BOC - 1997/056. Viernes 2 de Mayo de 1997 - 507

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

507 - ORDEN de 14 de abril de 1997, por la que se regulan las ayudas comunitarias a los productores de atún, de sardina y de caballa de las Islas Canarias, dentro del Programa Poseican, correspondientes a las campañas de 1996 y 1997.

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El Reglamento (CE) 1.911/91 del Consejo, de 26 de junio, regula la aplicación de las disposiciones del Derecho Comunitario en las Islas Canarias modificado por el Reglamento (CEE) nº 284/92, de 3 de febrero, que establece la aplicación de las disposiciones de Derecho Comunitario en las Islas Canarias, así como la previsión de establecer medidas específicas por la lejanía y la insularidad.

Por otro lado, la Decisión 91/314/CEE del Consejo, de 26 de junio, definió un programa de opciones específicas por la lejanía y la insularidad de las Islas Canarias (Poseican), programa que figura en el anexo de la citada Decisión y que incluye la adopción de ciertas medidas en el sector de la pesca.

En este sentido, y como continuación de las medidas de ayuda amparadas por la citada normativa, el Reglamento (CE) 2.337/95 del Consejo, de 2 de octubre, establece un régimen de compensación de los costes suplementarios que supone la comercialización de determinados productos de la pesca de las Azores, Madeira, Islas Canarias y el departamento francés de la Guyana, debido a la situación ultraperiférica de estas regiones.

Por último, el Reglamento (CE) 2.918/95 de la Comisión, de 18 de diciembre, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) 2.337/95 del Consejo.

Considerando que los citados Reglamentos en lo que se refiere a España, se dirigen exclusivamente a las Islas Canarias, al referirse a las producciones de atún, sardina y caballa realizadas por barcos pesqueros con base permanente en las Islas Canarias y desembarcadas en territorio de esta Comunidad Autónoma y teniendo en cuenta las competencias que en materia de pesca le confiere a esta Comunidad Autónoma el Estatuto de Autonomía, procede dictar normas de desarrollo de la ayuda para el territorio de esta Comunidad Autónoma.

Por lo expuesto y en uso de las facultades a mí conferidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar las ayudas comunitarias para los productores de atún, de sardina y de caballa de las Islas Canarias, dentro del Programa Poseican, correspondientes a las campañas 1996 y 1997.

Segundo.- Las bases que han de regir la presente convocatoria son las que figuran en el anexo de la presente Orden.

Tercero.- Se faculta al Viceconsejero de Pesca para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo contenido en esta Orden.

Cuarto.- La presente Orden producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa comunicación a esta Consejería, prevista en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que proceda contra la misma.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 1997.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, Eduardo Jordán Martinón.

A N E X O

BASES POR LAS QUE SE REGULAN LAS AYUDAS COMUNITARIAS A LOS PRODUCTORES DE ATÚN, DE SARDINA Y DE CABALLA DE LAS ISLAS CANARIAS, DENTRO DEL PROGRAMA POSEICAN, CORRESPONDIENTES A LAS CAMPAÑAS DE 1996 Y 1997

Base 1.- Objeto.

Las presentes bases regulan, para las campañas 1996 y 1997, la concesión de ayudas comunitarias para los productores de atún comercializado en fresco o congelado y de sardina y caballa destinadas a la transformación o congelación.

Base 2.- Financiación.

Las ayudas reguladas en las presentes bases serán abonadas con cargo a la Sección Garantía del Feoga.

Base 3.- Requisitos.

Los requisitos para acceder a las presentes ayudas son:

1. Ser productor, propietario de buques registrados en las Islas Canarias, o sus Asociaciones, así como los operadores del sector de la transformación que se vean afectados por los costes suplementarios de comercialización de los productos mencionados en la base 1 debido a la situación ultraperiférica.

2. Las especies de atún, sardina y caballa sean capturadas mediante buques con base permanente en puertos de las Islas Canarias y desembarcadas, asimismo, en el territorio de dicha Comunidad Autónoma. A los efectos de la comercialización de productos congelados o destinados a la congelación, tendrán la consideración de túneles de congelación, además de las instalaciones en tierra debidamente equipadas, aquellos buques que, previamente inmovilizados por la autoridad portuaria competente, se encuentren atracados en puertos territorio insular, y dispongan de equipos para ejercer tales funciones.

3. Cuando los productos a los que se refiere la base 1 sean destinados a la transformación, tal actividad habrá de realizarse en su totalidad en las industrias situadas en el territorio de las Islas Canarias.

