BOC - 1993/127. Lunes 4 de Octubre de 1993 - 1644

DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

1644 - DECRETO 252/1993, de 24 de septiembre, por el que se atribuye al Gobierno la competencia para aprobar los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación administrativa en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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El gran incremento de la actividad contractual de los distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma ha puesto de manifiesto la necesidad de homogeneizar, en la mayor medida posible, los instrumentos de contratación que en la actualidad vienen siendo utilizados por los distintos órganos de contratación de la Comunidad Autónoma.

El que determinadas modalidades de contratación administrativa, de uso reiterado y habitual en la Administración Pública Canaria, sean sometidas a diversidad de pliegos de cláusulas administrativas particulares, simplemente por el hecho de que sean diversos los órganos de contratación, cuando sin embargo el objeto contractual y la normativa contenida en los pliegos son idénticos en la mayoría de los casos, introduce factores negativos que contradicen los principios de economía y eficacia que han de imperar en el funcionamiento de la Administración Pública y van en detrimento de la seguridad jurídica que ha de amparar a quienes con ésta contratan.

Teniendo como marco el respeto a la normativa básica del Estado en materia de contratación administrativa, la Administración Pública Canaria responderá en mayor medida a los principios constitucionales y estatutarios de eficacia y economía citados, unificando en Pliegos Tipo los pliegos de cláusulas administrativas particulares que hayan de aplicarse a aquellas modalidades contractuales de uso más frecuente y contenido más reiterado y homogéneo, dejando a salvo, por otra parte, la facultad de los distintos órganos de contratación de apartarse de los mismos cuando su contenido no se adecúe a las condiciones específicas de un determinado contrato mediante la aprobación del correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

La utilización de Pliegos Tipo como instrumento de simplificación del funcionamiento administrativo, previsto en el Reglamento de Contratación del Estado para el ámbito de cada Ministerio, conseguirá en mayor medida su objetivo si, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, haciendo uso de las facultades estatutarias en materia de organización y funcionamiento de su Administración Pública, se generaliza su aplicación uniforme a todos los procedimientos de contratación de naturaleza homogénea mediante su aprobación por Decreto del Gobierno, supuesto, por otra parte, ya previsto por el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias para la contratación de equipos y sistemas informáticos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 24 de septiembre de 1993,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se atribuye al Gobierno la competencia para la aprobación de los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la contratación administrativa en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de 1993.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.



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