el contenido mínimo de esta última.

La emisión dispuesta por la presente Resolución ha sido autorizada por Acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 11 de junio de 1999.

Por todo lo anterior, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 22 de junio de 1999,

R E S U E L V O:

1. Disponer una emisión, denominada en euros, de Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias a diez y quince años, y convocar la subasta correspondiente, que se celebrará de acuerdo con lo previsto en la Orden de 22 de junio de 1999.

2. Características de las Obligaciones que se emiten:

a) Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias a diez años.- El tipo de interés, pagadero por anualidades vencidas, será el 5,20 por 100 y los valores emitidos se amortizarán, por su importe nominal, el día 31 de enero del 2010. Los cupones anuales vencerá el 31 de enero de cada año, y el primero se pagará el 31 de enero del 2001.

b) Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Canarias a treinta años.- El tipo de interés, pagadero por anualidades vencidas, será el 5,75 por 100 y los valores emitidos se amortizarán, por su importe nominal, el día 15 de octubre del 2029. Los cupones anuales vencerán el 15 de octubre de cada año, y el primero se pagará el 15 de octubre del 2000. c) Las Obligaciones en euros, cuya emisión se dispone por la presente Resolución, tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, las operaciones de segregación y reconstitución de las Obligaciones a diez y quince años que se ponen en oferta sólo se podrán realizar a partir del momento y bajo las condiciones que se establezcan por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

d) Las Obligaciones no serán aptas para materializar las dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias, a que se refiere el artículo 27 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

3. La fecha de desarrollo y resolución de la subasta, así como las fechas de pago y desembolso de los valores que se emitan, son las siguientes:

Fecha límite de presentación de peticiones en las oficinas del Banco de España: el 28 de julio de 1999, hasta las nueve treinta horas (diez treinta horas en Madrid).

Fecha de resolución de la subasta: el 28 de julio de 1999, antes de las once horas (doce horas en Madrid).

Fecha de desembolso y de adeudo en cuenta en la Central de Anotaciones: el 2 de agosto de 1999.

4. El desarrollo de la subasta y la resolución de ésta se ajustarán a lo previsto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 22 de junio de 1999, y se podrán formular peticiones no competitivas por un importe nominal de 1.000 euros y en múltiplos de dicha cantidad. El importe nominal máximo conjunto de las peticiones no competitivas, presentadas por cada postor, no podrá exceder de 200.000 euros.

Los precios que figuren en las ofertas competitivas que se presenten a la subasta se formularán en tanto por ciento del valor nominal con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cero o cinco, exclusivamente. El importe nominal mínimo de estas ofertas será de 5.000 euros, y se formularán, a partir de dicho importe, en múltiplos de 1.000 euros.

5. Las Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el próximo día 2 de agosto de 1999, fecha de desembolso y de adeudo en cuenta.

6. A efectos de lo dispuesto en el punto cuarto de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de noviembre de 1998, por la que se suprimen los valores nominales unitarios de los valores negociables de la deuda anotada de la Comunidad Autónoma de Canarias, y se convierten las tenencias individuales de dichos valores negociables, integradas por valores de un mismo código, en tenencias de saldos nominales, el importe mínimo de negociación, en la Central de Anotaciones, de las Obligaciones que se emitan será de 1.000 euros. Las operaciones por importes superiores habrán de ser, siempre, múltiplos enteros de dicho importe.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de julio de 1999.- El Director General del Tesoro y Política Financiera, Alberto Amorós Mustafá.



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