BOC - 1993/092. Viernes 16 de Julio de 1993 - 1253

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1253 - ORDEN de 2 de julio de 1993, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Canarias de 13 de diciembre de 1990, de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor de la Torre del Conde, de San Sebastián de La Gomera.

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El artículo 16.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de Desarrollo Parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.E. nº 24, de 28 de enero), interpretado, según la sentencia constitucional 17/1991, de 31 de enero (B.O.E. nº 48, de 25.2.91), establece que la declaración se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Aprobada por el Gobierno de Canarias, en sesión de 13 de diciembre de 1990, la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, a favor de la Torre del Conde, de San Sebastián de La Gomera, La Gomera, en el ejercicio de las facultades conferidas,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Dar publicidad al Acuerdo del Gobierno de Canarias de 13 de diciembre de 1990, que se transcribe anexo a esta Orden.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de julio de 1993.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O

Acuerdo de 13 de diciembre de 1990, de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, de la Torre del Conde, San Sebastián de La Gomera, La Gomera.

Vista Resolución de la Dirección General de Cultura de 6 de junio de 1989, por la que se incoa expediente para la declaración de monumento, Bien de Interés Cultural, a favor de la Torre del Conde, de San Sebastián de La Gomera, La Gomera.

Visto que el expediente fue sometido a un periodo de información pública por Resolución de la Dirección General de Cultura de 6 de noviembre de 1989 (B.O.C. nº 155, de 24.11.89).

Visto acuerdo adoptado por el Gobierno en sesión celebrada el día 7 de junio de 1990, sobre este mismo asunto.

Visto informe de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Visto informe de la Dirección General de Cultura.

Visto informe de la Comisión de Secretarios Generales Técnicos de 4 de junio y 10 de diciembre de 1990.

Considerando que la Torre es la única fortificación medieval que subsiste en el archipiélago, además de ser el edificio más antiguo del periodo hispano que permanece en pie.

Vistas las disposiciones legales de aplicación.

El Gobierno, previa deliberación, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, acuerda:

Uno.- Declarar monumento, Bien de Interés Cultural, a la Torre del Conde, en San Sebastián de La Gomera, La Gomera.

Dos.- Interesar del Gobierno del Estado la pertinente Resolución, que otorgue, al declarado monumento, Bien de Interés Cultural en el punto anterior, los beneficios fiscales reconocidos por la legislación vigente.

Lo que comunico a los efectos determinados por el artículo 29.1.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Delimitación: al norte, con la línea imaginaria paralela a unos 50 metros del eje del Barranco de la Villa; al este, por el eje de la Avenida de Colón; al sur-este, por el eje de la calle Del Medio, continuando este eje imaginario hasta la orilla del mar que delimitará al oeste de la Torre del Conde hasta su intersección con la línea imaginaria del Barranco de la Villa.



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