Base 4.- Cuantía de la ayuda.

1. La cuantía total máxima de las ayudas comunitarias definidas en la base 1 es de 3.218.900 ecus para la campaña de 1996, e igual cantidad para la de 1997, distribuidos de la siguiente forma:

A) 1.759.400 ecus para el sector del atún, a razón de 151 ecus por tonelada para el atún destinado a la comercialización en estado fresco y 54 ecus por tonelada para el atún congelado, distribuidos como sigue:

a) 1.570.400 ecus para una cantidad máxima de 10.400 toneladas de atún destinado a la comercialización en estado fresco.

b) 189.000 ecus para una cantidad máxima de 3.500 toneladas de atún congelado.

B) 1.459.500 ecus para el sector de la sardina y de la caballa, a razón de 103 ecus por tonelada para la sardina y la caballa destinadas a la transformación y 54 ecus por tonelada para la sardina y la caballa destinadas a la congelación, distribuidos como sigue:

a) 1.081.500 ecus para una cantidad máxima de 10.500 toneladas de sardina y de caballa destinadas a la industria transformadora.

b) 378.000 ecus para una cantidad máxima de 7.000 toneladas de sardina y de caballa destinadas a la congelación.

2. El tipo de conversión aplicable a la cuantía de las ayudas, será el agrícola vigente el primer día del mes de recepción física de los productos por el primer comprador que los destine a la comercialización en estado fresco, la empresa congeladora o, en su caso, la empresa de transformación de que se trate.

Base 5.- Solicitudes y documentación.

1. Para acreditar los requisitos exigidos para acceder a estas ayudas se deberá aportar la siguiente documentación:

a) Solicitud, que deberá corresponder con los modelos I.a, I.b, I.c y I.d incorporados como anexos a esta Orden, según se trate de atún fresco, atún congelado, sardina/caballa para transformación o sardina/caballa para congelación respectivamente, en la que deberá incluirse una declaración en la que figure el nombre, matrícula, folio y puerto base del buque o buques y en la que se haga constar que para la misma finalidad no han solicitado ni recibido otras ayudas.

b) Para las ayudas al atún comercializado por los productores en fresco y para la sardina y caballa destinada a la industria transformadora se acompañará:

b.1) Fotocopias, con sus originales para su compulsa, de las facturas de venta normalizada, expedida por el vendedor en la que deberá constar, como mínimo, su nombre, dirección y N.I.F. del comprador, o en su caso industria transformadora, producto (consignándose su estado fresco), cantidad vendida, precio y fecha de entrega debiendo, en el caso de los túnidos, reflejarse los datos anteriores para cada una de las especies comercializadas.

b.2) Documentación que acredite el pago de la mercancía, pudiendo ser válidos tanto certificaciones de pago, expedidas por los compradores del producto, como extractos bancarios en donde se aprecie el ingreso generado por la venta del mismo.

c) Para las ayudas correspondientes al atún, sardina o caballa comercializados en estado congelado:

c.1) El solicitante acreditará la venta o entrega del producto para tal fin así como deberá aportar fotocopias, con sus originales para compulsa, de las facturas del servicio de congelación, expedida por la empresa que haya realizado la misma, en donde consten como mínimo los datos completos del expedidor y del destinatario de la misma y el lugar en donde queda almacenado el producto. c.2) Documentación que acredite el pago de la mercancía y de los servicios de congelación.

d) Certificación expedida por la Capitanía Marítima, relativa al año para el que se solicita la ayuda, acreditativa de los despachos efectuados en esa campaña por el barco pesquero cuyas capturas sirven de base para la solicitud de esta ayuda.

e) Certificación, que responderá al modelo que se incorpora como anexo II de esta Orden, correspondiente al año para el que se solicita la ayuda, en la que se acrediten los kilogramos desembarcados, y el puerto o puertos, de la Comunidad Autónoma en donde se han realizado, que deberá emitir el secretario o gerente, con el visto bueno del Presidente o Patrón Mayor, de la entidad asociativa pesquera en cuyas instalaciones y básculas se han verificado los kilos capturados y desembarcados por el solicitante, debiéndose presentar tantos certificados como puertos haya utilizado para descargar sus capturas. Estos certificados deberán poder ser verificables al estar debidamente registradas todas las descargas de pescado efectuadas en dicha entidad por los barcos pesqueros.

