BOC - 1993/150. Viernes 26 de Noviembre de 1993 - 2530

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Presidencia y Turismo

2530 - ANUNCIO de 9 de noviembre de 1993, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a la empresa operadora Repal, S.L., en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 107/92.

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Se hace saber a la empresa operadora Repal, S.L., en ignorado paradero, que en el expediente sancionador nº 107/92, incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, por infracción a la vigente normativa sobre el juego, se ha dictado Orden del Consejero de Presidencia y Turismo, sancionando a la empresa operadora Repal, S.L., con multa de un millón (1.000.000) de pesetas y adicionalmente la sanción y decomiso y posterior destrucción del aparato clandestino, por haberse comprobado que en el Bar “Mini García”, sito en esta ciudad, calle Bernardino Lezcano, 6, se encontraba instalada la máquina recreativa modelo Baby Non Plus Ultra nº serie 1-4791, nº de permiso GC-B/7355-88, careciendo la entidad titular Repal, S.L. de la condición de empresa operadora, al haber sido cancelada su inscripción en el Registro correspondiente de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, por lo tanto, se encuentra en explotación por persona jurídica no autorizada, por lo que se procedió al precinto cautelar de la misma, hechos que suponen infracción al artículo 7 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con los artículos 39.1 y 42 del mismo.

Dicha multa se hará efectiva en la forma y plazos que determine la Consejería de Economía y Hacienda mediante la oportuna liquidación que le será notificada en su domicilio.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su notificación, previa comunicación a la Consejería de Presidencia y Turismo, exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de noviembre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.



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