BOC - 1998/142. Miércoles 11 de Noviembre de 1998 - 1635

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1635 - ORDEN de15 de octubre de 1998, por la que se aprueba el escudo heráldico de la isla de Fuerteventura.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación del escudo heráldico de la isla de Fuerteventura.

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 18 de septiembre de 1998.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- El Cabildo Insular de Fuerteventura, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el pasado día 24 de abril de 1998, acordó aprobar inicialmente el expediente para la dotación de escudo heráldico a la isla de Fuerteventura, así como someterlo al trámite de información pública desde la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Segundo.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de 4 de mayo de 1998, se insertó anuncio relativo al período de información pública, sin que se presentasen durante el mismo alegaciones ni sugerencias al respecto, según se acredita mediante certificación emitida por el Secretario de la Corporación.

Tercero.- La Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el pasado día 18 de septiembre de 1998, acordó informar favorablemente el expediente del proyecto de escudo heráldico de la isla de Fuerteventura.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del archipiélago, con las modificaciones efectuadas por los Decretos 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,

R E S U E L V O:

Aprobar el escudo heráldico de la isla de Fuerteventura cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:

“Escudo medio partido y cortado. Primero, de gules, castillo de oro, mazonado de oro y aclarado de azur. Segundo, de plata, león de gules, coronado, armado y linguado de oro. Tercero, de plata, tres fajas ajedrezadas de gules y oro, en cuatro órdenes, cargada cada una de otra faja de oro. La bordura de gules, cargada de ocho astas de oro. Al timbre, corona real.”

Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente, previa la comunicación a esta Consejería exigida por el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

Ver anexos - página 13433



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