BOC - 1999/080. Lunes 21 de Junio de 1999 - 1028

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1028 - ORDEN de 19 de abril de 1999, por la que se establece la cuantía del precio privado de las fotocopias realizadas a los usuarios en las bibliotecas públicas del Estado radicadas en Canarias y cuya gestión le corresponde a la Dirección General de Cultura.

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Visto el expediente administrativo correspondiente.

Vistos asimismo los informes favorables de la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, y de la Intervención General del Gobierno de Canarias. I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Uno de los servicios básicos que se presta a los ciudadanos en las bibliotecas públicas del Estado, entendidas éstas como centros de información que facilitan al usuario todo tipo de datos y conocimientos, es el de la copia de determinados documentos tales como boletines oficiales, artículos de publicaciones periódicas y otras reproducciones de obras que se realicen para fines de investigación.

Segundo.- El servicio de reprografía que ofrecen las bibliotecas públicas del Estado gestionadas por la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias, a pesar de ser un servicio básico que se presta en dichos centros, comporta un gasto que necesariamente no ha de ser soportado por la Administración, por lo que se hace imprescindible el cobro de una cantidad a los usuarios de dicho servicio que cubra los gastos que dicha actividad genera.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1º) El artículo 2 del Decreto Territorial 155/1998, de 10 de septiembre, por el que se regula el régimen de los precios privados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que preceptúa que son precios privados de la Comunidad Autónoma de Canarias las contraprestaciones pecuniarias percibidas por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con motivo de la entrega de bienes, la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas al Derecho privado.

2º) El artículo 3.1 del citado Decreto Territorial 155/1998, de 10 de septiembre, que establece que son órganos competentes para el establecimiento de los precios privados los titulares de los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes

DISPONE:

Único.- Fijar el precio privado de las fotocopias que se realicen a los usuarios de las bibliotecas públicas del Estado radicadas en Canarias y gestionadas por la Dirección General de Cultura, en diez (10) pesetas por unidad.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 1999.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.



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