Para las ayudas relativas a la campaña de 1996, este certificado será expedido prioritariamente por la entidad asociativa pesquera y, en caso de que ésta no pudiera emitirlo, podrá hacerlo el operador que haya verificado el desembarque y pesado de las capturas subvencionables adaptando, a estos efectos, el modelo del anexo II a estas bases.

f) Se incluirá a la solicitud un documento, que responda al modelo del anexo III a esta Orden, en el que consten el N.I.F./C.I.F. del solicitante, el nombre del barco y su matrícula y en el que se desglosen las cantidades mensuales de atún, por especies, comercializado por los productores en fresco o en congelado, según sea la solicitud, o, de igual forma, de sardina o caballa para su transformación o congelación, totalizando estas cantidades por todo el ejercicio por el que se solicita ayuda.

Base 6.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes para la campaña de 1996 expirará en un mes a contar desde el mismo día de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

2. El plazo de presentación de solicitudes para la campaña 1997 finalizará el día 31 de enero de 1998. Base 7.- Tramitación, resolución y pago.

1. Las solicitudes, junto con la totalidad de la documentación exigida para la solicitud y tramitación de estas ayudas, deberán ser dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, y deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería o por cualquier otro medio de los contemplados en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La tramitación de estas ayudas corresponderá a la Viceconsejería de Pesca y su resolución al Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias. La resolución será motivada y definitiva en vía administrativa.

3. En el caso que las solicitudes presentadas sean superiores a las cantidades previstas en la base cuarta de la presente Orden las ayudas se concederán a prorrata, teniendo en cuenta las cantidades capturadas por los solicitantes durante el año anterior al de presentación de la solicitud de ayuda.

4. El pago será efectuado por el organismo pagador de Canarias, creado por Acuerdo de Gobierno de fecha 1 de agosto de 1996, y deberá efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Base 8.- Incumplimiento de los beneficiarios.

En caso de incumplimiento por parte de los beneficiarios de los requisitos establecidos en la presente Orden o la consignación o aportación de datos o documentos falsos para la obtención de las ayudas, el beneficiario vendrá obligado a devolver las cantidades indebidamente percibidas, incrementadas en el interés correspondiente, calculado desde el momento de la percepción hasta la recuperación definitiva, todo ello sin perjuicio de las acciones que procedan en aplicación de la normativa comunitaria y nacional vigente, incluidas la inhabilitación para el cobro de las mismas.

Base 9.- Controles e inspecciones.

Los servicios competentes de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias se cerciorarán del exacto cumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Orden por los productores, pudiendo realizar a tal efecto todos los controles e inspecciones que estimen convenientes.

ANEXO I.a

EXPEDIENTE Nº

PROGRAMA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ... SOLICITUD DE AYUDA A LOS PRODUCTORES DE ATÚN, SARDINA Y CABALLA

Ver anexos - página 4433

CÓDIGO BANCO CÓDIGO SUCURSAL CONTROL Nº C/C o LIBRETA

EXPONGO: que el volumen de túnidos desembarcados en puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias y comercializados en fresco para el que se solicita la ayuda, según se refleja en los anexos a esta solicitud, es de ............... kilos.

ACOMPAÑO:

- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.F. en el caso que el solicitante sea una persona física o, para personas jurídicas, fotocopias compulsadas de las escrituras de constitución y/o estatutos, escrituras de poderes, C.I.F. de la entidad y D.N.I./N.I.F. del representante legal que firme la solicitud.

- Facturas normalizadas de las ventas efectuadas.

- Documentación acreditativa del cobro de la venta del producto.

- Certificación de la Capitanía Marítima que acredite los despachos del barco pesquero en el ejercicio para el que se solicita la ayuda.

- Certificación del puerto de desembarque y kilos desembarcados por la entidad en cuyas instalaciones se hayan verificado los volúmenes desembarcados.

DECLARO: que todos los datos reseñados en la presente solicitud y en los documentos que se acompañan son verdaderos y que las producciones referidas fueron capturadas por el barco:

Ver anexos - página 4434

DECLARO: que no se han solicitado ni recibido otras ayudas por el mismo concepto.

ME COMPROMETO: a facilitar en todo momento a la Comunidad Autónoma de Canarias cualquier información o comprobación adicional relativa a las condiciones de concesión de la ayuda que reciba.

SOLICITO: de acuerdo con lo previsto en la Orden reguladora de estas ayudas de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, el abono de la ayuda que corresponda mediante transferencia bancaria a la cuenta referenciada.

............................................................, a ..... de ........................................ de 199 .... .

EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

Ver anexos - página 4435

ANEXO I.a

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ....

Ver anexos - página 4435

1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4435

(*) EN PTAS./KG.

