Se hace saber a Recreativos Tamaragua, S.L., titular de la empresa operadora nº 162.538, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 284/91, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Galipán, sito en Santa María del Mar, bloque 12, local 1, Plaza Santa María del Mar (Tenerife), se encuentran instaladas y en funcionamiento las máquinas recreativas tipo B, TF-B-6713, modelo B-1623, serie B-1034 y la TF-B-8926, modelo B-1720, serie 1/4659, que carecen en el momento de levantar el Acta de la Inspección, de pegatina o justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego correspondiente al tercer trimestre de 1991.
Lo que supone infracción al artículo 30.a.d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).
Sancionándose como disponen los artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85) y artículos 38 y siguientes del citado Decreto 93/1988.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo, las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de noviembre de 1991.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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