BOC - 1997/067. Martes 27 de Mayo de 1997 - 621

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

621 - ORDEN de 19 de mayo de 1997, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 316/1996, de 23 de diciembre (B.O.C. nº 168, de 28 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de esta Comunidad Autónoma para 1996, procede convocar las correspondientes pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), de esta Administración, que se llevarán a cabo mediante el sistema de oposición, de acuerdo a lo establecido en el artículo 73.2 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

De conformidad con los artículos 71 y siguientes de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Vista la autorización otorgada por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 30 de abril de 1997 y emitido informe por la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, en el que se acredita la existencia de dotación presupuestaria suficiente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997.

En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 6.2.i) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, y en el artículo 7 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Las citadas pruebas selectivas se regirán por las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Objeto.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de oposición, de dos (2) plazas del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), adscritos a las Especialidades de Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios de Administración Sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por los turnos de promoción interna, al que corresponde una (1) plaza y de acceso libre, al que corresponde la plaza restante.

La selección se efectuará por el sistema de oposición en ambos turnos. 1.2. Si el número de aspirantes que superen las pruebas selectivas fuese inferior al de las plazas convocadas en alguno de los turnos, se estará a lo que dispone el artículo 29 de la Ley de la Función Pública Canaria. 1.3. Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna tendrán preferencia sobre los del turno libre para elegir los puestos de trabajo que deban ser cubiertos mediante la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley de la Función Pública Canaria y artº. 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.4. Los aspirantes sólo podrán participar en un único turno.

1.5. Las pruebas selectivas se regirán por la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por lo dispuesto en las presentes bases.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán gozar de los mismos durante el proceso selectivo:

A) De carácter general: a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina, Farmacia o Veterinaria. d) No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. B) Para la promoción interna. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como funcionario de carrera de cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B, de la Administración de esta Comunidad Autónoma, o venir prestando en ésta servicios con carácter no temporal y pertenecer a Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas, clasificados en el Grupo B, y ser tales servicios los propios de dichos Cuerpos o Escalas. Será de aplicación el artículo 1.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

b) Tener una antigüedad de al menos dos años en alguno de dichos Cuerpos o Escalas. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos, Escalas o Subescalas mencionados, serán computables a los efectos de antigüedad en la presente convocatoria.

2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerse en el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

2.3. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, formulando la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación.

Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad del aspirante con minusvalía para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo o Escala objeto de esta convocatoria, podrá recabar el correspondiente dictamen del órgano competente de esta Comunidad Autónoma. En este caso hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán dirigir solicitud a la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales en instancia según modelo que se acompaña como anexo I a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública instaladas en la calle José A. de Zárate y Penichet, 3, 1º, Edificio Arco Iris, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples ubicadas en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Las Palmas de Gran Canaria; en la calle José Manuel Guimerá 8 (II), y Avenida de Anaga, 35 (I), Santa Cruz de Tenerife.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

3.3. A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se acompañará inexcusablemente el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado 3.4 de esta base, que se efectuará mediante impreso que se facilitarán en las oficinas mencionadas en el apartado 3.1 anterior.

Además, los aspirantes por el turno de promoción interna deberán presentar copia fehaciente del título administrativo, o certificado del nombramiento de funcionario de carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas mencionados en la base segunda, B), a), anterior, y en su caso, certificación acreditativa de venir prestando servicios como funcionarios de dichos Cuerpos o Escalas en la Administración de esta Comunidad Autónoma, así como del acto administrativo de reconocimiento de servicios previos.

3.4. El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria es de dos mil setecientas cincuenta y dos (2.752) pesetas, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de entidad colaboradora o en las Cajas de las Tesorerías Insulares de la Consejería de Economía y Hacienda, mediante el impreso “documento de ingreso”. Los aspirantes domiciliados fuera de esta Comunidad Autónoma podrán satisfacer la tasa mediante giro a favor de la Dirección General de la Función Pública, acompañando el resguardo del giro a la instancia. En todo caso, el pago de la tasa ha de preceder a la solicitud para tomar parte en las pruebas. 3.5. Las instancias acompañadas del documento de ingreso, podrán presentarse en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública (calle José A. de Zárate y Penichet, 3, 1º, Edificio Arco Iris, Santa Cruz de Tenerife) y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples (Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Las Palmas de Gran Canaria; calle José Manuel Guimerá, 8 (II), y Avenida de Anaga, 35 (I), Santa Cruz de Tenerife).

