BOC - 1993/156. Viernes 10 de Diciembre de 1993 - 1943

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Economía y Hacienda

1943 - ORDEN de 2 de diciembre de 1993, por la que se aprueba el modelo 433 de declaración-resumen anual del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.

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El artículo 12, número 4, del Decreto 22/1987, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su nueva redacción dada por la modificación octava del artículo único del Decreto 187/1992, de 15 de diciembre, establece que además de las declaraciones-documentos de ingreso, los sujetos pasivos del impuesto deberán formular una declaración-resumen anual, sujeta al modelo que se apruebe por la Consejería de Economía y Hacienda, la cual habrá de presentarse en la Administración Tributaria dentro del mes siguiente al último periodo de liquidación de cada año.

En virtud de todo ello,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Se aprueba el modelo 433 “Declaración-Resumen Anual” del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, que figura en el anexo I de la presente Orden.

El modelo consta de dos ejemplares: ejemplar para la Administración, ejemplar para el sujeto pasivo.

Artículo 2.- Se aprueba el modelo de “sobre anual” que figura en el anexo II a la presente Orden.

Artículo 3.- El modelo 433 deberá presentarse al mismo tiempo que la declaración-liquidación correspondiente al último periodo de liquidación de cada año y se adjuntarán los ejemplares para el sobre anual de las declaraciones-liquidaciones correspondientes a todos los periodos de liquidación del año, que se introducirán en el sobre a que hace referencia el artículo 2 de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de 1993.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.



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