BOC - 1996/165. Lunes 23 de Diciembre de 1996 - 2087

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

2087 - ORDEN de 18 de noviembre de 1996, por la que se convocan subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico.

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El fomento de la actividad científica en Canarias requiere no sólo la financiación directa de proyectos de investigación y la formación de investigadores, sino que se hace preciso igualmente fomentar y potenciar la actualización permanente del profesorado universitario y de los investigadores científicos favoreciendo sus relaciones y contactos con la comunidad científica nacional e internacional. A estos objetivos se destinan las subvenciones para la organización de congresos, reuniones, jornadas, cursos y eventos similares, de carácter científico, tecnológico o profesional a celebrar en Canarias.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades que me otorga el Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Convocar subvenciones para la celebración en Canarias de congresos y eventos similares de carácter científico, tecnológico o profesional y aprobar las bases por las que se regirá esta convocatoria y que se contienen en el anexo a la presente Orden.

Segundo.- Normas que rigen esta convocatoria. Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden se regularán por las bases contenidas en el anexo de la misma y por las normas que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación para su desarrollo, aplicación, control y seguimiento.

Asimismo, y para lo no dispuesto expresamente en las normas anteriores, será de aplicación lo previsto para las subvenciones en el Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y las normas que lo desarrollen.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de noviembre de 1996.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE CONGRESOS Y EVENTOS DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO

Primera.- Objeto.

El objeto de estas subvenciones es promover la organización y celebración en Canarias de actividades que, de alguna forma, contribuyan al intercambio de información, a la difusión de las ideas, conocimientos y técnicas y, en definitiva, a facilitar la formación, perfeccionamiento y actualización de profesionales, científicos y tecnólogos.

Segunda.- Cuantía.

La cuantía de estas subvenciones será fijada por la Resolución de concesión, pudiendo alcanzar hasta un máximo de 1.000.000 de pesetas, según el ámbito, interés y presupuesto del evento. En cualquier caso sólo se financiará una parte del total del presupuesto.

Las subvenciones convocadas por la presente Orden se financiarán con cargo a los presupuestos de esta Comunidad Autónoma, quedando la resolución condicionada a la existencia de crédito en tales presupuestos, para afrontar el gasto. La cantidad a destinar será determinada por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación en el mes de enero de cada año.

Tercera.- Requisitos.

Podrán solicitar esta financiación personas vinculadas a instituciones públicas de investigación cuyos órganos rectores se encuentren ubicados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las instituciones serán las beneficiarias de las subvenciones y deberán tener finalidad investigadora legal o estatutaria, personalidad jurídica propia, capacidad suficiente de obrar y no encontrarse inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas.

Las solicitudes presentadas habrán de cumplir, además, los siguientes requisitos: 1. El congreso o evento para el que se solicita la subvención deberá realizarse en Canarias.

2. Deberá tener un contenido o finalidad científico o tecnológico.

3. En la organización del mismo deben colaborar colectivos de las universidades o centros públicos de investigación canarios, independientemente de que el evento tenga alcance nacional o internacional y de que en su organización colaboren otros colectivos nacionales o internacionales.

4. La subvención que se solicite no podrá ser equivalente a la totalidad de los gastos que origine el evento, sino a una parte o aspecto concreto de los presupuestos del mismo.

5. La subvención solicitada no podrá destinarse al apartado de “Gastos sociales” del evento.

6. Estas subvenciones podrán ser solicitadas por cualquier persona o colectivo que desarrolle una actividad profesional, de estudio o investigación siempre que esté encuadrado en las universidades, en un instituto universitario o en otro organismo público de investigación de Canarias.

Cuarta.- Documentación a aportar.

Las subvenciones que se convocan por la presente Orden se solicitarán de acuerdo con las siguientes normas:

1. Se solicitarán conforme al modelo que se incluye como anexo I.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Directora General de Universidades e Investigación del Gobierno de Canarias.

3. En las solicitudes, la institución hará constar expresamente lo siguiente:

a) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma.

b) Que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

c) Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración autonómica, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado para este fin.

d) Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración autonómica.

4. Las solicitudes se presentarán por duplicado y deberán ir acompañadas de la documentación que se señala a continuación también por duplicado y cotejadas en su caso.

a) Fotocopia cotejada de la documentación acreditativa de la personalidad del solicitante. En caso de representar a una entidad deberá acompañarla de un documento del órgano directivo de la entidad que le acredite como representante de la misma.

b) Fotocopia cotejada del documento de identificación fiscal del solicitante.

c) Memoria del congreso, según modelo recogido en el anexo II, en la que se establecerán las previsiones de gastos e ingresos para la realización del evento, especificando el plan detallado del coste total y la aportación de cada una de las entidades participantes en el mismo.

