BOC - 1998/160. Miércoles 23 de Diciembre de 1998 - 4256

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4256 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 18 septiembre de 1998, del Director, sobre notificación de requerimiento a la empresa Frangel Peluqueros, S.L., en ignorado domicilio, para proceder a la tramitación y conclusión del expediente de solicitud de subvención.- Expte. nº 14641/96.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 16 de junio de 1998 fue efectuada la notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la solicitud presentada por D. José F. Melián Torres, en calidad de representante de la empresa Frangel Peluqueros, S.L., ante el Instituto Canario de Formación y Empleo el día 25 de septiembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 3ª “Subvenciones a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos”, del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles, siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este organismo, por duplicado y compulsada, la documentación que a continuación se señala, y que resulta preceptiva a tenor de lo dispuesto en el Decreto regulador: - Prórroga/s del contrato temporal de la trabajadora Dña. Soraya Godoy Guillén a partir del 6 de septiembre de 1997. - Libro/s de matrícula de la empresa, debidamente actualizado/s.

- Si los trabajadores por los que se solicitó subvención hubiesen sido sustituidos, la empresa debe comunicar por escrito dichas sustituciones, así como la documentación necesaria de los sustitutos para su tramitación (D.N.I., alta en la Seguridad Social y contrato de trabajo), y parte de baja del/la trabajador/a sustituido.

Se le advierte que de no aportar la documentación requerida en el plazo establecido, se procederá a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al archivo del expediente sin más trámite.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 1998.- El Jefe de Servicio de Empleo I, J. Francisco Pérez Lorenzo.



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