BOC - 1997/106. Viernes 15 de Agosto de 1997 - 1062

I. DISPOSICIONES GENERALES - Vicepresidencia del Gobierno

1062 - DECRETO 163/1997, de 11 de julio, de traspaso de servicios y recursos al Cabildo Insular de El Hierro para el ejercicio de las competencias transferidas en materia de promoción y policía del turismo insular.

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En cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Primera, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, que transfiere la competencia administrativa de promoción y policía del turismo insular, salvo las potestades de inspección y sanción, el Gobierno de Canarias y de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera, 2, de la mencionada Ley, aprobó el Decreto 156/1994, de 21 de julio, de transferencia de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de promoción y policía del turismo insular.

En su virtud, visto el acuerdo adoptado por la Comisión de Transferencias de fecha 1 de julio de 1997, oído el Cabildo Insular de El Hierro, a propuesta del Vicepresidente del Gobierno y previa deliberación del Gobierno de Canarias en su reunión de fecha 11 de julio de 1997,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Se traspasan al Cabildo Insular de El Hierro los créditos presupuestarios que figuran en el anexo al presente Decreto.

Artículo 2º.- Los servicios y recursos que son objeto de traspaso al Cabildo Insular quedarán adscritos a dicha Corporación al tiempo de suscripción del acta de recepción y entrega a que se refiere la Disposición Transitoria Tercera, apartado 4, de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La transferencia de competencia a que se refiere el presente Decreto surtirá efecto desde que, publicado el mismo, se suscriba entre el Consejero de Turismo y Transportes, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Presidente del Cabildo Insular de El Hierro la correspondiente acta de entrega y recepción de servicios y recursos traspasados.

Segunda.- El presente Decreto surte los efectos previstos en la Disposición Transitoria Tercera, apartado 3, de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Valverde de El Hierro, a 11 de julio de 1997.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

A N E X O I

CABILDO INSULAR DE EL HIERRO

PROGRAMA 751.C.: MEJORA, DIVERSIFICACIÓN Y DIFERENCIACIÓN OFERTA TURÍSTICA

Capítulo I: Gastos de personal 182.661 ptas.

A N E X O I I

PROGRAMA 751.C.: MEJORA, DIVERSIFICACIÓN Y DIFERENCIACIÓN OFERTA TURÍSTICA

Capítulo II: Gastos Corrientes 119.772 ptas.



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