BOC - 1992/025. Viernes 21 de Febrero de 1992 - 250

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250 - RESOLUCIÓN de 19 de julio de 1991, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 20 de junio de 1991, que aprueba definitivamente la modificación de uso de las parcelas 125, 126 y 127 del Plan Parcial de Puerto Rico, promovido por D. Antonio Marrero Santana, en representación de Dña. Juana María Leamur Bordón, término municipal de Mogán (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 20 de junio de 1991, por el que se aprueba definitivamente la modificación de uso de las parcelas 125, 126 y 127 del Plan Parcial de Puerto Rico, promovido por D. Antonio Marrero Santana, en representación de Dña. Juana María Leamur Bordón, término municipal de Mogán, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 1991.- El Director General de Urbanismo, Francisco Montesdeoca Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 20 de junio de 1991, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

“Aprobar definitivamente la modificación de uso de las parcelas 125, 126 y 127 del Plan Parcial de Puerto Rico, término municipal de Mogán, por tratarse de una modificación de uso con destino exclusivamente a servicios propios del complejo, sin variación alguna de la edificabilidad y por cumplir con las condiciones establecidas en el artº. 5.10.U de las Normas Subsidiarias Municipales. Quedando condicionada, esta aprobación, a la presentación del documento de modificación del Plan Parcial, suscrito por técnico competente”.

Contra este Acuerdo cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de su notificación, que deberá venir acompañado de dos copias, ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso; y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.



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