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo de subsanación de defectos que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se concede a los aspirantes excluidos, y el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no subsanen la exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

No obstante, los aspirantes por el turno de promoción interna que hubieren sido excluidos, y no acrediten en el citado plazo que reúnen los requisitos específicos previstos en el apartado B) de la base segunda, quedarán incluidos en el turno libre, si reuniesen los requisitos de carácter general, sin perjuicio de su derecho a interponer recurso.

4.2. Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el período de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador se compone de cinco miembros, cada uno de los cuales tendrá un suplente.

5.2. La designación de los miembros del Tribunal Calificador se hará por Resolución de la Dirección General de la Función Pública y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer titulación académica igual o superior a la exigida a los aspirantes, y al menos tres de ellos deberán tener titulación correspondiente a la misma área de conocimiento, necesaria para poder enjuiciarlos.

5.3. El Tribunal Calificador se constituirá, previa convocatoria por el Presidente, con la asistencia del Presidente y del Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución como mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión el Tribunal Calificador acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal Calificador para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.5. Los miembros del Tribunal Calificador y, en su caso, el personal colaborador tendrá derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación a los servicios y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría primera (Decreto 124/1990, de 29 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio, B.O.C. nº 88, de 16.7.90) y sucesivas modificaciones). El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de diez.

A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

5.6. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias al Director de la Función Pública.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran en los mismos las circunstancias previstas en este apartado.

5.7. La Dirección General de la Función Pública podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del Tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.

La relación del personal colaborador se expondrá, en lista certificada por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración de los ejercicios, antes del inicio de los mismos.

5.8. Tendrán representación ante el Tribunal las Centrales Sindicales de mayor implantación y representatividad en el territorio de la Comunidad Autónoma. Los representantes sindicales, cuyo número no será en ningún caso superior a tres, podrán recabar información del Tribunal y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

6. Sistema selectivo.

6.1. La selección se realizará por el sistema de oposición para ambos turnos.

7. Ejercicios de la oposición.

7.1. La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios para los aspirantes del turno libre, quedando exentos de la realización del primer ejercicio los aspirantes del turno de promoción interna.

7.1.1. Primer ejercicio.

Este ejercicio consistirá en contestar por escrito en el plazo máximo de 30 minutos un cuestionario tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, sobre materias comprendidas en el temario general que se publica como anexo II. Para superar este ejercicio será necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos, valorándose cada pregunta acertada con 0,20 puntos. 7.1.2. Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio consistirá en desarrollar por escrito dos temas del temario específico del anexo II, a elegir por el aspirante de entre los cuatro que le correspondan por sorteo. Para su desarrollo, el aspirante dispondrá de noventa minutos.

En el día y hora que el Tribunal señale al efecto, los aspirantes darán lectura del ejercicio escrito, en sesión pública ante el Tribunal Calificador. Los miembros del Tribunal podrán formular hasta cinco preguntas relacionadas con las materias objeto de los temas del ejercicio realizado, para cuya contestación oral dispondrá el aspirante, como máximo, de diez minutos.

La no comparecencia del aspirante a la lectura del ejercicio será considerada como desistimiento de su petición de participación en la presente oposición.

Para aprobar este ejercicio será necesaria una puntuación mínima de 5 puntos, no pudiendo obtener 0 puntos en uno de los temas. La puntuación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos.

7.1.3. Tercer ejercicio.

Prueba práctica consistente en resolver por escrito, en un plazo máximo de una hora, dos supuestos elegidos por el aspirante entre tres propuestos por el Tribunal y relativos a materias relacionadas con el temario específico del anexo II. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos.