ANEXO I.b

EXPEDIENTE Nº

Ver anexos - página 4436

PROGRAMA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ..... SOLICITUD DE AYUDA A LOS PRODUCTORES DE ATÚN, SARDINA Y CABALLA

Ver anexos - página 4436

CÓDIGO BANCO CÓDIGO SUCURSAL CONTROL Nº C/C o LIBRETA

EXPONGO: que el volumen de túnidos desembarcados en puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias y comercializados en estado congelado para el que se solicita la ayuda, según se refleja en los anexos a esta solicitud, es de ............................... kilos.

ACOMPAÑO:

- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.F. en el caso que el solicitante sea una persona física o, para personas jurídicas, fotocopias compulsadas de las escrituras de constitución y/o estatutos, escrituras de poderes, C.I.F. de la entidad y D.N.I./N.I.F. del representante legal que firme la solicitud.

- Facturas normalizadas de las ventas efectuadas.

- Documentación acreditativa del cobro de la venta del producto.

- Facturas originales del servicio de congelación expedidas por la empresa que haya prestado dicho servicio.

- Documentación acreditativa del pago del servicio de congelación.

- Certificación de la Capitanía Marítima que acredite los despachos del barco pesquero en el ejercicio para el que se solicita la ayuda.

- Certificación del puerto de desembarque y kilos desembarcados por la entidad en cuyas instalaciones se hayan verificado los volúmenes desembarcados.

DECLARO: que todos los datos reseñados en la presente solicitud y en los documentos que se acompañan son verdaderos y que las producciones referidas fueron capturadas por el barco:

Ver anexos - página 4437

DECLARO: que no se han solicitado ni recibido otras ayudas por el mismo concepto.

ME COMPROMETO: a facilitar en todo momento a la Comunidad Autónoma de Canarias cualquier información o comprobación adicional relativa a las condiciones de concesión de la ayuda que reciba.

SOLICITO: de acuerdo con lo previsto en la Orden reguladora de estas ayudas de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, el abono de la ayuda que corresponda mediante transferencia bancaria a la cuenta referenciada.

.................................................................., a .... de ................................................ de 199 .... .

EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

Ver anexos - página 4438

ANEXO I.b

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 .....

Ver anexos - página 4438

1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4438

(*) EN PTAS./KG.

Ver anexos - página 4439

ANEXO I.b

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ....

Ver anexos - página 4439

2) Nombre de la empresa.

Ver anexos - página 4439

1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4439

(*) EN PTAS./KG.

ANEXO I.c

EXPEDIENTE Nº

Ver anexos - página 4440

PROGRAMA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 .... SOLICITUD DE AYUDA A LOS PRODUCTORES DE ATÚN, SARDINA Y CABALLA

Ver anexos - página 4440

CÓDIGO BANCO CÓDIGO SUCURSAL CONTROL Nº C/C o LIBRETA

EXPONGO: que el volumen de sardina/caballa desembarcado en puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias para transformación para el que se solicita la ayuda, según se refleja en los anexos a esta solicitud, es de ............................... ..................................................................................................................... kilos.

ACOMPAÑO:

- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.F. en el caso que el solicitante sea una persona física o, para personas jurídicas, fotocopias compulsadas de las escrituras de constitución y/o estatutos, escrituras de poderes, C.I.F. de la entidad y D.N.I./N.I.F. del representante legal que firme la solicitud.

- Facturas normalizadas de las ventas efectuadas.

- Documentación acreditativa del cobro de la venta del producto.

- Certificación de la Capitanía Marítima que acredite los despachos del barco pesquero en el ejercicio para el que se solicita la ayuda.

- Certificación del puerto de desembarque y kilos desembarcados por la entidad en cuyas instalaciones se hayan verificado los volúmenes desembarcados.

DECLARO: que todos los datos reseñados en la presente solicitud y en los documentos que se acompañan son verdaderos y que las producciones referidas fueron capturadas por el barco:

Ver anexos - página 4441

DECLARO: que no se han solicitado ni recibido otras ayudas por el mismo concepto.

ME COMPROMETO: a facilitar en todo momento a la Comunidad Autónoma de Canarias cualquier información o comprobación adicional relativa a las condiciones de concesión de la ayuda que reciba.

SOLICITO: de acuerdo con lo previsto en la Orden reguladora de estas ayudas de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, el abono de la ayuda que corresponda mediante transferencia bancaria a la cuenta referenciada.

....................................................................., a..... de .............................................. de 199..... .

EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

Ver anexos - página 4442

ANEXO I.c

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ....

Ver anexos - página 4442

(1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4442

(*) EN PTAS./KG.

