BOC - 1996/016. Lunes 5 de Febrero de 1996 - 175

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

175 - ORDEN de 1 de febrero de 1996, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Protección y Ordenación del Casco Histórico del municipio de Los Llanos de Aridane (La Palma).

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Visto el Plan Especial de Protección y Ordenación del Casco Histórico del municipio de Los Llanos de Aridane.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 28 de diciembre de 1995, acordó suspender su aprobación definitiva a fin de que se subsanasen los siguientes reparos:

Primero.- El catálogo que forma parte del Plan Especial habrá de contemplar de manera pormenorizada para cada inmueble incluido en el mismo los valores a proteger.

Segundo.- Suprimir las denominadas gráficamente Áreas de Ordenación Diferenciada, ya que su regulación está contemplada en el Plan Especial, no existiendo referencia alguna sobre tales áreas en el resto de su documentación.

Tercero.- Deberán eliminarse las determinaciones contenidas en este Plan que son propias del planeamiento general.

Cuarto.- El estudio económico-financiero, previsto en el artículo 77 del Reglamento de Planeamiento, contendrá las determinaciones propias de su naturaleza y finalidad.

Quinto.- Se deberán precisar las determinaciones de intervención en la zona ZUR P-1 (zona urbana residencial protegida).

Resultando que el Servicio Técnico de la Dirección General de Urbanismo informa que se han subsanado los reparos señalados en el Acuerdo de referencia.

Considerando que en el propio Acuerdo se facultó al titular de este Departamento para la toma de conocimiento de la documentación rectificada como consecuencia de la subsanación de los reparos.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Tomar conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Protección y Ordenación del Casco Histórico del municipio de Los Llanos de Aridane y, en consecuencia, declarar su aprobación definitiva.

Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, previa la comunicación a la Consejería de Política Territorial exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de febrero de 1996.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez.



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