7.1.4. Cada uno de estos ejercicios es eliminatorio, por lo que el no superar uno de ellos inhabilitará al aspirante para continuar las pruebas.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios que la configuran, conforme a lo determinado en la base octava siguiente.

8. Calificaciones.

8.1. La calificación de cada ejercicio de la oposición deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal Calificador, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas por el Tribunal, ejercicio a ejercicio y los totales, deberán reflejarse en las correspondientes actas.

8.2. La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio y, si aún fuese necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá a favor de la puntuación alcanzada en el primer ejercicio,

9. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

9.1. El primer ejercicio se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base cuarta, debiendo transcurrir un mínimo de un mes desde la publicación de la presente convocatoria.

9.2. La convocatoria para los ejercicios siguientes se efectuará por el Tribunal mediante resolución de su Presidente que se expondrá al público en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública, en las Oficinas Centrales de Información y Registro y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

9.3. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

9.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 (B.O.E. nº 88, de 12.4.97).

9.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del mismo, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, pudiendo disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

9.6. Los aspirantes deberán concurrir a los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.

9.7. En la práctica de los ejercicios de la oposición, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar que en la corrección de aquéllos sea desconocida por los miembros del Tribunal, la identidad de los aspirantes.

9.8. Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases, supliéndolas en todo lo no previsto en las mismas.

10. Lista de aprobados.

10.1. Concluida cada una de las pruebas de la oposición, el Tribunal expondrá, debidamente certificadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se hayan celebrado los ejercicios, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro, sin perjuicio de que se hagan públicas en otros lugares, de estimarse conveniente, las listas de aspirantes que superen cada prueba, con indicación de la puntuación obtenida.

Finalizados los tres ejercicios, el Tribunal Calificador hará pública la relación definitiva de aspirantes que los hayan superado.

El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier resolución que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

11. Presentación de documentos.

11.1. La relación de aprobados, junto con las Actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas, será elevada a esta Consejería a través de la Dirección General de la Función Pública, que procederá a publicar la referida relación en el Boletín Oficial de Canarias.

11.2. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte (20) días naturales desde que se publique en el Boletín Oficial de Canarias la relación definitiva de aprobados, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

A) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

B) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

C) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2, apartado 2.1.A.d), de la presente convocatoria. D) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna y quienes ya tuvieran la condición de funcionarios de carrera solamente deberán presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

12. Nombramiento de funcionarios de carrera.

Los aspirantes seleccionados que hubieran presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la base 11.2, y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A) de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, adjudicándoseles destino de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo y teniendo en cuenta, en su caso, la preferencia establecida en la base primera, 1.3 de esta convocatoria.

La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo.

13. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 1997.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago.

Ver anexos - página 5239

N E X O I I

TEMARIO GENERAL

Tema 1.- La Constitución Española: concepto. Características de la Constitución Española. Estructura y contenido.

Tema 2.- Las Cortes Generales. Naturaleza. Composición. Atribuciones y funcionamiento. Congreso de los Diputados. Composición. El Senado: composición. Funcionamiento de las Cámaras: el Presidente, la Mesa, el Pleno, las Comisiones, la Junta de Portavoces, los Grupos parlamentarios. Órganos permanentes.

Tema 3.- La Corona. Características de la Corona. El Rey. Funciones del Rey.

Tema 4.- El Poder Judicial: el Tribunal Constitucional. El Poder Judicial y sus principios. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La Organización judicial española.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias. Los Estatutos de Autonomía. Organización institucional de las Comunidades Autónomas. Delegados del Gobierno. Delegados del Gobierno en las islas.

Tema 6.- Las leyes estatales en el Sistema Español. Clases y elaboración de las leyes. Normas del Gobierno con fuerza de ley.

Tema 7.- El Gobierno: composición y funciones. Competencias y atribuciones del Gobierno. El Presidente. Los Ministros. Departamentos ministeriales. Consejo de Ministros.

Tema 8.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias. Convenios internacionales y acuerdos con otras Comunidades Autónomas.