ANEXO I.d

EXPEDIENTE Nº

Ver anexos - página 4443

PROGRAMA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ..... SOLICITUD DE AYUDA A LOS PRODUCTORES DE ATÚN, SARDINA Y CABALLA

Ver anexos - página 4443

CÓDIGO BANCO CÓDIGO SUCURSAL CONTROL Nº C/C o LIBRETA

EXPONGO: que el volumen de Sardina/Caballa desembarcado en puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias y comercializados en estado congelado para el que se solicita la ayuda, según se refleja en los anexos a esta solicitud, es de ................................................................................................. kilos. ACOMPAÑO:

- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.F. en el caso que el solicitante sea una persona física o, para personas jurídicas, fotocopias compulsadas de las escrituras de constitución y/o estatutos, escrituras de poderes, C.I.F. de la entidad y D.N.I./N.I.F. del representante legal que firme la solicitud.

- Facturas normalizadas de las ventas efectuadas.

- Documentación acreditativa del cobro de la venta del producto.

- Facturas originales del servicio de congelación expedidas por la empresa que haya prestado dicho servicio.

- Documentación acreditativa del pago del servicio de congelación.

- Certificación de la Capitanía Marítima que acredite los despachos del barco pesquero en el ejercicio para el que se solicita la ayuda.

- Certificación del puerto de desembarque y kilos desembarcados por la entidad en cuyas instalaciones se hayan verificado los volúmenes desembarcados.

DECLARO: que todos los datos reseñados en la presente solicitud y en los documentos que se acompañan son verdaderos y que las producciones referidas fueron capturadas por el barco:

Ver anexos - página 4444

DECLARO: que no se han solicitado ni recibido otras ayudas por el mismo concepto.

ME COMPROMETO: a facilitar en todo momento a la Comunidad Autónoma de Canarias cualquier información o comprobación adicional relativa a las condiciones de concesión de la ayuda que reciba.

SOLICITO: de acuerdo con lo previsto en la Orden reguladora de estas ayudas de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, el abono de la ayuda que corresponda mediante transferencia bancaria a la cuenta referenciada.

............................................................, a ..... de .......................................... de 199... .

EXCMO. SR. CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

Ver anexos - página 4445

ANEXO I.d

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 ....

Ver anexos - página 4445

(1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4445

(*) EN PTAS./KG.

Ver anexos - página 4446

ANEXO I.d

SOLICITUD DE AYUDA POSEICAN CAMPAÑA DE 199 .....

Ver anexos - página 4446

(2) Nombre de la empresa.

Ver anexos - página 4446

(1) TABLA DE CÓDIGOS DE ESPECIES.

Ver anexos - página 4446

(*) EN PTAS./KG.

Ver anexos - página 4447

A N E X O I I

POSEICAN-PESCA-AYUDA CAMPAÑA DE 199 ....

CERTIFICACIÓN DE DESEMBARCO

D. ..........................................................................................................................., con D.N.I. nº ..............................................., en calidad de secretario/gerente de la entidad asociativa ................................................................................................................, C.I.F. ..........................., con domicilio social en la calle ......................................................................................................., de la localidad de ............................................................................................., a los efectos de acreditar el efectivo desembarque del volumen de las capturas de ............................................ (1) .............................................. realizadas durante la campaña de 199 .... .

CERTIFICA

Que el barco pesquero denominado .............................................................................................................., con matrícula y folio ..............................., propiedad de D. ........................................................................................, cuyo N.I.F. es ......................., ha realizado durante 199 .... desembarcos de ................. (1) ............... en el puerto de ........................................, sito en territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo el volumen de .............................................. (1) ............................................. desembarcado por este buque, de ........................ kg, capturas cuyo peso fue verificado por esta entidad asociativa en las básculas ubicadas en sus instalaciones sitas en ............................................ (2) ..............................................., cantidades que se encuentran debidamente registradas y son verificables en la documentación de esta entidad.

......................................................................, a ...... de ..................................................... de 199 .... .

CONFORME:

El Patrón Mayor/Presidente El Secretario/gerente de la entidad asociativa, de la entidad asociativa,

Fdo.: ......................................................... Fdo.: ..........................................................

(1) Consignar lo que proceda: atún, sardina o caballa. (2) Consignar el lugar exacto de pesaje del producto desembarcado (cofradía de pescadores, OPP, lonja pesquera, cooperativa, pontona atracada a muelle, etc.). Si se utiliza habitualmente otro procedimiento, señalarlo.

Ver anexos - página 4448



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