Quinta.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Preferentemente las solicitudes se presentarán en los Vicerrectorados de Investigación de las universidades canarias o en las dependencias de la Dirección General de Universidades e Investigación en Santa Cruz de Tenerife o Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria.

Asimismo, podrán presentarse las solicitudes de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año. Para la concesión de las subvenciones de cada ejercicio presupuestario se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas hasta el último día hábil del mes de abril del año anterior.

A los efectos establecidos en el artículo 10.2 del Decreto 6/1995, de 27 de enero, al comienzo de cada ejercicio presupuestario se publicará en el Boletín Oficial de Canarias la resolución recordando el plazo de presentación de solicitudes y el importe asignado a la convocatoria correspondiente.

Sexta.- Procedimiento de adjudicación.

Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden serán adjudicadas por el procedimiento de concurso de acuerdo con lo establecido en el Decreto 6/1995. Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por una Comisión de Selección integrada por investigadores de reconocido prestigio designadas por la Directora General de Universidades e Investigación.

Dicha Comisión de Selección evaluará las solicitudes atendiendo a los aspectos científicos, técnicos y económicos del evento para el cual se solicita la subvención.

Como criterios generales de selección se tomarán en cuenta los siguientes, según el orden de prioridad que se indica:

1º) Interés y oportunidad del evento.

2º) Solvencia del equipo organizador.

3º) Moderación del presupuesto de la organización.

La Comisión de Selección formulará al órgano competente para la concesión una relación nominada y ordenada de propuestas de adjudicación, pudiendo así mismo proponer una relación de suplentes.

Séptima.- Órgano competente para la concesión.

Se delega en la Directora General de Universidades e Investigación la competencia para conceder las subvenciones objeto de la presente Orden, así como la firma de todos los documentos contables necesarios para su tramitación y ejecución. La concesión se hará a propuesta de la Comisión de Selección mencionada en el artículo anterior.

En virtud de esta delegación, las Resoluciones de concesión de estas subvenciones se considerarán dictadas por el titular del Departamento y serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.

Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una ayuda o subvención y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, sin que en ningún caso implique la variación del destino o finalidad de la ayuda o subvención.

Octava.- Calendario para la Resolución.

Las subvenciones convocadas por la presente Orden, serán resueltas antes del 30 de junio de cada año, considerándose denegadas todas las solicitudes si no hay resolución expresa.

Novena.- Aceptación y plazo máximo para realizar la actividad.

Una vez concedida la subvención, deberá ser aceptada expresamente por el beneficiario en el plazo de quince días a contar desde su notificación. La actividad tendrá que realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que se conceda la subvención.

Décima.- Forma de pago.

La subvención concedida será abonada en firme mediante transferencia bancaria, previa aportación de la documentación acreditativa de los gastos realizados con cargo a la misma.

Undécima.- Medios y plazos de justificación.

Para el abono del pago se presentarán las facturas justificativas de la realización de la actividad, en las que se hará constar el proyecto con cargo al que se han tramitado dichas facturas, diligencia que será realizada por el órgano encargado del pago. Esta documentación ha de ser entregada en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de celebración del evento y siempre antes del 15 de diciembre del año en que se publique la Resolución de concesión para los eventos celebrados antes de dicha fecha, o hasta el 30 de enero del año siguiente para los celebrados con posterioridad. Duodécima.- Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de las subvenciones que se concedan al amparo de la presente Orden, se comprometen al cumplimiento de las normas establecidas en esta convocatoria y de las que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación en desarrollo de la misma y para el seguimiento de las actividades subvencionadas.

Además de las obligaciones de carácter general que el Decreto 6/1995 impone a todo beneficiario de las mismas y de las establecidas en otros apartados de la presente Orden, los beneficiarios de estas subvenciones tendrán las obligaciones que se señalan a continuación:

Realizar la actividad para la que se concedió la subvención, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en esta Orden y en la Resolución de concesión.

Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en las que se han materializado las subvenciones concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad o conducta subvencionada, incluyendo las ayudas y subvenciones concedidas con el mismo objeto, y que por diferencia permita obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de subvención.

Justificar, en la forma y plazo que se establecen en esta Orden, el correcto empleo de la subvención concedida, aportando para ello la documentación requerida en la presente Orden y en la Resolución de concesión.