Tema 9.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: régimen jurídico. Régimen económico. Naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuerzas. Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias.

Tema 10.- El Parlamento de Canarias: naturaleza y composición. Régimen jurídico. Órganos: la Mesa, el Presidente, el Pleno, las Comisiones, los Grupos Parlamentarios, la Junta de Portavoces y la Diputación Permanente.

Tema 11.- El Parlamento de Canarias: sesiones, votaciones. La iniciativa legislativa. Las funciones del Parlamento. El Diputado del Común: naturaleza y régimen jurídico.

Tema 12.- El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias. Atribuciones. El Vicepresidente. El Gobierno de Canarias. El Consejo Consultivo.

Tema 13.- Consejerías del Gobierno de Canarias. Los Consejeros. Funciones. Las Consejerías: organización y competencias. Los Cabildos como entes públicos territoriales y como instituciones de la Comunidad Autónoma.

Tema 14.- Los Órganos de Control dependientes de las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. Órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

Tema 15.- El procedimiento administrativo: concepto y significado. Suspensión de los actos administrativos. Motivación. Invalidez. Las fases del procedimiento administrativo.

Tema 16.- La Función Pública: dependencia orgánica. Órganos superiores de la Función Pública. La organización de la Función Pública de las Comunidades Autónomas. La Función Pública Canaria. Órganos superiores.

Tema 17.- Adquisición y pérdida de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. Grupos, Cuerpos y Escalas de funcionarios. Promoción interna. Movilidad y situaciones de los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma. Tema 18.- El Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Clasificación del Personal. La selección del Personal: Oferta de Empleo Público, las convocatorias, provisión de puestos de trabajo y programas especiales de acceso de la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria.

Tema 19.- Derechos y deberes de los funcionarios. El sistema retributivo de la Comunidad Autónoma Canaria. Régimen disciplinario, faltas, sanciones y procedimiento.

Tema 20.- El personal interino, eventual y laboral en Canarias. El Convenio Colectivo del Personal Laboral para el personal de la Comunidad Autónoma de Canarias: idea general. TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1.- Residuos: introducción. Conceptos y clasificación.

Tema 2.- Residuos Sólidos Urbanos. Clasificación. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 3.- Residuos industriales. Clasificación. Residuos Tóxicos y Peligrosos. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 4.- Residuos sanitarios. Clasificación. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 5.- Residuos Agrícolas, Ganaderos y Forestales. Clasificación. Situación en Canarias.

Tema 6.- El Convenio Marpol. Situación en Canarias.

Tema 7.- Sistemas de eliminación de los Residuos Tóxicos y Peligrosos. Problemática ambiental. Situación en Canarias.

Tema 8.- Sistemas de eliminación de los RSU. Ventajas e inconvenientes. Situación en Canarias.

Tema 9.- Vertederos controlados de RSU. Problemática ambiental. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 10.- Tecnología de incineración de los RSU. Problemática ambiental. Tecnologías aplicables. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 11.- Procesos de combustión. Aprovechamiento energético de la incineración de RSU.

Tema 12.- Tecnología y procesos de gasificación de los RSU. Problemática ambiental. Tecnologías aplicables.

Tema 13.- Aprovechamiento del Biogás en los vertederos de RSU. Tecnología aplicable. Problemática ambiental.

Tema 14.- Reciclaje de la fracción orgánica de los RSU. Preparación. Procesos. Compostaje. Situación en Canarias.

Tema 15.- Recogida selectiva de los RSU: los Puntos Limpios: problemática.

Tema 16.- Reciclaje y aprovechamiento de papel, cartón y vidrio. Situación en Canarias. Tema 17.- Reciclaje y aprovechamiento del plástico. Situación en Canarias.

Tema 18.- Reciclaje y aprovechamiento de los RSU de la actividad de la construcción. Vertederos de inertes. Situación en Canarias.

Tema 19.- Reciclaje y aprovechamiento de los neumáticos usados. Tecnologías aplicables. Problemática ambiental. Situación en Canarias.

