Examinado el expediente incoado, para la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la realización del proyecto de Acondicionamiento de la carretera TF-713 de San Sebastián de La Gomera a La Degollada de Peraza y Carretera de La Degollada de Peraza a Playa Santiago. Acceso al Aeropuerto de La Gomera. Clave: 02-GO-18 y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a:
1) La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación, resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el apartado uno del artículo 13 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.
2) La urgencia se basa en el bajo nivel de servicio y en la inseguridad vial de la carretera actual, que exige una perentoria adecuación de su trazado para la comunicación con la capital insular de los núcleos de población de las zonas sur y suroeste, acercando los servicios disponibles en San Sebastián de La Gomera a los habitantes de tales zonas, así como para acceder al aeropuerto actualmente en construcción, por lo que, de acuerdo con la citada Ley 9/1991, de 8 de mayo, pasará a tener la consideración de carretera de interés general.
3) Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados, mediante información pública tramitada, según lo establecido en el artículo 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, publicándose anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 64, de fecha 18 de mayo de 1992, en varios periódicos de la provincia y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de San Sebastián de La Gomera y Alajeró, habiéndose presentado alegaciones sobre las que se dictó Resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de fecha 18 de diciembre de 1992.
Visto el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes del Reglamento para su desarrollo, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 11 de febrero de 1993,
D I S P O N G O:
1.- Declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de las obras del proyecto de Acondicionamiento de la carretera TF-713 de San Sebastián de La Gomera a La Degollada de Peraza y Carretera de La Degollada de Peraza a Playa Santiago. Acceso al Aeropuerto de La Gomera. Clave: 02-GO-182, aprobado por Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de fecha 20 de junio de 1991.
Los bienes y derechos cuya urgente ocupación se declara, quedan descritos en forma individualizada, con indicación de sus titulares en el anexo al presente Decreto.
2.- Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes actas previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.
3.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación, podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, en su caso. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si éste fuera expreso, o de un año desde su interposición, si no lo fuese.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de febrero de 1993.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
VIVIENDA Y AGUAS,
Ildefonso Chacón Negrín.
© Gobierno de Canarias