En especial, los beneficiarios están obligados a comunicar a la Dirección General de Universidades e Investigación la obtención de otras ayudas y subvenciones destinadas a la misma finalidad y la cuantía de las mismas.

Si el beneficiario incumple estas obligaciones no podrá exigir el abono de la subvención concedida y, en su caso, deberá reintegrar las cantidades percibidas más el interés de demora devengado desde el momento del abono.

La Dirección General de Universidades e Investigación podrá realizar en cualquier momento las actuaciones que estime convenientes y necesarias para comprobar que las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden se destinan a la finalidad presente y que se emplean adecuadamente estos fondos.

Los beneficiarios facilitarán toda la información complementaria que se les pida y están obligados a someterse a las actuaciones de comprobación y control que se practiquen por la Dirección General de Universidades e Investigación, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias y el Tribunal de Cuentas en su caso.

Se hará constar la participación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias -Dirección General de Universidades e Investigación-, en los actos públicos que se celebren con ocasión del evento, en la publicidad y propaganda que se realice con ocasión del mismo en cualquier medio de comunicación oral o escrito, así como en cualesquiera publicaciones que se deriven de la celebración del evento.

En el caso de que el evento ya se hubiera celebrado en el momento de concederse la subvención, la obligación de hacer constar la participación de esta Consejería sólo estará referida a las posibles publicaciones que se deriven del mismo.

Decimotercera.- Aceptación de las bases.

La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en las presentes bases presupone la aceptación íntegra e incondicionada de éstas, así como de las condiciones, requisitos y obligaciones previstas en las mismas.

Decimocuarta.- Disposiciones supletorias.

Para todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo establecido en el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Decimoquinta.- Disposición transitoria.

Para las subvenciones correspondientes a 1997 la presentación de solicitudes se realizará en el plazo de 1 mes contado a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. A N E X O I

MODELO DE SOLICITUD

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE CONGRESOS

Datos de la Entidad a la que pertenece el solicitante:

Entidad .......................................................................................................................................................................................... Dirección ........................................................................................................................................................................................ C.I.F. ........................................................, teléfono ........................................................., fax .............................................. Nº de la cuenta corriente (24 dígitos) ..........................................................................................................................................

Datos del representante (si actúa en nombre de una Entidad):

Apellidos y nombre ................................................................................................................................................................. Responsabilidad ............................................................................................................................................................................... N.I.F. ......................................, teléfono ......................................., fax .........................., correo electrónico ..............................

Datos del solicitante:

Apellidos y nombre ............................................................................................................................................................................ Centro ................................................................................................., Departamento ............................................................ Dirección profesional .............................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................, C.P. ...................................., N.I.F. ................................................................., teléfono .............................................................. fax .........................................................................................................., correo electrónico ...................................................................

Datos del congreso:

Denominación................................................................................................................................................................................... Cantidad solicitada .............................................................................................................................................................................

HAGO CONSTAR:

1.- Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2.- Que no he recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. (En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas).

3.- Que he procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración autonómica, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin.

4.- Que no me hallo inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración autonómica.

5.- Que son ciertos todos los datos que figuran en esta solicitud, así como en la documentación adjunta y que concuerdan con los que dispone la institución.

En ...................................., a ........... de .................................................. de 199 ... .

El solicitante El representante

Fdo.: .................................... Fdo.: .................................... D.N.I. ................................... D.N.I. ...................................

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN. A N E X O I I

MODELO DE MEMORIA DEL EVENTO

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE CONGRESOS

1.- Título del evento.

2.- Nombre y apellidos de los miembros locales del Comité Organizador (indicar que función desempeñan y la relación laboral que tienen con las universidades y/o centros de investigación).

3.- Fechas en las que se desarrolla.

4.- Lugar de celebración del mismo.

5.- Ámbito del evento (local, nacional o internacional).

6.- Nombres, centros de procedencia y títulos de las charlas de los conferenciantes confirmados.

7.- Cuota del evento.

8.- Nº de participantes previstos.

9.- Nº de participantes del último evento equivalente.

10.- Cantidad total solicitada.

11.- Presupuesto total del evento (indicando además los totales de cada partida del presupuesto).

12.- Tanto por ciento que supone lo solicitado sobre el total (excluyendo del total los gastos sociales).

13.- Fuentes de financiación previstas. Destino de la subvención.

14.- Antecedentes y estado actual del tema (una página como máximo).

15.- Experiencia del comité local en la organización de eventos científicos (una página como máximo).

16.- Objetivos concretos e interés del mismo (una página como máximo).

17.- Otras consideraciones que se deseen hacer constar.

18.- Fecha y firma del solicitante.



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