Tema 20.- Reciclaje y aprovechamiento de metales férricos y no férricos.

Tema 21.- Plantas de tratamiento de RTP. Legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 22.- Reciclaje y reutilización de aceites usados minerales o sintéticos. Tecnologías aplicables. Situación en Canarias.

Tema 23.- Reciclaje de pilas y acumuladores. Tecnologías aplicables. Problemática ambiental. Situación en Canarias.

Tema 24.- Reciclaje de aceites y grasas de desecho procedentes del consumo humano. Tratamientos, legislación aplicable. Situación en Canarias.

Tema 25.- Suelos contaminados. Problemática ambiental. Tecnologías de descontaminación. Situación en Canarias.

Tema 26.- El Plan Nacional de Residuos Industriales.

Tema 27.- Gestión y auditoría ambiental. Conceptos y metodología. Legislación aplicable.

Tema 28.- La Directiva de Envases y Embalajes. Situación en España.

Tema 29.- Ecoetiquetado. Análisis del Ciclo de Vida. Conceptos. Normativas.

Tema 30.- Ruido y vibraciones. Conceptos. Problemática ambiental. Legislación aplicable.

Tema 31.- Dominio Público Marítimo-Terrestre: Ribera del Mar, Zona m-T y Mar Territorial. Protección y Aplicación. Tema 32.- Ley de Costas y Reglamento de Desarrollo.

Tema 33.- Características Físico-Químicas del Agua del Mar.

Tema 34.- Dinámica Marina: olas, mareas y corrientes.

Tema 35.- Ecosistemas Marinos. Características generales. Subdivisiones del Medio Marino por factores topográficos, batimétricos y lumínicos.

Tema 36.- Vertidos al Mar. Legislación aplicable. Implicaciones higiénico-sanitarias.

Tema 37.- Aguas residuales. Clasificación. Principales contaminantes. Implicaciones ecológicas.

Tema 38.- Tratamiento de las Aguas Residuales Industriales. Procesos. Legislación aplicable.

Tema 39.- Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas. Procesos. Legislación aplicable.

Tema 40.- Reutilización de las Aguas Residuales Depuradas. Problemática ambiental. Experiencia en Canarias.

Tema 41.- Tecnologías de bajo coste: lagunaje, filtro verde, lecho de turba y contactores biológicos.

Tema 42.- Recogida de datos en estadística. Tratamiento y depuración. Clasificación y distribución de la información. Representaciones gráficas.

Tema 43.- La contaminación ambiental y su repercusión sobre la salud.

Tema 44.- Contaminación atmosférica. Vigilancia y control.

Tema 45.- Problemática sanitaria de las aguas residuales.

Tema 46.- Los desechos sólidos urbanos: vigilancia y control. Tema 47.- Inspección sanitaria. Control de actividades clasificadas.

Tema 48.- El agua: normas de calidad de las aguas potables de consumo público.

Tema 49.- El agua: criterios de calidad microbiológica de las aguas potables de consumo público. Vigilancia y control.

Tema 50.- El agua: criterios de calidad físico-química de las aguas potables de consumo público. Vigilancia y control.

Tema 51.- El agua: aspectos biológicos de las aguas de consumo público. Elementos radiactivos en el agua potable.

Tema 52.- Servicios de abastecimientos de las aguas potables de consumo público. Vigilancia y control.

Tema 53.- Servicios de abastecimientos de las aguas potables de consumo público: captación y tratamiento.

Tema 54.- Vigilancia y control de las aguas recreativas: zonas costeras y piscinas públicas.

Tema 55.- Contaminación atmosférica: problemática actual en Canarias.

Tema 56.- Evaluación de los contaminantes atmosféricos. Redes de control de la contaminación atmosférica.

Tema 57.- El ruido: riesgos para la salud.

Tema 58.- Radiaciones ionizantes. Métodos de control.

Tema 59.- Recogida de muestras: número y cantidad. Conservación de la muestra. Preparación y procedimiento de la muestra para su estudio.

Tema 60.- Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.



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